I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-21669)
Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de octubre de 2023

Sec. I. Pág. 139656

El Estatuto de Autonomía de Extremadura establece en su artículo 9.1.8 que la
Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de «Ordenación de la
Hacienda de la Comunidad Autónoma».
Adicionalmente, el artículo 81.1 del Estatuto recoge que: «La Comunidad Autónoma
de Extremadura tiene competencia para establecer, regular y aplicar sus propios tributos,
en el marco de la Constitución y del presente Estatuto». Asimismo, en el 82.1 del
Estatuto de Autonomía se dispone: «La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene
competencia para regular y aplicar los tributos del Estado que le sean cedidos, dentro de
los límites y condiciones de la Constitución».
En el mismo sentido, el artículo 2.2 de la Ley 27/2010, de 16 de julio, del régimen de
cesión de tributos del Estado a esta Comunidad Autónoma establece que «de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 150.1 de la Constitución y conforme a lo previsto en el
artículo 19.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las
Comunidades Autónomas, se atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la
facultad de dictar para sí misma normas legislativas, en los casos y condiciones previstos
en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de
las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía
y se modifican determinadas normas tributarias».
II
A esta mejora de la fiscalidad, y al amparo de los principios, prioridades estatutarias
y títulos competenciales antes indicados con carácter general en el apartado anterior de
esta exposición de motivos, en el presente Decreto-ley se incrementan las ayudas para
impulsar y promover el empleo en Extremadura, contempladas en el capítulo II.
El empleo es el objetivo principal al que irán orientadas todas nuestras políticas, con
el convencimiento de que es un elemento fundamental en el desarrollo humano y un
instrumento clave en la inclusión social. Un trabajo de calidad impulsa el potencial de las
personas, incentiva la creatividad y la innovación, proporciona seguridad y confiere un
sentido de dignidad.
En la estructura del mercado de trabajo de Extremadura siempre ha reflejado un
peso significativo del grupo de personas trabajadoras autónomas, que suponiendo
un 21% sobre el total de personas trabajadoras afiliadas a la Seguridad Social en
Extremadura, más de cuatro puntos porcentuales por encima de la media del Estado,
que es del 16,5%. Según los datos de afiliación al Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos se está produciendo un descenso significativo de las mismas.
La situación actual generada por la crisis económica y energética ha propiciado la
subida generalizada de los precios y en consecuencia del IPC que ha afectado de
manera significativa al colectivo de trabajadores autónomos.
El escenario anterior ha propiciado que la Junta de Extremadura adopte medidas que
intentan actuar en todos los ámbitos en los que se ha producido una importante
afectación por razón de las circunstancias tanto sociales como económicas que lleva
aparejadas. Tratándose de una situación excepcional, la Junta de Extremadura
considera ineludible seguir arbitrando medidas que ayuden a los emprendedores y a sus
familias.
Las personas trabajadoras autónomas y las empresas son las generadoras de
riqueza, de empleo y de oportunidades en Extremadura y todo nuestro esfuerzo se
dirigirá a crear y consolidar este trabajo. Con esa finalidad se publicó el
Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo
autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el programa I,
se establecen ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras
autónomas que, debido a lo anteriormente expuesto, se han demostrado insuficientes.
Este Gobierno, preocupado por la situación provocada por el incremento
desproporcionado de los precios, pretende aliviar esta situación, que ha supuesto: un

cve: BOE-A-2023-21669
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 252