III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-20987)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con DisruPep, SL, para la realización del proyecto de I+D+i "Diseño y desarrollo de nuevos análogos neuromiméticos de sal (aNa+logos)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135675

f) Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el
desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
5. Que, en atención a todo lo expuesto, se estima necesaria y justificada la
suscripción de un convenio que suponga la puesta en común, distribución y utilización
conjunta y/o coordinada de medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de
las entidades participantes y su ordenación para un fin compartido, bajo las premisas de
interdisciplinariedad y eficiencia en la gestión de los recursos.
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio para la realización conjunta de un proyecto de investigación, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del presente convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del IC, y DisruPep, en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i
«Diseño y desarrollo de nuevos análogos neuromiméticos de sal (aNa+logos)»,
consistente en las investigaciones necesarias para el desarrollo de una formulación
análoga de sal capaz de sustituir de manera holística las funciones hedónicas,
neurosensoriales, neurológicas y tecnológicas de la sal para favorecer así la disminución
de la ingesta de sodio de los consumidores, en los términos establecidos por las partes
en este convenio y en el Plan de Trabajo que éstas acuerden y al que se hace referencia
en la cláusula segunda.
En particular, el convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
El Proyecto cuenta con la financiación indicada en el expositivo tercero por lo que, en
su ejecución, justificación y difusión, las partes deberán cumplir con lo establecido en las
bases reguladoras de la convocatoria de CDTI y lo suscrito en el presente convenio.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

1. Las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones para el
cumplimiento del objeto del Proyecto, que serán detalladas en un Plan de Trabajo que
aprobarán a través del mecanismo de seguimiento:
a) Desarrollar las tareas de investigación previstas en el Plan de Trabajo de
acuerdo con la metodología, el cronograma y los plazos que en el mismo se detallen.
Las actividades consistirán en:

Revisión de la literatura y del estado del arte en general sobre gusto y olfato y
estimulación de núcleo accumbens. Revisión de los compuestos y publicaciones.
– Actividad 2.
Ensayo en modelo animal (ratón):
– Grupo Control blanco: agua.
– Grupo Control sal: umbral sin sal y umbral de cambios con la ingesta de la sal.
– Grupo estudio x 3: 3 candidatos diferentes (aromas/ingredientes).

cve: BOE-A-2023-20987
Verificable en https://www.boe.es

– Actividad 1.