III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21045)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Robigus, Quirite, Providentia, Promitor, Recarano, Priamo, Pietas y Othar, y sus infraestructuras de evacuación en las provincias de Zaragoza, Álava y Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135934
Tras el análisis de los posibles impactos y afecciones, el promotor califica el impacto
sinérgico sobre la vegetación y sobre los HIC como moderado en el ámbito de Aragón y
compatible, en la zona de Miranda de Ebro. De igual modo, se califica el impacto como
moderado para la zona aragonesa y como compatible en el entorno de Miranda de Ebro.
Respecto a la pérdida de hábitat de alimentación, cría y refugio para las especies de
avifauna y quirópteros presentes en el ámbito estudiado, se ha calificado el impacto
sinérgico sobre la Red Natura 2000 como moderado para la zona aragonesa y
compatible en la zona de Miranda de Ebro. El posible impacto por pérdida indirecta de
hábitat debido al efecto vacía se ha calificado como moderado. Atendiendo a la
mortalidad de avifauna por colisiones, el promotor considera que, con la aplicación de las
nuevas medidas preventivas y correctoras incluidas en la respuesta al requerimiento de
información adicional, las tasas de mortalidad se reducen significativamente y no
supondrá el desarrollo del proyecto un incremento significativo de la mortalidad por
colisión en el entorno estudiado. El efecto barrera es calificado como de poco
significativo. En cuanto al impacto paisajístico, se considera que el desarrollo del
proyecto no representa cambios respecto a la situación actual, considerando poco
significativo el impacto sinérgico y acumulativo sobre el paisaje. A este respecto, este
órgano ambiental se remite a lo indicado en el apartado b7. Paisaje y al condicionado de
la Resolución.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA incluye un anexo de análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante los riesgos
naturales: riesgo de inundación, riesgos geológicos/geotécnicos, riesgo meteorológico y
riesgo de incendios forestales, y los riesgos tecnológicos: transporte de mercancías
peligrosas (por carretera y ferrocarril), transporte en conducciones de hidrocarburos y
electricidad, industriales y radiológico. Asimismo, se analizan los potenciales efectos
adversos de riesgos generados por el proyecto: campos electromagnéticos,
contaminación acústica, transporte de material y maquinaria, efecto Shadow Flicker,
rotura de palas/torre, fase de construcción y desmantelamiento y fase de operación;
riesgos naturales: incendios, inundación, erosión y movimientos en masa; riesgos
tecnológicos: incendios, vertidos de sustancias peligrosas y transporte de material y
maquinaria.
Según el promotor, en todos los casos, a excepción de los riesgos asociados a los
movimientos y colapso de laderas, que, en parte, ha sido clasificado como de
probabilidad media, y a los riesgos por vientos fuertes, clasificados como alto en gran
parte de la zona de estudio, el riesgo de vulnerabilidad ante los riesgos analizados se ha
clasificado como de baja probabilidad de ocurrencia.
La Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón indica que
está conforme con la instalación eléctrica proyectada en relación con sus competencias
propias y que no se aprecian efectos significativos del proyecto sobre los riesgos de
protección civil presentes en la zona. En todo caso, indica que la ejecución de los viales,
conducciones, obras de fábrica, edificaciones y apoyos deben asegurar que no producen
la alteración de los caudales circulantes por los cauces y canales existentes.
No obstante, la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de
Aragón destaca que el PE Robigus presenta riesgo por inundación alto. En relación con
el riesgo de incendios, la mayoría de las instalaciones del proyecto as son zonas con un
peligro medio-alto y una vulnerabilidad baja. La DG indica al promotor que debe tener en
cuenta la normativa sobre prevención y lucha contra incendios forestales en la
Comunidad Autónoma de Aragón, vigente en el momento de la ejecución de las obras.
La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León aporta datos de los
diferentes índices de peligrosidad asociados al proyecto e indica que ninguna de las
actuaciones que se planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo debe
incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente.
Respecto al Análisis de los riesgos de protección civil relativos a este proyecto, la
Dirección de Atención de Emergencias del Gobierno Vasco indica sobre el riesgo de
cve: BOE-A-2023-21045
Verificable en https://www.boe.es
c.
