III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Convenios. (BOE-A-2023-20952)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, por la que se publica el Convenio con el Instituto Cervantes y la Fundación Federico García Lorca, para la edición y difusión de un libro no venal, como parte de la Agenda Cultural de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135403
Cervantes y la AECID a nivel internacional y bibliotecas e instituciones en el ámbito
nacional.
A estos efectos, la colaboración pretende impulsar la promoción de la imagen
institucional y cultural de España, favoreciendo su difusión a través de la obra de
Federico García Lorca como uno de los autores españoles más celebrados del siglo XX.
Segunda.
Naturaleza y régimen jurídico.
El convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás normativa que resulte
de aplicación.
Tercera.
Compromisos asumidos por las partes.
Las partes, con competencias equivalentes y en representación de la confluencia de
intereses de ambas en la realización del objeto de este convenio, se comprometen a
colaborar mediante la realización y cofinanciación de las siguientes actividades:
Por un lado, la OCPUE se compromete a:
– Financiar, por un importe máximo de diez mil euros (10.000,00 euros) más IVA, las
tareas de impresión del libro conmemorativo citado.
– Desarrollar las labores de difusión y promoción que resulten oportunas de acuerdo
con la Cláusula Sexta de este convenio.
Por otro lado, el Instituto Cervantes se compromete a:
– Ejecutar las actividades citadas en el párrafo anterior financiadas por la OCPUE y
a llevar a cabo, por un importe máximo de veinte mil euros (20.000,00 euros) más IVA,
con cargo a su propio presupuesto de gasto, las actividades de traducción y
maquetación del libro conmemorativo.
– Gestionar todas las cuestiones relativas a los Derechos de Propiedad intelectual
del libro conmemorativo.
– Desarrollar las labores de difusión y promoción que resulten oportunas de acuerdo
con la Cláusula Sexta de este convenio.
Por su parte, la Fundación Federico García Lorca se compromete a:
En todo caso, las partes se comprometen, respectivamente, a coordinar la correcta
gestión de las tareas que deriven de los compromisos citados con anterioridad,
asumiendo cada una de ellas la responsabilidad por las acciones desarrolladas por su
propio personal.
cve: BOE-A-2023-20952
Verificable en https://www.boe.es
– Ceder gratuitamente al Instituto Cervantes cuatro imágenes de Federico García
Lorca para su inclusión en el libro conmemorativo, así como los derechos de explotación
de la propiedad intelectual de las mismas (tales como reproducción, transformación,
distribución, comunicación pública su difusión en Internet y cualquier otro necesario para
la edición de la obra durante el período de tiempo más amplio permitido por la legislación
vigente y para todos los países del mundo).
– Participar en el diseño del libro prestando asesoramiento a través de sus propios
medios materiales y humanos, sin que sus aportaciones supongan gasto para la misma
ni impliquen transferencia de recursos entre las partes.
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135403
Cervantes y la AECID a nivel internacional y bibliotecas e instituciones en el ámbito
nacional.
A estos efectos, la colaboración pretende impulsar la promoción de la imagen
institucional y cultural de España, favoreciendo su difusión a través de la obra de
Federico García Lorca como uno de los autores españoles más celebrados del siglo XX.
Segunda.
Naturaleza y régimen jurídico.
El convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás normativa que resulte
de aplicación.
Tercera.
Compromisos asumidos por las partes.
Las partes, con competencias equivalentes y en representación de la confluencia de
intereses de ambas en la realización del objeto de este convenio, se comprometen a
colaborar mediante la realización y cofinanciación de las siguientes actividades:
Por un lado, la OCPUE se compromete a:
– Financiar, por un importe máximo de diez mil euros (10.000,00 euros) más IVA, las
tareas de impresión del libro conmemorativo citado.
– Desarrollar las labores de difusión y promoción que resulten oportunas de acuerdo
con la Cláusula Sexta de este convenio.
Por otro lado, el Instituto Cervantes se compromete a:
– Ejecutar las actividades citadas en el párrafo anterior financiadas por la OCPUE y
a llevar a cabo, por un importe máximo de veinte mil euros (20.000,00 euros) más IVA,
con cargo a su propio presupuesto de gasto, las actividades de traducción y
maquetación del libro conmemorativo.
– Gestionar todas las cuestiones relativas a los Derechos de Propiedad intelectual
del libro conmemorativo.
– Desarrollar las labores de difusión y promoción que resulten oportunas de acuerdo
con la Cláusula Sexta de este convenio.
Por su parte, la Fundación Federico García Lorca se compromete a:
En todo caso, las partes se comprometen, respectivamente, a coordinar la correcta
gestión de las tareas que deriven de los compromisos citados con anterioridad,
asumiendo cada una de ellas la responsabilidad por las acciones desarrolladas por su
propio personal.
cve: BOE-A-2023-20952
Verificable en https://www.boe.es
– Ceder gratuitamente al Instituto Cervantes cuatro imágenes de Federico García
Lorca para su inclusión en el libro conmemorativo, así como los derechos de explotación
de la propiedad intelectual de las mismas (tales como reproducción, transformación,
distribución, comunicación pública su difusión en Internet y cualquier otro necesario para
la edición de la obra durante el período de tiempo más amplio permitido por la legislación
vigente y para todos los países del mundo).
– Participar en el diseño del libro prestando asesoramiento a través de sus propios
medios materiales y humanos, sin que sus aportaciones supongan gasto para la misma
ni impliquen transferencia de recursos entre las partes.