III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21044)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135901
resolución, en la que se incluye además la condición 38, para paliar la contaminación
lumínica en fase de explotación.
b.7) Agua.
El ámbito de estudio de la PSFV se sitúa en la Demarcación Hidrográfica del Tajo.
Además, informa sobre varias masas de agua sobre las que se implanta el proyecto en
su versión inicial.
El impacto detectado en referencia a la hidrología es la contaminación de aguas
superficiales y subterráneas, considerado impacto moderado, fundamentalmente, en
fase de ejecución. Como medidas principales el promotor prevé las siguientes: prohibir el
vertido de aguas o residuos susceptibles de contaminar el agua continental u otros
elementos del dominio público hidráulico (DPH), prohibir cualquier construcción, montaje
o ubicación de instalaciones en DPH salvo autorización y determinar el origen del agua a
utilizar durante el proyecto y su legalidad. Además, las medidas indicadas en referencia
a la protección del suelo, contribuirán a la preservación de medio hidrológico.
Consta informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo que señala que el proyecto
se ubica próximo a diversas zonas con aguas superficiales e informa del posible impacto
sobre la hidrología que puede tener las acciones de movimiento de tierras por la
remoción de los materiales y posterior arrastre fluvial con el consiguiente aporte de
sólidos. Introduce, asimismo, medidas a cumplir por el promotor para la protección del
DPH de carácter general y normativo en el ámbito de sus competencias, que el promotor
acepta.
La Oficina Española de Cambio Climático indica que existen impactos como el uso
del agua, que afectan a la adaptación al cambio climático. Por ello incide en que no se
deben distorsionar los flujos naturales del agua y elementos como la escorrentía y la
infiltración. El promotor se muestra de acuerdo.
La Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha informa de los cauces que se verán afectados por el proyecto, e indica los
criterios generales que se deben seguir en aplicación a la posible afección de estos.
En la presente resolución se incluyen las condiciones 39, 40, 41, 42 y 43 referidas a
la protección de las aguas.
Según el EsIA, el proyecto queda enmarcado en su totalidad dentro de la unidad
paisajística «Páramo de Uceda y Raña Detamajón». Por su parte la LAT 400 kV
inicialmente proyectada cruza cuatro unidades de paisaje.
El EsIA incluye un Estudio de Paisaje. Valora su calidad media y su fragilidad visual
baja. En cuanto al grado de visibilidad, considera que para la PSFV Envatios XIII el 54 %
del territorio tiene grado alto, seguido del 19% con grado medio, 18 % grado nulo y 9 %
grado bajo; para la PSFV Envatios XXV, el 56,29 % del territorio tiene grado alto,
el 19,04 % medio, el 16,01 % nulo y el resto, un 8,66 %, bajo.
Los impactos que el EsIA tiene en cuenta son los efectos sobre la calidad del paisaje
y la intrusión visual, ambos considerados moderados, tanto en fase de obras como de
explotación. Como medidas preventivas y correctoras el promotor propone usar las
características propias de la arquitectura y los acabados tradicionales de la zona, instalar
paneles informativos relativos a la situación de los contenedores de residuos y llevarse a
cabo las medidas de restauración planteadas en el Plan de Integración Ambiental.
Específicamente en la fase de funcionamiento, se controlará la eficacia y desarrollo de
vegetación tras el Plan de Integración y se restaurarán las superficies afectadas en la
fase anterior que no sean necesarias en la de funcionamiento.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha propone una serie de medidas para la preservación del paisaje,
incluidas en la presente resolución. La Dirección General de Calidad Ambiental de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indica que, debido a la cercanía a suelo
cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es
b.8) Paisaje.
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135901
resolución, en la que se incluye además la condición 38, para paliar la contaminación
lumínica en fase de explotación.
b.7) Agua.
El ámbito de estudio de la PSFV se sitúa en la Demarcación Hidrográfica del Tajo.
Además, informa sobre varias masas de agua sobre las que se implanta el proyecto en
su versión inicial.
El impacto detectado en referencia a la hidrología es la contaminación de aguas
superficiales y subterráneas, considerado impacto moderado, fundamentalmente, en
fase de ejecución. Como medidas principales el promotor prevé las siguientes: prohibir el
vertido de aguas o residuos susceptibles de contaminar el agua continental u otros
elementos del dominio público hidráulico (DPH), prohibir cualquier construcción, montaje
o ubicación de instalaciones en DPH salvo autorización y determinar el origen del agua a
utilizar durante el proyecto y su legalidad. Además, las medidas indicadas en referencia
a la protección del suelo, contribuirán a la preservación de medio hidrológico.
Consta informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo que señala que el proyecto
se ubica próximo a diversas zonas con aguas superficiales e informa del posible impacto
sobre la hidrología que puede tener las acciones de movimiento de tierras por la
remoción de los materiales y posterior arrastre fluvial con el consiguiente aporte de
sólidos. Introduce, asimismo, medidas a cumplir por el promotor para la protección del
DPH de carácter general y normativo en el ámbito de sus competencias, que el promotor
acepta.
La Oficina Española de Cambio Climático indica que existen impactos como el uso
del agua, que afectan a la adaptación al cambio climático. Por ello incide en que no se
deben distorsionar los flujos naturales del agua y elementos como la escorrentía y la
infiltración. El promotor se muestra de acuerdo.
La Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha informa de los cauces que se verán afectados por el proyecto, e indica los
criterios generales que se deben seguir en aplicación a la posible afección de estos.
En la presente resolución se incluyen las condiciones 39, 40, 41, 42 y 43 referidas a
la protección de las aguas.
Según el EsIA, el proyecto queda enmarcado en su totalidad dentro de la unidad
paisajística «Páramo de Uceda y Raña Detamajón». Por su parte la LAT 400 kV
inicialmente proyectada cruza cuatro unidades de paisaje.
El EsIA incluye un Estudio de Paisaje. Valora su calidad media y su fragilidad visual
baja. En cuanto al grado de visibilidad, considera que para la PSFV Envatios XIII el 54 %
del territorio tiene grado alto, seguido del 19% con grado medio, 18 % grado nulo y 9 %
grado bajo; para la PSFV Envatios XXV, el 56,29 % del territorio tiene grado alto,
el 19,04 % medio, el 16,01 % nulo y el resto, un 8,66 %, bajo.
Los impactos que el EsIA tiene en cuenta son los efectos sobre la calidad del paisaje
y la intrusión visual, ambos considerados moderados, tanto en fase de obras como de
explotación. Como medidas preventivas y correctoras el promotor propone usar las
características propias de la arquitectura y los acabados tradicionales de la zona, instalar
paneles informativos relativos a la situación de los contenedores de residuos y llevarse a
cabo las medidas de restauración planteadas en el Plan de Integración Ambiental.
Específicamente en la fase de funcionamiento, se controlará la eficacia y desarrollo de
vegetación tras el Plan de Integración y se restaurarán las superficies afectadas en la
fase anterior que no sean necesarias en la de funcionamiento.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha propone una serie de medidas para la preservación del paisaje,
incluidas en la presente resolución. La Dirección General de Calidad Ambiental de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indica que, debido a la cercanía a suelo
cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es
b.8) Paisaje.