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135934
Tras el análisis de los posibles impactos y afecciones, el promotor califica el impacto
sinérgico sobre la vegetación y sobre los HIC como moderado en el ámbito de Aragón y
compatible, en la zona de Miranda de Ebro. De igual modo, se califica el impacto como
moderado para la zona aragonesa y como compatible en el entorno de Miranda de Ebro.
Respecto a la pérdida de hábitat de alimentación, cría y refugio para las especies de
avifauna y quirópteros presentes en el ámbito estudiado, se ha calificado el impacto
sinérgico sobre la Red Natura 2000 como moderado para la zona aragonesa y
compatible en la zona de Miranda de Ebro. El posible impacto por pérdida indirecta de
hábitat debido al efecto vacía se ha calificado como moderado. Atendiendo a la
mortalidad de avifauna por colisiones, el promotor considera que, con la aplicación de las
nuevas medidas preventivas y correctoras incluidas en la respuesta al requerimiento de
información adicional, las tasas de mortalidad se reducen significativamente y no
supondrá el desarrollo del proyecto un incremento significativo de la mortalidad por
colisión en el entorno estudiado. El efecto barrera es calificado como de poco
significativo. En cuanto al impacto paisajístico, se considera que el desarrollo del
proyecto no representa cambios respecto a la situación actual, considerando poco
significativo el impacto sinérgico y acumulativo sobre el paisaje. A este respecto, este
órgano ambiental se remite a lo indicado en el apartado b7. Paisaje y al condicionado de
la Resolución.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El EsIA incluye un anexo de análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante los riesgos
naturales: riesgo de inundación, riesgos geológicos/geotécnicos, riesgo meteorológico y
riesgo de incendios forestales, y los riesgos tecnológicos: transporte de mercancías
peligrosas (por carretera y ferrocarril), transporte en conducciones de hidrocarburos y
electricidad, industriales y radiológico. Asimismo, se analizan los potenciales efectos
adversos de riesgos generados por el proyecto: campos electromagnéticos,
contaminación acústica, transporte de material y maquinaria, efecto Shadow Flicker,
rotura de palas/torre, fase de construcción y desmantelamiento y fase de operación;
riesgos naturales: incendios, inundación, erosión y movimientos en masa; riesgos
tecnológicos: incendios, vertidos de sustancias peligrosas y transporte de material y
maquinaria.
Según el promotor, en todos los casos, a excepción de los riesgos asociados a los
movimientos y colapso de laderas, que, en parte, ha sido clasificado como de
probabilidad media, y a los riesgos por vientos fuertes, clasificados como alto en gran
parte de la zona de estudio, el riesgo de vulnerabilidad ante los riesgos analizados se ha
clasificado como de baja probabilidad de ocurrencia.
La Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón indica que
está conforme con la instalación eléctrica proyectada en relación con sus competencias
propias y que no se aprecian efectos significativos del proyecto sobre los riesgos de
protección civil presentes en la zona. En todo caso, indica que la ejecución de los viales,
conducciones, obras de fábrica, edificaciones y apoyos deben asegurar que no producen
la alteración de los caudales circulantes por los cauces y canales existentes.
No obstante, la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de
Aragón destaca que el PE Robigus presenta riesgo por inundación alto. En relación con
el riesgo de incendios, la mayoría de las instalaciones del proyecto as son zonas con un
peligro medio-alto y una vulnerabilidad baja. La DG indica al promotor que debe tener en
cuenta la normativa sobre prevención y lucha contra incendios forestales en la
Comunidad Autónoma de Aragón, vigente en el momento de la ejecución de las obras.
La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León aporta datos de los
diferentes índices de peligrosidad asociados al proyecto e indica que ninguna de las
actuaciones que se planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo debe
incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente.
Respecto al Análisis de los riesgos de protección civil relativos a este proyecto, la
Dirección de Atención de Emergencias del Gobierno Vasco indica sobre el riesgo de
cve: BOE-A-2023-21045
Verificable en https://www.boe.es
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