III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20739)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133900
El programa de vigilancia ambiental prevé medir las emisiones de CO2 (huella de
carbono); contaminantes atmosféricos SO2, NO, NO2, O 3 y CO; PM10; y PM 2,5 durante
la fase de obra con periodicidad mensual: en una estación de medición de partículas en
punta de Caranza y otra en el perímetro NE del puerto exterior, la revisión de
contaminantes atmosféricos en los informes de calidad del aire en el parque de Reina
Sofía, y el control de emisiones de los vehículos propios y externos. En la fase de uso,
con periodicidad semestral durante dos años, se revisarán los informes de calidad del
aire del parque de Reina Sofía y se efectuarán los controles de emisiones en vehículos.
Está previsto, en la medida de lo posible, realizar las acciones de movimiento de tierras
fuera de la temporada de baño y evitar los trabajos con vientos dirección S-N. Para el
control del ruido, durante la fase de obra se tomarán mediciones semanales en la franja
horaria de máxima actividad en dos puntos alrededor de la zona de obras. En estos
mismos puntos, se tomarán mediciones mensuales durante dos años desde el inicio de
la fase de uso.
c.2 Agua: En el área de actuación no discurre ningún curso de agua, si bien la
cercanía de la fábrica a la ría de Ferrol implica que se puedan producir afecciones
puntuales como consecuencia de arrastres de tierras durante la fase de obra o cese.
El promotor indica que para evitar esas afecciones, se ejecutará un sistema de
drenaje perimetral (tipo caz o cuneta) al ámbito de la fábrica que recoja las escorrentías
procedentes de su superficie y las conduzca a una balsa de decantación, para
posteriormente y una vez pretratadas sean vertidas a la red de saneamiento interior del
astillero, que a su vez conduce las aguas a la red municipal. La cuneta perimetral en su
cara más próxima al medio marino ira provista de una barrera formada por pacas de
paja, con el fin de minimizar el posible riesgo de arrastres. Así mismo, indica que se
tendrá especial cuidado de que las aguas de riegos y baldeos se empleen en la zona de
obras dentro del sistema de recogida; que se evitarán los vertidos de aguas residuales
con cemento, u otros productos procedentes de la limpieza de maquinaria y
herramientas, procediendo a su recogida y reutilización para su posterior gestión, que se
utilizarán cubetas de recogida que eviten derrames de combustible, aceites u otros
líquidos; y que se tendrá especial cuidado durante las operaciones de mantenimiento de
equipos y de maquinaria, así como de carga, descarga y transferencia de sustancias
líquidas. Está previsto disponer una barrera permanente en el medio marino, lo más
próxima al ámbito de las obras, con el fin de evitar la dispersión de partículas y/o de
otros contaminantes en el caso de que lleguen al medio receptor, la barrera irá provista
de cortina antiturbidez.
El Servicio de Planificación de la Consejería del Mar de la Xunta de Galicia realiza
varias consideraciones respecto a las afecciones sobre el medio marino. En primer lugar,
informa que el proyecto no deberá afectar a la morfología de los fondos, dinámica litoral,
calidad de las aguas, sedimentos y recursos pesqueros, marisqueros y acuícolas, para lo
cual se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras necesarias. Expone
que el agua empleada para los riegos en la zona de obras y las aguas de baldeo no
podrá ser vertida a la ría de Ferrol, debiendo concretarse el destino de estas aguas.
Asimismo, insta a ubicar una zona impermeabilizada para el acopio de materiales de
obra, y concluye que los programados depósitos de acúmulo de residuos líquidos y
sólidos, ocasionados por la realización de la obra, deberán disponerse, de manera
indispensable, en una ubicación alejada del mar.
De acuerdo con el documento ambiental revisado, el proceso industrial previsto para
la fábrica de bloques no generará aguas residuales de carácter industrial (aguas de
proceso). Las aguas residuales, correspondientes a las zonas de los aseos, y las aguas
para riego y baldeo tendrán unas características asimilables a aguas residuales urbanas
y serán recogidas en el sistema de saneamiento del astillero para ser conducidas a la
red de saneamiento municipal. Respecto a las aguas de lluvia, está prevista la
reutilización de una parte (para baldeo e inodoros) y la canalización del resto hacia la red
de saneamiento municipal. Además, el promotor incluye una nueva ubicación de las
instalaciones auxiliares para acopio de materiales y acúmulo de residuos, más alejada
cve: BOE-A-2023-20739
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133900
El programa de vigilancia ambiental prevé medir las emisiones de CO2 (huella de
carbono); contaminantes atmosféricos SO2, NO, NO2, O 3 y CO; PM10; y PM 2,5 durante
la fase de obra con periodicidad mensual: en una estación de medición de partículas en
punta de Caranza y otra en el perímetro NE del puerto exterior, la revisión de
contaminantes atmosféricos en los informes de calidad del aire en el parque de Reina
Sofía, y el control de emisiones de los vehículos propios y externos. En la fase de uso,
con periodicidad semestral durante dos años, se revisarán los informes de calidad del
aire del parque de Reina Sofía y se efectuarán los controles de emisiones en vehículos.
Está previsto, en la medida de lo posible, realizar las acciones de movimiento de tierras
fuera de la temporada de baño y evitar los trabajos con vientos dirección S-N. Para el
control del ruido, durante la fase de obra se tomarán mediciones semanales en la franja
horaria de máxima actividad en dos puntos alrededor de la zona de obras. En estos
mismos puntos, se tomarán mediciones mensuales durante dos años desde el inicio de
la fase de uso.
c.2 Agua: En el área de actuación no discurre ningún curso de agua, si bien la
cercanía de la fábrica a la ría de Ferrol implica que se puedan producir afecciones
puntuales como consecuencia de arrastres de tierras durante la fase de obra o cese.
El promotor indica que para evitar esas afecciones, se ejecutará un sistema de
drenaje perimetral (tipo caz o cuneta) al ámbito de la fábrica que recoja las escorrentías
procedentes de su superficie y las conduzca a una balsa de decantación, para
posteriormente y una vez pretratadas sean vertidas a la red de saneamiento interior del
astillero, que a su vez conduce las aguas a la red municipal. La cuneta perimetral en su
cara más próxima al medio marino ira provista de una barrera formada por pacas de
paja, con el fin de minimizar el posible riesgo de arrastres. Así mismo, indica que se
tendrá especial cuidado de que las aguas de riegos y baldeos se empleen en la zona de
obras dentro del sistema de recogida; que se evitarán los vertidos de aguas residuales
con cemento, u otros productos procedentes de la limpieza de maquinaria y
herramientas, procediendo a su recogida y reutilización para su posterior gestión, que se
utilizarán cubetas de recogida que eviten derrames de combustible, aceites u otros
líquidos; y que se tendrá especial cuidado durante las operaciones de mantenimiento de
equipos y de maquinaria, así como de carga, descarga y transferencia de sustancias
líquidas. Está previsto disponer una barrera permanente en el medio marino, lo más
próxima al ámbito de las obras, con el fin de evitar la dispersión de partículas y/o de
otros contaminantes en el caso de que lleguen al medio receptor, la barrera irá provista
de cortina antiturbidez.
El Servicio de Planificación de la Consejería del Mar de la Xunta de Galicia realiza
varias consideraciones respecto a las afecciones sobre el medio marino. En primer lugar,
informa que el proyecto no deberá afectar a la morfología de los fondos, dinámica litoral,
calidad de las aguas, sedimentos y recursos pesqueros, marisqueros y acuícolas, para lo
cual se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras necesarias. Expone
que el agua empleada para los riegos en la zona de obras y las aguas de baldeo no
podrá ser vertida a la ría de Ferrol, debiendo concretarse el destino de estas aguas.
Asimismo, insta a ubicar una zona impermeabilizada para el acopio de materiales de
obra, y concluye que los programados depósitos de acúmulo de residuos líquidos y
sólidos, ocasionados por la realización de la obra, deberán disponerse, de manera
indispensable, en una ubicación alejada del mar.
De acuerdo con el documento ambiental revisado, el proceso industrial previsto para
la fábrica de bloques no generará aguas residuales de carácter industrial (aguas de
proceso). Las aguas residuales, correspondientes a las zonas de los aseos, y las aguas
para riego y baldeo tendrán unas características asimilables a aguas residuales urbanas
y serán recogidas en el sistema de saneamiento del astillero para ser conducidas a la
red de saneamiento municipal. Respecto a las aguas de lluvia, está prevista la
reutilización de una parte (para baldeo e inodoros) y la canalización del resto hacia la red
de saneamiento municipal. Además, el promotor incluye una nueva ubicación de las
instalaciones auxiliares para acopio de materiales y acúmulo de residuos, más alejada
cve: BOE-A-2023-20739
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239