III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2023-20724)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Prodis, para el desarrollo de prácticas formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133787
2. Asimismo, y durante la realización de las prácticas académicas los alumnos
deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la AGE.
b) Incorporarse a la AGE en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.
c) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la AGE conforme a las líneas establecidas en el mismo.
d) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la AGE y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante las prácticas y finalizadas
éstas. Ningún documento entregado al alumno podrá ser utilizado para distintos fines de
los que motivaron su entrega. El alumno deberá abstenerse de acceder y facilitar el
acceso de una tercera persona a los documentos que se hallen en poder de la Abogacía
en la cual realiza las prácticas.
e) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la AGE.
Séptima.
1.
Derechos y deberes del tutor de la AGE.
El tutor de la AGE tendrá los siguientes derechos:
a) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas, así como del
Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
b) A contactar con los profesionales del Servicio de Empleo con Apoyo de la
Fundación Prodis para obtener la información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Acoger al alumno y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al alumno de la organización y funcionamiento de la AGE y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el mediador laboral el desarrollo de las actividades establecidas
en este convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma.
e) Emitir el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que
constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de
aprovechamiento y participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
f) Proporcionar la documentación y medios indispensables que precise el alumno
para la realización de las prácticas.
g) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
alumno como consecuencia de su actividad como tutor.
h) Prestar ayuda y asistencia al alumno, durante sus prácticas en la entidad, para la
resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realiza en la misma.
cve: BOE-A-2023-20724
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133787
2. Asimismo, y durante la realización de las prácticas académicas los alumnos
deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la AGE.
b) Incorporarse a la AGE en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.
c) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la AGE conforme a las líneas establecidas en el mismo.
d) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la AGE y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante las prácticas y finalizadas
éstas. Ningún documento entregado al alumno podrá ser utilizado para distintos fines de
los que motivaron su entrega. El alumno deberá abstenerse de acceder y facilitar el
acceso de una tercera persona a los documentos que se hallen en poder de la Abogacía
en la cual realiza las prácticas.
e) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la AGE.
Séptima.
1.
Derechos y deberes del tutor de la AGE.
El tutor de la AGE tendrá los siguientes derechos:
a) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas, así como del
Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
b) A contactar con los profesionales del Servicio de Empleo con Apoyo de la
Fundación Prodis para obtener la información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Acoger al alumno y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al alumno de la organización y funcionamiento de la AGE y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el mediador laboral el desarrollo de las actividades establecidas
en este convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma.
e) Emitir el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que
constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de
aprovechamiento y participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
f) Proporcionar la documentación y medios indispensables que precise el alumno
para la realización de las prácticas.
g) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
alumno como consecuencia de su actividad como tutor.
h) Prestar ayuda y asistencia al alumno, durante sus prácticas en la entidad, para la
resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realiza en la misma.
cve: BOE-A-2023-20724
Verificable en https://www.boe.es
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