I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2023-21065)
Orden DEF/1110/2023, de 4 de octubre, por la que se modifica la Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de octubre de 2023

Sec. I. Pág. 136015

Por otro lado, el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, dispone que las
organizaciones operativas podrán crearse con carácter permanente o temporal, estando
directamente subordinadas al JEMAD.
La Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización
básica del Estado Mayor de la Defensa, desglosa, dentro de la estructura operativa
dependiente del JEMAD, cuales son los Mandos Componentes de máximo nivel
designados previamente por el JEMAD a propuesta de los Jefes de Estado Mayor de los
Ejércitos y de la Armada, incluyendo el Mando Componente Aeroespacial generado por
el EA. Además, en dicha orden ministerial se especifican los Mandos Operativos
permanentes para el desarrollo de las operaciones que las FAS tienen activadas
continuamente, incluyendo el Mando Operativo Aeroespacial, cuyo Comandante es
designado por el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio.
La adaptación de la estructura orgánica de las FAS para afrontar mejor los retos del
pujante espacio ultraterrestre tiene también incidencia en la estructura operativa, pues
ésta se nutre de aquella. De esta forma, es necesario reorganizar la estructura operativa
de manera que permita una mejor correlación con la estructura orgánica. La
reestructuración de los Mandos Componentes de máximo nivel designados previamente
y de los Mandos Operativos permanentes contribuye a dicho objetivo. Esta
reorganización consiste, por un lado, en la desaparición del Mando Componente
Aeroespacial y la creación del Mando Componente Aéreo y del Mando Componente
Espacial. Por otro lado, desaparece el Mando Operativo Aeroespacial, creando en su
lugar el Mando Operativo Aéreo y el Mando Operativo Espacial.
El ciberespacial es un ámbito de relevancia creciente en el entorno operativo. El Real
Decreto 521/2020, de 19 de mayo, dispuso la creación del Mando Conjunto del
Ciberespacio (MCCE), sobre la base de los anteriores Mando Conjunto de Ciberdefensa
y Jefatura de Sistemas de Información y Telecomunicaciones de las FAS. El MCCE es el
órgano responsable del planeamiento, la dirección, la coordinación, el control y la
ejecución de las acciones conducentes a asegurar la libertad de acción de las FAS en el
ámbito ciberespacial. Su estructura fundamental y cometidos básicos fueron articulados
por la Orden DEF/710/2020, de 27 de julio. Por otro lado, actualmente se está en
proceso de potenciación del MCCE ante los retos y amenazas a los que debe hacer
frente, cada vez más demandantes. Por ello, se ha decidido el establecimiento de un
nuevo Centro Docente Militar específico para la enseñanza de perfeccionamiento en
materia de ciberoperaciones, materializado mediante la Orden DEF/100/2023, de 2 de
febrero, por la que se crea la Escuela Militar de Ciberoperaciones (EMCO). Es necesario,
por tanto, actualizar la estructura básica del MCCE con la inclusión de la citada EMCO
en el desglose de sus unidades que realiza la Orden DEF 710/2020, de 27 de julio. Al
mismo tiempo, se aprovecha para incluir en la relación de unidades del MCCE a la
Jefatura de Apoyo CIS al EMAD (JEACISEMAD), ya mencionada en el desarrollo de la
estructura del MCCE en la Instrucción 55/2021, de 27 de octubre, del Jefe de Estado
Mayor de la Defensa, por la que se desarrolla la organización del Estado Mayor de la
Defensa, dotando de mayor coherencia a la articulación del MCCE al dejar desglosadas
todas las Jefaturas del mismo. En otro aspecto también relacionado con la relevancia del
ciberespacio en las operaciones actuales multidominio, se modifica la denominación
actual del Mando Componente del Ciberespacio, ya no como mando transversal, sino
incluyéndose ahora en la categoría de los Mandos Componentes de máximo nivel
designados, generado por el Mando Conjunto del Ciberespacio.
Por otra parte, dentro de los componentes que integran el Cuartel General del Estado
Mayor de la Defensa (CGEMAD), es conveniente sustituir la denominación de «los
Órganos de Gestión Económica y Financiera» por la de «la Jefatura de Asuntos
Económicos», pues esta unidad es la única que constituye en la práctica dichos órganos
en el ámbito del CGEMAD. Por analogía, se elabora una nueva transcripción del artículo
correspondiente que desarrolla dichos órganos, consignando la nueva denominación y
una redacción coherente con este cambio, exponiendo en un único párrafo los cometidos
de dicha Jefatura.

cve: BOE-A-2023-21065
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Núm. 244