V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-30045)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Energías Verdes de Tenerife S.L. Autorización administrativa y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública e Interés General de la instalación eléctrica correspondiente al proyecto denominado "Parque Eólico Tarajales", de 10,395 MW, en el término municipal de Granadilla de Abona, Tenerife. Expediente ER200091.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de octubre de 2023

Sec. V-B. Pág. 48938

existente en el ámbito de implantación de los parques eólicos y las viviendas
aisladas, por la emisión de partículas a la atmósfera y su ulterior deposición. En
este sentido las medidas consideradas en los EsIA y documentación adicional son
de obligado cumplimiento y estricto control y seguimiento en virtud del PVA.
En caso de su ineficacia, se insta al promotor a que adopte medidas
correctoras particulares y/o paliativas que minimicen este impacto hasta umbrales
ambientalmente admisibles.
Condicionante n.º 12. Deberán extremarse las medidas correctoras al objeto de
evitar, en fase de construcción, las potenciales afecciones sobre viviendas aisladas
derivadas del empleo de luminarias en los trabajos que ENERGÍAS VERDES DE
TENERIFE S.L. considera que deben realizarse de manera continuada, como el
suministro de hormigón para las cimentaciones o en el montaje del aerogenerador.
Condicionante n.º 13. También debe implantarse la prohibición del trasiego de
tierras (ni traídas del exterior del ámbito de los parques, ni de distintas zonas de los
parques), y cuando sea estrictamente necesario su empleo deberá tratarse de
material artificial exento de elementos foráneos (semillas, propágulos, larvas,
etcétera), al objeto de evitar la introducción de especies exóticas invasoras en el
ámbito de ejecución de las obras.
Condicionante n.º 14. Una vez redefinidas las actuaciones del proyecto y tras
la fase de replanteo, se debe elaborar y redactar el Proyecto final de restauración
vegetal, ambiental e integración paisajística conjunto de ambos parques eólicos.
Para ello se deberá calcular y definir cartográficamente, a una escala
interpretable, las zonas objeto de restauración o de labores de integración,
identificando para cada una de las actuaciones las especies vegetales a emplear
en función de las especies potenciales, las condiciones topoclimáticas, orográficas
y litológicas del entorno, así como las zonas objeto de restauración topográfica y
geomorfológica.
Este estudio específico debe plantear y presupuestar el control y seguimiento
específico y particularizado de las acciones restauradoras a largo plazo,
considerando las labores de mantenimiento de la vegetación plantada (reposición
de marras, podas, eliminación de exóticas, aclareos, riegos de emergencia en
periodos prolongados de sequía), la vigilancia de la evolución de los posibles
procesos negativos inducidos por las obras sobre la geomorfología, el control de
los potenciales fenómenos erosivos, el correcto funcionamiento de las obras de
drenaje, etcétera. Asimismo, el estudio debe incorporar los protocolos de actuación
frente al control y erradicación de las especies oportunistas con comportamiento
invasor identificadas (Ageratina adenophora, Agave americana, Nicotiana glauca,
Opuntia maxima y Pennisetum setaceum) y cualquier otra especie exótica invasora
presente, incluyendo la realización de una campaña de erradicación de los
elementos vegetales exóticoinvasores antes del inicio de las obras.
A ser posible, en la erradicación deben emplearse medios mecánicos frente al
uso de técnicas que requieran el empleo de fitosanitarios químicos, al objeto de no
incurrir en el deterioro de la vegetación nativa presente en el entorno, en la
contaminación del suelo y en la salud de las personas. Además, debe incluirse la
realización de nuevas campañas de control y erradicación en los años siguientes
hasta la total eliminación de las especies invasoras.
En el caso concreto del rabogato (Pennisetum setaceum, ahora Cenchrus

cve: BOE-B-2023-30045
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Núm. 248