I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Seguridad Social. Contabilidad. (BOE-A-2023-21527)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 138913
noviembre, General Presupuestaria, y a propuesta de la Intervención General de la
Seguridad Social, dispone:
Artículo único. Modificación de la Adaptación del Plan General de Contabilidad
Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, aprobada por
Resolución de 1 de julio de 2011 de la Intervención General de la Administración del
Estado.
Uno. En la Tercera parte, «Cuentas anuales», se realizan las siguientes
modificaciones:
1. En el apartado 1, «Normas de elaboración de las cuentas anuales», se da nueva
redacción al punto 9 del subapartado 5, «Balance», que queda redactado como sigue:
«9. Las reservas generadas por la entidad, aparecerán recogidas en el
punto 1 “Reservas”, dentro del epígrafe A.II “Patrimonio generado”, del patrimonio
neto del Balance. En el Balance del Patrimonio Privativo de las Mutuas
colaboradoras con la Seguridad Social y en el Balance Integrado de la misma, en
el supuesto de que la Mutua dote una reserva de capitalización o cualquier otro
tipo de reserva especial y la normativa exija que deba quedar reflejada de forma
separada en el Balance, el epígrafe A.II “Patrimonio generado”, del patrimonio
neto del Balance deberá adaptarse para recoger la misma en esos términos.»
2. En el apartado 2, «Modelos de Cuentas Anuales», se modifica el cuadro relativo
al Inmovilizado intangible del punto 3, «Inventario del inmovilizado intangible, material,
inversiones inmobiliarias e inversiones financieras», de la Nota 27, «Patrimonio
privativo», de la Memoria, que será sustituido por el siguiente:
«Inmovilizado intangible
Mutua núm.
Relación de bienes y otros inmovilizados intangibles
Cód. Descripc. Valor a 1 de enero
Variaciones
Valor
Amortización acumulada
y causas a 31 de diciembre
a 31 de diciembre»
Dos. En la Cuarta parte, «Cuadro de cuentas», se realizan las siguientes
modificaciones:
1. Se modifica la denominación de la cuenta 116, «Fondo de Excedentes de
Contingencias Comunes», que pasa a denominarse:
«116, “Fondo de Reserva de la Seguridad Social”.»
«118.
Reservas especiales.
1180. Reserva de capitalización.
1181. Reserva de nivelación de bases imponibles.
1189. Otras.»
cve: BOE-A-2023-21527
Verificable en https://www.boe.es
2. Se incorpora la cuenta 118, «Reservas especiales» con el desglose en las
cuentas de segundo orden que se indican a continuación:
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 138913
noviembre, General Presupuestaria, y a propuesta de la Intervención General de la
Seguridad Social, dispone:
Artículo único. Modificación de la Adaptación del Plan General de Contabilidad
Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, aprobada por
Resolución de 1 de julio de 2011 de la Intervención General de la Administración del
Estado.
Uno. En la Tercera parte, «Cuentas anuales», se realizan las siguientes
modificaciones:
1. En el apartado 1, «Normas de elaboración de las cuentas anuales», se da nueva
redacción al punto 9 del subapartado 5, «Balance», que queda redactado como sigue:
«9. Las reservas generadas por la entidad, aparecerán recogidas en el
punto 1 “Reservas”, dentro del epígrafe A.II “Patrimonio generado”, del patrimonio
neto del Balance. En el Balance del Patrimonio Privativo de las Mutuas
colaboradoras con la Seguridad Social y en el Balance Integrado de la misma, en
el supuesto de que la Mutua dote una reserva de capitalización o cualquier otro
tipo de reserva especial y la normativa exija que deba quedar reflejada de forma
separada en el Balance, el epígrafe A.II “Patrimonio generado”, del patrimonio
neto del Balance deberá adaptarse para recoger la misma en esos términos.»
2. En el apartado 2, «Modelos de Cuentas Anuales», se modifica el cuadro relativo
al Inmovilizado intangible del punto 3, «Inventario del inmovilizado intangible, material,
inversiones inmobiliarias e inversiones financieras», de la Nota 27, «Patrimonio
privativo», de la Memoria, que será sustituido por el siguiente:
«Inmovilizado intangible
Mutua núm.
Relación de bienes y otros inmovilizados intangibles
Cód. Descripc. Valor a 1 de enero
Variaciones
Valor
Amortización acumulada
y causas a 31 de diciembre
a 31 de diciembre»
Dos. En la Cuarta parte, «Cuadro de cuentas», se realizan las siguientes
modificaciones:
1. Se modifica la denominación de la cuenta 116, «Fondo de Excedentes de
Contingencias Comunes», que pasa a denominarse:
«116, “Fondo de Reserva de la Seguridad Social”.»
«118.
Reservas especiales.
1180. Reserva de capitalización.
1181. Reserva de nivelación de bases imponibles.
1189. Otras.»
cve: BOE-A-2023-21527
Verificable en https://www.boe.es
2. Se incorpora la cuenta 118, «Reservas especiales» con el desglose en las
cuentas de segundo orden que se indican a continuación: