III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-20957)
Resolución de 3 de octubre 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Light Bridges, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135429
objeto social es la realización, desde Canarias, de actividades relacionadas con la
investigación e innovación de base tecnológica y, entre ellas, la creación y desarrollo de
nuevos espacios de intercambio y aprovechamiento social y económico en el área de
investigación de «Nuevas formas de colaboración público-privada-Mecenazgo».
IV. Que Light Bridges mantiene un compromiso de contribución al desarrollo que va
más allá de su actividad empresarial/social. Este se concreta en una amplia labor de
patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor para
la sociedad.
V. Que Light Bridges conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto Cervantes,
y, específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las actividades
culturales y académicas de este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del convenio al que el presente convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente convenio responde a un modelo-tipo de convenio de patrocinio en metálico,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y Light
Bridges acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En virtud del presente convenio, Light Bridges se compromete a colaborar con el
Instituto Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula
segunda, que este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo
de sus actividades culturales y académicas en Marruecos, priorizando las que se
organicen en Marrakech, como una de las áreas de población más afectadas por el
terremoto del pasado 8 de septiembre de 2023.
Entre las actividades previstas por el Instituto Cervantes de Marrakech para el
año 2024 estarían las siguientes (a título enunciativo y no limitativo):
− Conferencias de carácter científico.
− Conciertos de música española.
Aportación económica y forma de pago.
Light Bridges aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de cinco mil
euros (5.000 €) para el desarrollo de las actividades culturales y académicas indicadas
en la cláusula anterior.
El abono de esta aportación se efectuará por Light Bridges en un plazo máximo de
treinta días a contar de la entrada en vigor del presente convenio, mediante transferencia
bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que éste le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Light Bridges la oportuna certificación acreditativa de la aportación
realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen
Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al Mecenazgo y su
Reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
cve: BOE-A-2023-20957
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135429
objeto social es la realización, desde Canarias, de actividades relacionadas con la
investigación e innovación de base tecnológica y, entre ellas, la creación y desarrollo de
nuevos espacios de intercambio y aprovechamiento social y económico en el área de
investigación de «Nuevas formas de colaboración público-privada-Mecenazgo».
IV. Que Light Bridges mantiene un compromiso de contribución al desarrollo que va
más allá de su actividad empresarial/social. Este se concreta en una amplia labor de
patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor para
la sociedad.
V. Que Light Bridges conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto Cervantes,
y, específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las actividades
culturales y académicas de este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del convenio al que el presente convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente convenio responde a un modelo-tipo de convenio de patrocinio en metálico,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y Light
Bridges acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En virtud del presente convenio, Light Bridges se compromete a colaborar con el
Instituto Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula
segunda, que este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo
de sus actividades culturales y académicas en Marruecos, priorizando las que se
organicen en Marrakech, como una de las áreas de población más afectadas por el
terremoto del pasado 8 de septiembre de 2023.
Entre las actividades previstas por el Instituto Cervantes de Marrakech para el
año 2024 estarían las siguientes (a título enunciativo y no limitativo):
− Conferencias de carácter científico.
− Conciertos de música española.
Aportación económica y forma de pago.
Light Bridges aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de cinco mil
euros (5.000 €) para el desarrollo de las actividades culturales y académicas indicadas
en la cláusula anterior.
El abono de esta aportación se efectuará por Light Bridges en un plazo máximo de
treinta días a contar de la entrada en vigor del presente convenio, mediante transferencia
bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que éste le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Light Bridges la oportuna certificación acreditativa de la aportación
realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen
Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al Mecenazgo y su
Reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
cve: BOE-A-2023-20957
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Segunda.