III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21552)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio urbanístico de gestión con el Ayuntamiento de Huesca, para el cumplimiento de lo dispuesto en el plan general de ordenación para la obtención de los terrenos de las antiguas vías ferroviarias que transcurren por la ciudad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Jueves 19 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 139001

cumplimiento de los fines del ADIF o la fórmula que se considere adecuada. Se adjunta
ficha georreferenciada como anejo V.
– Porción 6: 1.400 m². Superficie de cesión al ADIF en franja lindante con la calle
Zaragoza, clasificada como suelo urbano consolidado y calificada como sistema local red
viaria. Se obtendrá mediante mutación demanial con cambio de uso y de sujeto para el
cumplimiento de los fines del ADIF o la fórmula que se considere adecuada. Se adjunta
ficha georreferenciada como anejo V.
El Ayuntamiento de Huesca se obliga, una vez inscrita la reparcelación del Plan
Especial del APR 19-02 (Harineras), a iniciar el expediente de mutación demanial de las
cuatro porciones descritas anteriormente de forma simultánea en el plazo de un mes a
partir del requerimiento del ADIF.
En el caso de que ADIF necesitara disponer de los suelos de propiedad municipal
para la mejora o ampliación de las vías de la estación y no se hubiera aprobado
definitivamente el Plan Parcial del sector 7, ambas partes se comprometen a modificar el
presente convenio para ajustar las superficies de cesión y el reconocimiento de
aprovechamiento.
En el caso de que fuera necesario la cesión de suelos de propiedad municipal a ADIF
para la mejora o ampliación de las vías de la estación y no fuera posible incluir los
mismos en el Plan Parcial del sector 7 porque este no haya sido aprobado
definitivamente, las partes se comprometen a suscribir un nuevo convenio para
compensar la cesión municipal con otros suelos de propiedad de ADIF.
Ambas partes, con la firma de este convenio, se dan por satisfechos sin que nada
tengan que reclamarse por las cesiones que el ayuntamiento hizo en el año 2000 a ADIF,
dando por cumplidas las condiciones de la cesión de las porciones de suelo 1 y 2 que se
relacionan en esta cláusula.
Las porciones de suelo 3, 4, 5 y 6 (anejo V) podrán seguir siendo utilizadas como uso
público hasta que no se produzca la mutación demanial a ADIF, en los términos
indicados en el presente convenio, salvo que se considere su vallado de todas o de parte
de ellas, el cual correrá a cargo del Ayuntamiento de Huesca, en cuyo caso la
responsabilidad patrimonial, el mantenimiento y conservación del mismo a ADIF.
Cuarta.

Seguimiento y gestión del convenio.

Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, se creará una
Comisión de Seguimiento, formada por los dos representantes de cada una de las
partes, o personas que estos designen:
– Por parte del Ayuntamiento de Huesca: Alcalde, o persona en quien delegue.
– Por parte de ADIF: Representante de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo.

a) Llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el presente
convenio.
b) Informar el contenido de los estudios y proyectos que desarrollen las actuaciones
del convenio.
c) Promover la coordinación necesaria para la realización de estudios,
desarrollando cuantas acciones se estimen necesarias y oportunas para la consecución
de los objetivos del convenio.
d) Velar por el cumplimiento de los plazos que se fijen.
e) Resolver las cuestiones que se susciten en la interpretación del presente
convenio.
f) Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar
durante la ejecución del convenio.

cve: BOE-A-2023-21552
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones: