III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2023-20724)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Prodis, para el desarrollo de prácticas formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Viernes 6 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 133785

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es fijar las líneas de colaboración entre la Abogacía
General del Estado (AGE) y la Fundación Prodis, a través de un programa de prácticas a
realizar en la AGE, dentro del curso post universitario «Experto en prestación de
Servicios Empresariales» impartido por la Fundación Prodis.
Segunda.

Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del alumno.

1. La AGE definirá, junto a Prodis, el número de plazas de prácticas a cubrir por los
alumnos, así como la naturaleza y duración de las mismas, con suficiente antelación al
comienzo de cada curso académico.
2. La Fundación Prodis preseleccionará el candidato más adecuado para la
posición en prácticas, en función de las capacidades necesarias para formarse en las
funciones definidas, del entorno y del perfil vocacional del alumno de acuerdo la
normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de transparencia,
publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, y lo presentará a la
AGE.
3. Una vez aceptados los alumnos de las prácticas se procederá a suscribir por
cada alumno el anexo adjunto a este convenio, en el que se describirá el detalle del
programa formativo a seguir con ellos.
Desarrollo de las prácticas.

1. El contenido de las prácticas será definido por las partes mediante anexo y que
los detalles concretos de las mismas para cada alumno serán recogidos en una ficha
personal individual.
2. En dichos anexos se establecerán entre otros, los datos referentes al alumno,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor del Programa Mastery el de la AGE, el proyecto
formativo objeto de la práctica a realizar por el alumno, las condiciones de rescisión
anticipada de la práctica y la protección de sus datos.
3. El anexo relativo a la práctica, será firmado por Prodis, por el representante de la
AGE y por el alumno.
4. Las prácticas del alumnado se ajustarán a las necesidades organizativas
establecidas por la persona o personas que ejerce/n su tutoría donde se realicen las
mismas, de tal modo que no se entorpezca el desempeño normal de sus funciones.
5. El alumno en prácticas se incorporará con un mediador laboral de la Fundación
Prodis, que permanecerá con el alumno hasta que éste se encuentre plenamente
integrado en la empresa y le proporcionará todos los apoyos necesarios para favorecer
su máxima autonomía.
6. La Fundación Prodis se compromete a realizar sesiones informativas con el
personal de la AGE para dar a conocer las características de las personas con
discapacidad intelectual en general, y del alumno en particular. El objetivo de dichas
sesiones es facilitar la comprensión por parte de la empresa de las dificultades y
capacidades del alumno con discapacidad intelectual para así contribuir a su plena
integración en la empresa. Estas sesiones están dirigidas a los tutores y compañeros
que por su interacción se vea conveniente.

cve: BOE-A-2023-20724
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.