III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-20957)
Resolución de 3 de octubre 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Light Bridges, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135428

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
20957

Resolución de 3 de octubre 2023, del Instituto Cervantes, por la que se
publica el Convenio con Light Bridges, SL, para el desarrollo de actividades
culturales y académicas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre el Instituto Cervantes y Light Bridges, SL para el desarrollo
de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes, que ha sido suscrito el 29
de septiembre de 2023.
Madrid, 3 de octubre de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes,
Carmen Noguero Galilea.
Convenio entre el Instituto Cervantes y Light Bridges, SL para el desarrollo de
actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes,
cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio de 2018 (BOE
de 21 de julio), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21
de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación
del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Alcalá, 49, 28014 Madrid y NIF Q-2812007-I. En adelante, el «Instituto Cervantes» o «el
IC».
Y, de otra parte, don Antonio Luis Maudes Gutiérrez, Administrador único de Light
Bridges, SL, actúa en nombre y representación de Light Bridges, SL, con NIF
B-01794288 y domicilio en Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, 17 Las Palmas de
Gran Canarias, de conformidad de lo establecido en los poderes otorgados por el notario
don Javier Martínez del Moral el 18 de enero de 2023, bajo el número 121 de su
protocolo. En adelante, «Light Bridges».
El Instituto Cervantes y Light Bridges serán denominados en adelante conjuntamente
como las «partes» y cada una de ellas individualmente como la «parte».
Ambas partes, que manifiestan y aseguran que intervienen con capacidad legal
necesaria y competencia suficiente, suscriben el presente convenio y, a tal efecto,

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público, sin ánimo de lucro, creado al
amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, con personalidad jurídica propia y capacidad
de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, cuyos fines y objetivos primordiales son la promoción
universal de la lengua española y la difusión de la cultura en el exterior.
II. Que el Instituto Cervantes es considerado una entidad beneficiaria del
mecenazgo de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo.
III. Que Light Bridges es una sociedad limitada, inscrita en el Registro Mercantil de
Las Palmas, Tomo 2245, Folio 138, Sección 8, Hoja GC-57164, Inscripción 1.ª, cuyo

cve: BOE-A-2023-20957
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