I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2023-20995)
Real Decreto 780/2023, de 10 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas y el Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 135734
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de ámbito supraautonómico.
La letra h) del apartado 6 del artículo 8 del Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de ámbito supraautonómico, queda redactada como sigue:
«h) A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en el momento de la solicitud, del cumplimiento por el
solicitante, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los plazos de pago que
se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.»
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1010/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de
ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y
desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo
Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de carácter supraautonómico.
El Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en
transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa
Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades
asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, queda modificado como sigue:
Uno.
El apartado 1 del artículo 11 queda redactado como sigue:
«1. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los
supuestos del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, según
modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.»
Dos.
El apartado 17 del artículo 11 queda redactado como sigue:
«17. A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en el momento de la solicitud, del cumplimiento por el
solicitante, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los plazos de pago que
se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.»
Se añade un nuevo párrafo al apartado 2 del artículo 15 del Real Decreto 425/2016,
de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, con la
siguiente redacción:
«En cualesquiera documentos, tanto en soporte papel como electrónico, en todo
instrumento de comunicación con el interesado, en la resolución de concesión y, en su
caso, de pago, así como en cualesquiera soportes o medios de difusión deberá
indicarse el origen de la financiación, especificando la cantidad procedente de los
fondos estatales. En todo caso, se empleará el logo GOBIERNO DE ESPAÑA-
cve: BOE-A-2023-20995
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 425/2016, de 11 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 135734
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de ámbito supraautonómico.
La letra h) del apartado 6 del artículo 8 del Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de ámbito supraautonómico, queda redactada como sigue:
«h) A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en el momento de la solicitud, del cumplimiento por el
solicitante, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los plazos de pago que
se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.»
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1010/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de
ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y
desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo
Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de carácter supraautonómico.
El Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en
transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa
Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades
asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, queda modificado como sigue:
Uno.
El apartado 1 del artículo 11 queda redactado como sigue:
«1. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los
supuestos del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, según
modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.»
Dos.
El apartado 17 del artículo 11 queda redactado como sigue:
«17. A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en el momento de la solicitud, del cumplimiento por el
solicitante, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los plazos de pago que
se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.»
Se añade un nuevo párrafo al apartado 2 del artículo 15 del Real Decreto 425/2016,
de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, con la
siguiente redacción:
«En cualesquiera documentos, tanto en soporte papel como electrónico, en todo
instrumento de comunicación con el interesado, en la resolución de concesión y, en su
caso, de pago, así como en cualesquiera soportes o medios de difusión deberá
indicarse el origen de la financiación, especificando la cantidad procedente de los
fondos estatales. En todo caso, se empleará el logo GOBIERNO DE ESPAÑA-
cve: BOE-A-2023-20995
Verificable en https://www.boe.es
Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 425/2016, de 11 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.