III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20982)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de consolidación del regadío a partir de la optimización de aguas regeneradas en la isla de Formentera (Islas Baleares)".
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135607

reutilización del agua. Entre los controles que se realizarán para el cumplimiento de la
legislación vigente, está la valoración de la cantidad de nitratos que lleve el agua
destinada a regadío. Este parámetro deberá encontrarse dentro de los límites que marca
la normativa específica para evitar la contaminación por nitratos de las aguas
continentales. Los detalles de estos controles se incluyen en el anejo de calidad de las
aguas del proyecto.
El promotor indica que la ejecución del proyecto permitirá el uso de agua depurada
para riego ya que habrá incrementado su calidad; si no se realiza el proyecto de
consolidación de regadío a partir de la optimización de aguas regeneradas, el agua no
servirá para uso agrario y por tanto acabaría vertiéndose al mar.
El promotor incorpora en el documento ambiental, como anexo, un informe de la
Consejería de Medio Ambiente y Territorio, del Gobierno de las Islas Baleares,
denominado Informe del organismo de cuenca de compatibilidad e integración del
proyecto con el Plan Hidrológico y de existencia de derecho al uso del agua de la
comunidad de regantes de aguas regeneradas de Formentera, de 21 de julio de 2022,
que indica «… la comunidad de regantes de Formentera dispone de un volumen
potencial de aguas regeneradas de 0,52 hm3 anuales para uso agrícola que se
corresponde con el volumen anual medio tratado por la EDAR de Formentera». Finaliza
indicando que el proyecto de reutilización de esta comunidad de regantes es compatible
con la planificación hidrológica de la demarcación.
La Agencia Balear del Agua y Calidad Ambiental del Gobierno de las Islas Baleares
emite informe en relación con el vertido del rechazo de la desalinización, que no es
objeto del proyecto evaluado.
La Dirección General de Salud Pública y Participación del Gobierno de las Islas
Baleares informa favorablemente el proyecto condicionado a la implantación de los
sistemas de mejora de la calidad del agua descritos en la documentación ambiental y a
la presentación a esa Dirección General de analíticas que justifiquen el cumplimiento de
la calidad del agua establecida en el Real Decreto 1620/2007, plano y esquema de
principio de las instalaciones ejecutadas (as-built), desde el tratamiento hasta la red de
distribución, así como del plan de análisis del agua suministrada a los regantes que
incluya el control de desinfectante en los puntos de suministro más desfavorables.
En respuesta a la petición de esta Dirección General, de fecha 19 de julio de 2023, el
promotor ha incluido aclaraciones en el documento ambiental respecto a las anteriores
condiciones. Entre otras, el promotor señala que, complementariamente al presente
proyecto, la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas
Baleares, tiene previstos dos proyectos que tienen también la finalidad de mejorar la
calidad del agua. No obstante, independientemente de las actuaciones que se llevarán a
cabo o que se están ejecutando, también aclara que siempre hay que cumplir con la
normativa que marque los criterios de calidad mínima del agua para su aprovechamiento
en el regadío vigente en ese momento. Asimismo, indica que, una vez implantadas todas
las instalaciones que se proyectan, se dará respuesta a la Dirección General de Salud
Pública y Participación en relación con la presentación de analíticas, plano y esquema de
instalaciones ejecutadas y plan de análisis del agua, solicitados en su informe.
Efectos sobre la flora, la vegetación y los hábitats de interés comunitario. De acuerdo
con el documento ambiental, el proyecto no supone eliminación mecánica directa de la
cubierta vegetal. En ningún caso se afectarán especies protegidas y se respetarán los
individuos arbóreos presentes en la actualidad. Valora el impacto como compatible
durante las obras y nulo durante el funcionamiento.
El promotor recoge diversas medidas como el jalonamiento perimetral de la zona de
obras y de zonas sensibles; mantenimiento de la masa arbórea natural existente y
mejora de las condiciones ambientales de las zonas abandonadas susceptibles de
replantación; se procurará la conservación de especies vegetales de interés y, si no es
posible, se trasplantarán a puntos cercanos, previa autorización; empleo de caminos y
carreteras existentes; empleo de zonas desprovistas de vegetación para almacenar
materiales; aplicación de medidas para evitar incendios. Asimismo, de acuerdo con lo

cve: BOE-A-2023-20982
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 242