III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21135)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de construcción de las obras de mejora de la garantía y eficiencia energética del abastecimiento a Cáceres desde el río Almonte".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 136386
El promotor considera que el impacto sinérgico y acumulativo del proyecto con otras
infraestructuras presentes en el ámbito de estudio (líneas eléctricas, carreteras,
embalses, ETAP, etc.) es compatible.
Durante la tramitación, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura, remite como antecedente, la Resolución de 4 de octubre de 2022, emitida
por dicha Dirección General por la que se formuló informe de impacto ambiental del
presente proyecto, posteriormente modificada con fecha de 28 de noviembre de 2022, y
el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, de 21 de
septiembre de 2022.
El citado Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que,
si bien la mayor parte de las acciones previstas se localizan dentro de la ZIR-ZEPA
«Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes», no se prevé, de forma general, una afección
significativa sobre los valores que motivaron la declaración de dicho espacio natural, ya
que se plantean aprovechando infraestructuras existentes y/o se proyectan
mayoritariamente en áreas de menor sensibilidad ambiental. No obstante, aquellas
actuaciones que puedan generar molestias en los periodos más sensibles para las
especies silvestres deberán planificarse para que su ejecución se desarrolle fuera de las
fechas que resultan críticas para la reproducción de estas especies.
Según indica este informe, las obras para la creación de la nueva estación de
bombeo y la apertura y construcción de caminos y accesos, suponen la realización de
desbroces y movimientos de tierra que generan pérdida de la vegetación natural y
alteración de los hábitats naturales presentes en la ZIR-ZEPA «Llanos de Cáceres y
Sierra de Fuentes», además de afección sobre el suelo, la geomorfología y el paisaje.
Por tanto, para los trabajos con maquinaria pesada y las actuaciones en áreas con
pendientes medias superiores al 20%, deberán preverse medidas para evitar la erosión
del suelo y la pérdida de calidad del paisaje natural, y favorecer la recuperación y
restauración ambiental de la zona de actuación.
De acuerdo con lo informado por esa unidad, la línea eléctrica genera un riesgo de
colisión y electrocución para las aves, siendo uno de los factores de amenaza principales
para la avifauna. En el ámbito del proyecto, las especies más susceptibles de accidentes
por colisión son las de comportamiento gregario, como acuáticas y esteparias, mientras
que los accidentes por electrocución suelen corresponderse con especies que utilizan los
apoyos de las líneas eléctricas como posaderos (aves rapaces y cigüeña negra) y/o
apoyo para la nidificación (cigüeña blanca). El trazado propuesto para la línea eléctrica
de 45 kV discurre dentro de la ZIR-ZEPA «Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes»
durante aproximadamente 2.450 m, atravesando «zonas de protección de avifauna», por
lo que deberá atenerse a lo expuesto en el Plan de Gestión de dicho espacio y adoptar
las adecuadas medidas preventivas y complementarias para minimizar este riesgo y la
afección a estas especies.
Finalmente, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura
informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a lugares de la Red Natura 2000, a otras áreas protegidas y/o a
especies amenazadas, siempre que se cumplan las medidas indicadas por el Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, las cuales son contempladas por el
promotor en el documento ambiental y se recogen en los diferentes apartados de la
presente resolución.
Entre las medidas de protección de la vegetación, de los HIC y de la fauna, que
prevé el promotor, destacan las siguientes:
– Antes de comenzar los trabajos, se contactará con el coordinador de los Agentes
del Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización
de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al coordinador
de Agentes de Medio Natural con el fin comprobar que los trabajos se han realizado
conforme a las condiciones técnicas establecidas en la presente resolución.
– Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra, manteniendo siempre la
condición agrícola del suelo. No se realizarán decapados ni movimientos de tierra que no
cve: BOE-A-2023-21135
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244
Jueves 12 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 136386
El promotor considera que el impacto sinérgico y acumulativo del proyecto con otras
infraestructuras presentes en el ámbito de estudio (líneas eléctricas, carreteras,
embalses, ETAP, etc.) es compatible.
Durante la tramitación, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura, remite como antecedente, la Resolución de 4 de octubre de 2022, emitida
por dicha Dirección General por la que se formuló informe de impacto ambiental del
presente proyecto, posteriormente modificada con fecha de 28 de noviembre de 2022, y
el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, de 21 de
septiembre de 2022.
El citado Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que,
si bien la mayor parte de las acciones previstas se localizan dentro de la ZIR-ZEPA
«Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes», no se prevé, de forma general, una afección
significativa sobre los valores que motivaron la declaración de dicho espacio natural, ya
que se plantean aprovechando infraestructuras existentes y/o se proyectan
mayoritariamente en áreas de menor sensibilidad ambiental. No obstante, aquellas
actuaciones que puedan generar molestias en los periodos más sensibles para las
especies silvestres deberán planificarse para que su ejecución se desarrolle fuera de las
fechas que resultan críticas para la reproducción de estas especies.
Según indica este informe, las obras para la creación de la nueva estación de
bombeo y la apertura y construcción de caminos y accesos, suponen la realización de
desbroces y movimientos de tierra que generan pérdida de la vegetación natural y
alteración de los hábitats naturales presentes en la ZIR-ZEPA «Llanos de Cáceres y
Sierra de Fuentes», además de afección sobre el suelo, la geomorfología y el paisaje.
Por tanto, para los trabajos con maquinaria pesada y las actuaciones en áreas con
pendientes medias superiores al 20%, deberán preverse medidas para evitar la erosión
del suelo y la pérdida de calidad del paisaje natural, y favorecer la recuperación y
restauración ambiental de la zona de actuación.
De acuerdo con lo informado por esa unidad, la línea eléctrica genera un riesgo de
colisión y electrocución para las aves, siendo uno de los factores de amenaza principales
para la avifauna. En el ámbito del proyecto, las especies más susceptibles de accidentes
por colisión son las de comportamiento gregario, como acuáticas y esteparias, mientras
que los accidentes por electrocución suelen corresponderse con especies que utilizan los
apoyos de las líneas eléctricas como posaderos (aves rapaces y cigüeña negra) y/o
apoyo para la nidificación (cigüeña blanca). El trazado propuesto para la línea eléctrica
de 45 kV discurre dentro de la ZIR-ZEPA «Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes»
durante aproximadamente 2.450 m, atravesando «zonas de protección de avifauna», por
lo que deberá atenerse a lo expuesto en el Plan de Gestión de dicho espacio y adoptar
las adecuadas medidas preventivas y complementarias para minimizar este riesgo y la
afección a estas especies.
Finalmente, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura
informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a lugares de la Red Natura 2000, a otras áreas protegidas y/o a
especies amenazadas, siempre que se cumplan las medidas indicadas por el Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, las cuales son contempladas por el
promotor en el documento ambiental y se recogen en los diferentes apartados de la
presente resolución.
Entre las medidas de protección de la vegetación, de los HIC y de la fauna, que
prevé el promotor, destacan las siguientes:
– Antes de comenzar los trabajos, se contactará con el coordinador de los Agentes
del Medio Natural de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización
de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al coordinador
de Agentes de Medio Natural con el fin comprobar que los trabajos se han realizado
conforme a las condiciones técnicas establecidas en la presente resolución.
– Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra, manteniendo siempre la
condición agrícola del suelo. No se realizarán decapados ni movimientos de tierra que no
cve: BOE-A-2023-21135
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244