I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2023-20995)
Real Decreto 780/2023, de 10 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas y el Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 135732
Once. En el preámbulo y en los artículos 1.3, 2, 3.2 b) y e), y 14, la expresión
«Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en
zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107
y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea» se substituye por
«Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se
declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en
zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107
y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea».
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la
repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los
programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina,
brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías
espongiformes transmisibles.
El Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación
en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control
o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina,
lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles, se modifica de la siguiente
manera:
Uno. El apartado 4 del artículo 1 queda redactado como sigue:
«4. Estas ayudas se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2472
de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»
Dos.
Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 4 con la siguiente redacción:
«3. Asimismo, serán subvencionables los gastos derivados de la obtención, en
su caso, de la certificación de no estar incurso en el supuesto previsto en el
artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, recogida en el artículo 5.2.j).»
«d) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social, mediante las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la forma que
establezca la comunidad autónoma en la respectiva convocatoria. De no
establecerse disposición al respecto, se entenderá que la mera presentación de la
solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor la obtenga de forma
directa a través de medios electrónicos, salvo que conste oposición expresa del
solicitante, en cuyo caso éste deberá aportar los certificados que prueben tales
extremos.»
«j) A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los
plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la
que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales.»
cve: BOE-A-2023-20995
Verificable en https://www.boe.es
Tres. Se modifica la letra d) y se añade una nueva letra j) al apartado 2 del
artículo 5 con la siguiente redacción:
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 135732
Once. En el preámbulo y en los artículos 1.3, 2, 3.2 b) y e), y 14, la expresión
«Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en
zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107
y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea» se substituye por
«Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se
declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en
zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107
y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea».
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la
repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los
programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina,
brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías
espongiformes transmisibles.
El Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación
en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control
o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina,
lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles, se modifica de la siguiente
manera:
Uno. El apartado 4 del artículo 1 queda redactado como sigue:
«4. Estas ayudas se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2472
de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»
Dos.
Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 4 con la siguiente redacción:
«3. Asimismo, serán subvencionables los gastos derivados de la obtención, en
su caso, de la certificación de no estar incurso en el supuesto previsto en el
artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, recogida en el artículo 5.2.j).»
«d) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social, mediante las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la forma que
establezca la comunidad autónoma en la respectiva convocatoria. De no
establecerse disposición al respecto, se entenderá que la mera presentación de la
solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor la obtenga de forma
directa a través de medios electrónicos, salvo que conste oposición expresa del
solicitante, en cuyo caso éste deberá aportar los certificados que prueben tales
extremos.»
«j) A efectos de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, acreditación, en los términos dispuestos en dicho artículo, de los
plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la
que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales.»
cve: BOE-A-2023-20995
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Tres. Se modifica la letra d) y se añade una nueva letra j) al apartado 2 del
artículo 5 con la siguiente redacción: