III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector gasista. (BOE-A-2023-20992)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por la que se determina la retribución por incentivos del gestor técnico del sistema gasista correspondiente a 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135724

ANEXO
Cálculo de la retribución por incentivos para el año de gas 2022 (octubre 2021 septiembre 2022)

Indicador

Base del cálculo

Valor
reportado
por el gestor
técnico del
sistema

Valor del
indicador

0 conflictos

1,00

8 días

0,56

0,50

I1

Número de conflictos de acceso y de gestión económica y
técnica del sistema.

I2

Número de días del año de gas en que se produce una
incidencia en los sistemas informáticos o en la
comunicación y publicación de información.

I3

Variación de la relación entre el gas de operación
consumido por las estaciones de compresión de la red de
transporte y la demanda total transportada por gasoducto.

66%

I4,1

Desviación en valor absoluto de la previsión de demanda
convencional diaria con respecto a la demanda
convencional diaria real.

2,65%

I4,2

Desviación en valor absoluto de la previsión de la demanda
convencional anual con respecto a la demanda
convencional anual real.

12,68%

I5,1

Valoración de los agentes con la atención prestada sobre el
acceso de terceros del sistema (entre 0 y 1).

0,82

I5,2

Valoración de los agentes con la atención prestada sobre el
balance de los usuarios y al balance del sistema (entre 0 y
1).

0,85

I5,3

Valoración de los agentes con la atención prestada sobre la
operación del sistema (entre 0 y 1).

0,82

I6,1

Número de días en los que el gestor acudió al mercado
organizado para gestionar la operación normal de la red de
transporte finalizando el nivel de gas en la red de transporte
en la banda de indiferencia al final del día, respecto al total
de días en acudió al mercado más los que debió acudir y no
fue.

0,55

Número de días en las que el gestor debió acudir al
mercado organizado para gestionar los desbalances en
AVB/TVB y lo hizo en un plazo igual o inferior a cinco días
de gas desde el desbalance, respecto al número total de
días con desbalances que requirieron actuación del gestor.

1

I4

I5

Valoración de los indicadores I1 a I6

I6
I6,2

2.

0,50

0,83

0,64

Valoración del indicador I7

Conforme a lo determinado en el «Informe sobre incentivos del gestor técnico del
sistema: cálculo del indicador I7 correspondiente al año de gas octubre 2021 septiembre 2022», aprobado por la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia en fecha 6 de julio de 2023, se establece el valor del indicador I7 en 0,82.

cve: BOE-A-2023-20992
Verificable en https://www.boe.es

1.