III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-21231)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con Airbus, para la realización de acciones que faciliten la inserción laboral y compatibilización de compromisos deportivos y laborales de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento, en el marco del Programa de Atención al Deportista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Viernes 13 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 137533

se pueda crear una herramienta de apoyo consolidada, que pueda trabajar
proactivamente con los deportistas durante su carrera deportiva llevándose con éxito las
distintas carreras duales de éstos, así como ayuda a la inserción laboral una vez
acabadas éstas.
Segunda.
1.

Compromisos adoptados.

El CSD se compromete a:

Hacer la más amplia difusión de este acuerdo y a colaborar con Airbus en las
presentaciones que se puedan hacer para su divulgación entre sus deportistas. En
concreto, sin perjuicio de su ampliación a otras acciones promocionales, el CSD se
compromete a:
Publicar en su página web oficial las condiciones especiales a las que se podrán
escogen los DAN y DAR en cuanto a su compatibilización de su carrera deportiva y
actividad profesional en Airbus, así como a realizar un envío vía email con información
relativa a las mismas a todos los deportistas que forman parte del PROAD.
– Presentar la firma del presente convenio en un acto oficial en el CSD, en las
condiciones y fecha que fijen ambas partes de mutuo acuerdo, y siempre que sea posible.
2.

Airbus se compromete a:

Facilitar la conciliación del deporte con el empleo a las personas trabajadoras de esta
que ostenten, a su vez, la condición de DAN y DAR. Con el fin de alcanzar la plena
compatibilización de la carrera deportiva y la actividad profesional, se procederá a
establecer, en acuerdo individual entre el deportista y la empresa y con pleno respeto a
lo dispuesto en este convenio, la asistencia de estos deportistas a los eventos deportivos
oficiales que, a continuación, se señalan. Se considerarán eventos deportivos oficiales, a
efectos de este convenio, los siguientes:

Asimismo, Airbus es consciente que la condición de DAN y DAR puede implicar el
desarrollo de una serie de competencias personales que son altamente valoradas por la
compañía.
Por ello, Airbus comunica al CSD las ofertas de empleo disponibles en la entidad a
través de su portal web con el fin de que los candidatos del programa PROAD puedan
optar a las mismas.
3. Los deportistas beneficiarios del presente convenio se podrán comprometer
individualmente con Airbus a llevar a cabo aquellas acciones de difusión a través de los
medios que concreten y que estimen oportunas ambas partes.
Airbus podrá utilizar en sus comunicaciones los logos del PROAD y del CSD, como
entidad colaboradora del PROAD, previa autorización del CSD.
El CSD podrá utilizar en sus comunicaciones sobre el PROAD el logotipo de la
Airbus como entidad colaboradora del citado Programa, previa autorización de la misma.
El uso autorizado de estos logotipos tal como se acaba de prever, no supone ni
podrá ser interpretado o alegado por ninguna de las partes como una autorización
general para su uso con fines distintos a los indicados, ni como cualquier tipo de
transmisión o enajenación de su titularidad o derechos derivados de los mismos.

cve: BOE-A-2023-21231
Verificable en https://www.boe.es

– Campeonatos de España.
– Campeonatos mundiales.
– Juegos Olímpicos.
– Concentraciones preparatorias, convocadas por las Federaciones Nacionales, que
tengan por objeto la preparación y adecuación a las competiciones oficiales
anteriormente descritas.