III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21041)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón para el periodo 2023-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Miércoles 11 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135818

– Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y
herramientas, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo.
– Derecho al abono y compensación de gastos.
– Derecho al horario flexible de conformidad con los términos establecidos en el
acuerdo, respetando los tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre
tiempo de trabajo y descanso.
– Derecho al registro de jornada adecuado.
– Derecho a la prevención de riesgos laborales.
– Derecho a la intimidad y protección de datos.
– Derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.
– Derecho a ejercitar sus derechos de naturaleza colectiva con el mismo contenido y
alcance que el resto de las personas trabajadoras del centro al que están adscritas.
– Tendrán los mismos Derechos y Obligaciones que las personas que desarrollan su
trabajo de manera ordinaria presencial.
Todo lo regulado en este artículo quedará derogado de manera automática ante
cualquier modificación/derogación de la legislación laboral vigente posterior a la firma de
este acuerdo; comprometiéndose las partes a iniciar una nueva negociación que aborde
los nuevos aspectos.
CAPÍTULO X
Permisos retribuidos y suspensiones por causas familiares
Artículo 10.
1.

Permisos retribuidos.

El personal, avisando con la posible antelación y justificándolo adecuadamente,
podrá faltar o ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por alguno de los
motivos y durante el tiempo mínimo detallado y con los criterios del anexo II-A: Cuadro
resumen de permisos retribuidos, de este convenio colectivo.
2.

Suspensiones de la relación laboral por causas familiares. Excedencias.

Se adjunta al anexo II- B: Cuadro resumen de las suspensiones de la relación laboral
por causas familiares de conformidad con la legislación laboral vigente.
En los supuestos de excedencias por cuidado de menor regulados actualmente en el
Articulo 46.3.del Estatuto de los Trabajadores, se amplía el periodo de reserva de puesto
de trabajo a tres años, computándose a efectos de antigüedad.
CAPÍTULO XI
Retribuciones

1.

Retribuciones.

A)

Año 2023:

1. Las empresas a las que obliga el presente convenio colectivo garantizan a todo
el personal un incremento del 4,5 % sobre la Retribución Total Teórica Bruta (RTTB) de
cada persona trabajadora en el año 2022. Dicho incremento se realizará con carácter
retroactivo desde el 1 de enero de 2023, con el consiguiente pago de atrasos.
2. Se establecen como condiciones mínimas para el sector las tablas salariales del
anexo III del presente convenio colectivo.

cve: BOE-A-2023-21041
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 11.