III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-21462)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para la organización del encuentro "Juventud y Talento: construyendo junto/as futuro en el territorio", en el marco de la programación académica de los cursos de verano de la UIMP para 2023, con la asistencia de participantes en Programa Campus Rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138708

Dichos gastos se financian con cargo a los créditos aprobados para el conjunto de su
programación de cursos avanzados en 2023 (concepto presupuestario
33.101.322C.226.06, 33.101.323M.487 y otros de su presupuesto vigente de acuerdo
con la naturaleza de cada uno de los gastos). Para ello, la UIMP tramita y aprueba los
correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de cursos,
según los procedimientos legalmente establecidos.
Quinta. Publicidad, Difusión y Publicaciones.
1. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración del MITERD con la UIMP, respetando en todo caso las
directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
2. El MITERD apoyará a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro,
llevando a cabo cuantas acciones estime convenientes, tales como difusión a través de
su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa del
programa entre el público específico, etc., de acuerdo con el contenido de las actividades
publicitarias que promueva la UIMP.
Asimismo, el MITERD podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y
comunicación, la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre
con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
3. Más allá de la grabación que realizará la UIMP para su incorporación a su
archivo digital, en el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro,
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del curso
correspondiente, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las
partes firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de
ellas estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte,
salvo que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora
enviará a la otra un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
1. Para el impulso y seguimiento de los compromisos adquiridos por las partes, se
constituye una Comisión de Seguimiento, integrada por dos miembros en representación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y dos en
representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).
2. La Comisión estará constituida, en representación del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la persona titular de la Dirección
General de Políticas contra la Despoblación y por la persona titular de la Subdirección
General de Iniciativas; y, en representación de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, por la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y
Programación de Actividades o, en caso de cambio de organigrama, la persona titular del
Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de cursos de formación
permanente y/o actividades de extensión universitaria, y por la persona titular de la
Gerencia.
Ostentará la presidencia la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales y Programación de Actividades de la UIMP y la secretaría la persona
titular de la Gerencia de la UIMP, esta última con voz y voto.
3. Son funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Acordar las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos del
convenio y, en su caso, el correspondiente plan de trabajo en el que se detalle el
contenido y crononograma de las actividades y proyectos previstos o que se consideren
necesarios.

cve: BOE-A-2023-21462
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Núm. 248