V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-29865)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 10 de octubre de 2023, en el tramo comprendido entre los vértices M-386 a M-402, del deslinde aprobado por O.M. de 26 de abril de 2000, en el t.m. de Navia (Asturias). Refª DES01/97/33/0042-DES04/02- DL-64-ASTURIAS.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 48656
por R.D. 668/2022, de 1 de agosto.
Para obtener dichos resultados, teniendo en cuenta aspectos metodológicos,
en colaboración con el G.I.O.C. (Universidad de Cantabria), para la estimación del
oleaje a pie del frente costero, se ha confeccionado un procedimiento con el que se
han realizado los estudios para la determinación de la cota de máxima inundación
en el tramo de costa del Puerto de Vega, T.M. de Navia, Asturias. Extractando
someramente:
"Con carácter general, para el cálculo de cota de máxima inundación sobre el
relieve costero ordinario, se considera que el frente de costa está caracterizado en
un instante determinado por un nivel de marea (NM) compuesto por la marea
astronómica y la marea meteorológica (MA+MM) y una batimetría. Sobre dicho
nivel de marea se encuentra el oleaje que, en función de sus características y de la
batimetría del frente del litoral, se propaga hacia la costa. Al alcanzar la costa, el
oleaje rompe sobre la superficie morfológica del frente, produciéndose un
movimiento de ascenso de la masa de agua a lo largo del perfil del elemento
morfológico que encuentre en su avance tierra adentro por el perfil emergido que
se denomina run-up (RU). Todos estos factores están relacionados entre sí,
además de la interacción entre los elementos (oleaje-batimetría-nivel de mareaascenso).
En el presente caso además, al tratarse de una zona de estudio que se
encuentra en un tramo de costa con estructuras portuarias, en la que las
formulaciones de run-up corresponden a los modelos de remonte sobre estructuras
(dique en talud y escollera) que no incluyen en la cota calculada el set-up o
sobreelevación del nivel medio del mar en la zona de rompientes, se deberá
adicionar al nivel mareal y al run-up, el set-up correspondiente al estado de mar de
cálculo, para la obtención la máxima elevación alcanzada por el oleaje, y en su
caso los rebases de oleajes.
(…) obteniéndose los parámetros de los estados de mar a partir de los cuales
se efectuarán los cálculos que proporcionarán dicho alcance, a partir de los datos
de oleajes de las boyas de la Red REDEXT y puntos Simar de mayor proximidad a
la zona de estudio en Puerto de Vega, en el T.M. de Navia".
"(..) Se han recopilado los datos históricos de la fuente de mayor proximidad a
la zona de estudio, de niveles de marea astronómica y marea meteorológica
(residuo), del mareógrafo de Gijón 3108 situado en el Puerto de Gijón de la Red
REDMAR, así como de datos del Punto Simar 3068038, ambos de Puertos del
Estado, para la obtención de los temporales que serán objeto de propagación y
cálculo del alcance de oleajes que cumple con la condición reglamentaria de haber
sido alcanzado cinco ocasiones en un periodo de cinco años".
En este sentido, una vez analizados los estados de mar que cumplían con las
anteriores consideraciones, se constató la existencia de 9 temporales como
responsables de los máximos niveles de alcances de oleajes, siendo necesario
determinar con cuál de ellos se obtiene el mayor volumen de rebase para la
definición de la zona marítimo terrestre.
Una vez efectuados los cálculos pertinentes, se definen los vértices que
delimitan el límite interior de la ribera del mar, plasmándose los resultados en los
planos suscritos en junio de 2023, por el Jefe de la Demarcación de Costas en
Asturias.
cve: BOE-B-2023-29865
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 48656
por R.D. 668/2022, de 1 de agosto.
Para obtener dichos resultados, teniendo en cuenta aspectos metodológicos,
en colaboración con el G.I.O.C. (Universidad de Cantabria), para la estimación del
oleaje a pie del frente costero, se ha confeccionado un procedimiento con el que se
han realizado los estudios para la determinación de la cota de máxima inundación
en el tramo de costa del Puerto de Vega, T.M. de Navia, Asturias. Extractando
someramente:
"Con carácter general, para el cálculo de cota de máxima inundación sobre el
relieve costero ordinario, se considera que el frente de costa está caracterizado en
un instante determinado por un nivel de marea (NM) compuesto por la marea
astronómica y la marea meteorológica (MA+MM) y una batimetría. Sobre dicho
nivel de marea se encuentra el oleaje que, en función de sus características y de la
batimetría del frente del litoral, se propaga hacia la costa. Al alcanzar la costa, el
oleaje rompe sobre la superficie morfológica del frente, produciéndose un
movimiento de ascenso de la masa de agua a lo largo del perfil del elemento
morfológico que encuentre en su avance tierra adentro por el perfil emergido que
se denomina run-up (RU). Todos estos factores están relacionados entre sí,
además de la interacción entre los elementos (oleaje-batimetría-nivel de mareaascenso).
En el presente caso además, al tratarse de una zona de estudio que se
encuentra en un tramo de costa con estructuras portuarias, en la que las
formulaciones de run-up corresponden a los modelos de remonte sobre estructuras
(dique en talud y escollera) que no incluyen en la cota calculada el set-up o
sobreelevación del nivel medio del mar en la zona de rompientes, se deberá
adicionar al nivel mareal y al run-up, el set-up correspondiente al estado de mar de
cálculo, para la obtención la máxima elevación alcanzada por el oleaje, y en su
caso los rebases de oleajes.
(…) obteniéndose los parámetros de los estados de mar a partir de los cuales
se efectuarán los cálculos que proporcionarán dicho alcance, a partir de los datos
de oleajes de las boyas de la Red REDEXT y puntos Simar de mayor proximidad a
la zona de estudio en Puerto de Vega, en el T.M. de Navia".
"(..) Se han recopilado los datos históricos de la fuente de mayor proximidad a
la zona de estudio, de niveles de marea astronómica y marea meteorológica
(residuo), del mareógrafo de Gijón 3108 situado en el Puerto de Gijón de la Red
REDMAR, así como de datos del Punto Simar 3068038, ambos de Puertos del
Estado, para la obtención de los temporales que serán objeto de propagación y
cálculo del alcance de oleajes que cumple con la condición reglamentaria de haber
sido alcanzado cinco ocasiones en un periodo de cinco años".
En este sentido, una vez analizados los estados de mar que cumplían con las
anteriores consideraciones, se constató la existencia de 9 temporales como
responsables de los máximos niveles de alcances de oleajes, siendo necesario
determinar con cuál de ellos se obtiene el mayor volumen de rebase para la
definición de la zona marítimo terrestre.
Una vez efectuados los cálculos pertinentes, se definen los vértices que
delimitan el límite interior de la ribera del mar, plasmándose los resultados en los
planos suscritos en junio de 2023, por el Jefe de la Demarcación de Costas en
Asturias.
cve: BOE-B-2023-29865
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247