III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2023-21565)
Resolución de 17 de octubre de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con Libera Università Internazionale degli Studi Sociali Guido Carli.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Jueves 19 de octubre de 2023

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funciones, tendrán carácter reservado y no podrán ser divulgados a ninguna persona o
autoridad, excepto en los supuestos contemplados en el citado artículo.
Promover la colaboración entre don Emanuele Tarantino designado por al LUISS
Guido Carli y los empleados de la Dirección General de Economía y Estadística, con
reconocida capacidad investigadora en las materias sobre las que versarán los trabajos
de análisis del convenio, a través de entrevistas, reuniones, artículos, informes,
seminarios, conferencias o por medio del desarrollo conjunto (coautorado) de proyectos
específicos.
Aportar la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500,00 €) por cada trimestre
vencido hasta la finalización del convenio, más los impuestos aplicables en su caso, en
concepto de aportación económica a la LUISS Guido Carli como consecuencia de la
colaboración de terceros en el Proyecto para el tratamiento estadístico e informático de
la información. La distribución temporal por anualidades de los compromisos económicos
asumidos por el Banco de España es la siguiente:
Año 2023: quince mil euros (15.000,00 €), que se imputará al presupuesto del
ejercicio 2023.
Año 2024: treinta mil euros (30.000,00 €), que se imputará al presupuesto del
ejercicio 2024.
Año 2025: quince mil euros (15.000,00 €), que se imputará al presupuesto del
ejercicio 2025.
El importe máximo para los dos (2) años de duración total del convenio, ascendería a
sesenta mil euros (60.000,00 €), más los impuestos aplicables en su caso.
No obstante lo anterior, la distribución temporal de los compromisos económicos
asumidos por el Banco de España se realizará en función de la fecha de entrada en vigor
del presente convenio.
Sexta. Personal implicado.
La relación de personas que participan en las actividades que se desarrollarán en el
presente convenio son las que figuran en la memoria técnica de este convenio, siendo
los responsables del seguimiento y cumplimiento, por parte de la LUISS Guido Carli,
don Emanuele Tarantino y, por parte del Banco de España, don Sergio Mayordomo.
Séptima.

No constitución de vínculo o sociedad entre las partes.

En presente convenio no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación u
otra clase de vinculación entre las partes, que asumen solo las obligaciones previstas en
este convenio, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas.
Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar
con terceros durante la vigencia del presente convenio, y no estén expresamente
previstos en el mismo, serán del todo ajenos a la contraparte y al propio convenio.
Entre las partes no existe relación de solidaridad o subsidiariedad alguna, y cada una
responde de forma individual y exclusiva de sus acciones y omisiones que traigan causa
del presente convenio.

Para facilitar el desarrollo del convenio y su seguimiento y cumplimiento, se
constituirá una comisión mixta paritaria integrada por don Emanuele Tarantino, por parte
de la LUISS Guido Carli y don Roberto Blanco, por parte del Banco de España, o por
personas en quienes deleguen, y un representante más por cada una de las partes, que
en el caso de la LUISS Guido Carli será don Stefano Manzocchi y del Banco de España
será don Sergio Mayordomo, o personas en quienes deleguen. La comisión mixta dictará
sus normas internas de funcionamiento, debiéndose reunir cuando lo solicite alguna de

cve: BOE-A-2023-21565
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Establecimiento de una comisión mixta.