III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-20728)
Resolución de 6 de septiembre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la actualización y mejora geométrica de las delimitaciones territoriales en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133845
Valderredible-Valle de Sedano.
Valderredible-Sargentes de la Lora.
Valderredible-Basconcillos del Tozo.
Valderredible-Lorilla (Sargentes de la Lora).
Valderredible-Berzosilla.
Pesaguero-La Pernía.
Vega de Liébana-La Pernía.
Vega de Liébana-Cervera de Pisuerga.
Vega de Liébana-Boca de Huérgano.
Camaleño-Boca de Huérgano.
Camaleño-Posada de Valdeón.
Por actualización de líneas límite se entiende lo comprendido en la cláusula segunda
en la que se especifican todas las fases del trabajo
Décima.
El presente convenio se perfeccionará con la firma de las partes y surtirá efectos en
la forma prevista por el artículo 48 de la Ley 40/2015. Se fija como fecha para el inicio de
los trabajos objeto del convenio el 1 de noviembre de 2023. Este convenio mantendrá su
vigencia hasta el día 31 de octubre de 2027.
En el caso de que no se hayan podido finalizar los trabajos objeto del convenio antes
de esa fecha, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento, las partes podrán pactar
de forma expresa una prórroga hasta el 31 de octubre de 2028 como máximo.
Undécima.
La valoración económica se estima en ciento veinte mil euros, IVA
incluido (120.000,00 €, IVA incluido).
El Gobierno de Cantabria aporta la cantidad de ciento veinte mil euros,
IVA incluido (120.000,00 €, IVA incluido), y ello, con cargo a la partida
presupuestaria 02.12.496M.640.06.
El CNIG aportará recursos humanos y medios propios de su institución, por lo que no
realiza ninguna transferencia económica a la Comunidad Autónoma de Cantabria ni
supone ningún incremento de gastos para el CNIG.
Dicha cantidad se hará efectiva en la cuenta ESXX XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX,
del XXXX, a nombre del Centro Nacional de Información Geográfica.
El abono se efectuará en cinco pagos que se realizarán en las siguientes fechas:
– Diciembre del año 2023 por un total de 2.496,1 euros.
– Diciembre del año 2024 y 2025 por un total de 29.953,20 euros cada año.
– Diciembre del 2026 por un total de 30.140,40 euros.
– Noviembre del año 2027 por un total de 27.457,1 euros.
Duodécima.
Una vez que el convenio sea eficaz se constituirá una Comisión de Seguimiento
integrada por tres representantes de cada una de las partes:
1. Los miembros de cada una de las partes de la Comisión de Seguimiento serán
designados, respectivamente, por el presidente del CNIG y por la Consejera de Presidencia,
Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria. Su
presidencia tendrá carácter rotatorio, cambiando anualmente a favor de un representante de
cada parte firmante. El Secretario de la Comisión de Seguimiento será designado de entre
uno de sus miembros por acuerdo de la comisión.
cve: BOE-A-2023-20728
Verificable en https://www.boe.es
Comisión de Seguimiento.
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133845
Valderredible-Valle de Sedano.
Valderredible-Sargentes de la Lora.
Valderredible-Basconcillos del Tozo.
Valderredible-Lorilla (Sargentes de la Lora).
Valderredible-Berzosilla.
Pesaguero-La Pernía.
Vega de Liébana-La Pernía.
Vega de Liébana-Cervera de Pisuerga.
Vega de Liébana-Boca de Huérgano.
Camaleño-Boca de Huérgano.
Camaleño-Posada de Valdeón.
Por actualización de líneas límite se entiende lo comprendido en la cláusula segunda
en la que se especifican todas las fases del trabajo
Décima.
El presente convenio se perfeccionará con la firma de las partes y surtirá efectos en
la forma prevista por el artículo 48 de la Ley 40/2015. Se fija como fecha para el inicio de
los trabajos objeto del convenio el 1 de noviembre de 2023. Este convenio mantendrá su
vigencia hasta el día 31 de octubre de 2027.
En el caso de que no se hayan podido finalizar los trabajos objeto del convenio antes
de esa fecha, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento, las partes podrán pactar
de forma expresa una prórroga hasta el 31 de octubre de 2028 como máximo.
Undécima.
La valoración económica se estima en ciento veinte mil euros, IVA
incluido (120.000,00 €, IVA incluido).
El Gobierno de Cantabria aporta la cantidad de ciento veinte mil euros,
IVA incluido (120.000,00 €, IVA incluido), y ello, con cargo a la partida
presupuestaria 02.12.496M.640.06.
El CNIG aportará recursos humanos y medios propios de su institución, por lo que no
realiza ninguna transferencia económica a la Comunidad Autónoma de Cantabria ni
supone ningún incremento de gastos para el CNIG.
Dicha cantidad se hará efectiva en la cuenta ESXX XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX,
del XXXX, a nombre del Centro Nacional de Información Geográfica.
El abono se efectuará en cinco pagos que se realizarán en las siguientes fechas:
– Diciembre del año 2023 por un total de 2.496,1 euros.
– Diciembre del año 2024 y 2025 por un total de 29.953,20 euros cada año.
– Diciembre del 2026 por un total de 30.140,40 euros.
– Noviembre del año 2027 por un total de 27.457,1 euros.
Duodécima.
Una vez que el convenio sea eficaz se constituirá una Comisión de Seguimiento
integrada por tres representantes de cada una de las partes:
1. Los miembros de cada una de las partes de la Comisión de Seguimiento serán
designados, respectivamente, por el presidente del CNIG y por la Consejera de Presidencia,
Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria. Su
presidencia tendrá carácter rotatorio, cambiando anualmente a favor de un representante de
cada parte firmante. El Secretario de la Comisión de Seguimiento será designado de entre
uno de sus miembros por acuerdo de la comisión.
cve: BOE-A-2023-20728
Verificable en https://www.boe.es
Comisión de Seguimiento.