III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-21663)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Biovida Saude LTDA, para prestar asistencia médica subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la región de Sao Paulo (Brasil) que carezcan de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Viernes 20 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 139622

Ley 9.656/98 y la Resolución Normativa n.º 465/2021 de la Agencia Nacional de Salud
Suplementaria y sus posteriores modificaciones, en los siguientes términos.
La atención sanitaria se prestará en las instalaciones clínicas y hospitalarias de
Biovida Saude LTDA y en los establecimientos de salud con los que Biovida Saude LTDA
haya establecido contratos para dar cobertura a los beneficiarios de este convenio.
La empresa Biovida Saude LTDA entregará a cada beneficiario de asistencia médica
un documento de identificación que lo acredite como usuario, la cual le dará acceso a los
servicios médicos que se incluyen en el presente Convenio.
La empresa Biovida Saude LTDA remitirá semestralmente a la Consejería de
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social un Informe de uso (relatorio de utilizaçao)
referente al control de registros de las atenciones médicas, cirugías y hospitalizaciones
realizadas durante el periodo correspondiente.
Cuarta.

Comunicación de beneficiarios.

La Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de
España en Brasil facilitará a la empresa Biovida Saúde LTDA una relación de las
personas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias de las prestaciones
establecidas en el presente Convenio.
Posteriormente, la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
comunicará, hasta el día 25 de cada mes, las variaciones (aumentos y/o disminuciones)
que se produzcan en materia de beneficiarios.
Las variaciones que sean comunicadas a Biovida Saude LTDA sobre las personas
que deben ser beneficiarias de este Convenio entrarán en vigor a partir del primer día del
mes siguiente a la comunicación por parte de la Consejería de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social, siempre que sean recibidas en las dependencias de esta entidad antes
del día 25 del mes anterior.
Quinta.

Importe y forma de pago.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Consejería
de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social abonará a la empresa Biovida Saude LTDA,
el importe correspondiente a la cuota mensual pactada para el año 2023 con dicha
empresa, la cual asciende a 1.095,41 reales mensuales por persona, esta cantidad se
corresponde con 209,48 euros mensuales, conforme al tipo de cambio aprobado por
Resolución del Banco de España de 1 euro= 5,2293 reales brasileños (BOE de 5 de julio
de 2023). El número estimado de personas beneficiarias es de 288.
El pago que origine este Convenio será realizado semestralmente en un único pago.
Las mensualidades de enero a junio serán satisfechas en la primera quincena del mes
de abril y las de julio a diciembre en la primera quincena del mes de octubre.
Las altas y bajas que puedan producirse en un semestre ya abonado deberán
regularizarse en la factura siguiente.
El número de beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados anualmente
durante la vigencia del Convenio mediante una Adenda suscrita por las partes.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía
máxima de compromiso económico en la aplicación de los cuatro años de duración de
este convenio la cifra de 2.895.851,52 euros, con un coste anual de 723.962,88 euros.
Esta cantidad se distribuirá durante los ejercicios de su vigencia del siguiente modo:

Meses.

2023

2024

2025

2026

2027

Total

3

12

12

12

9

48

Importe. 180.990,72 723.962,88 723.962,88 723.962,88 542.972,16 2.895.851,52

cve: BOE-A-2023-21663
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Compromiso de gasto y presupuesto.