III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20613)
Resolución de 11 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Próxima Centauri y Stigma, de 49 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación en la provincia de Huesca".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Miércoles 4 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 132827

consideración se incluye en el requerimiento de información adicional realizado al
promotor, instando al mismo a elaborar una propuesta de compensación.
En su respuesta al requerimiento de esta Dirección General de 30 de junio de 2023,
el promotor hace referencia a la compensación de los HIC afectados por la implantación
del proyecto, cuya superficie total es de 0,051 ha. En este sentido, indica que
compensará cada tipo de hábitat afectado, resultando las siguientes superficies de
compensación: 0,013 ha del HIC 6220, 0,0016 ha del HIC 5210, 0,0022 ha del HIC 1520
y 0,0001 ha del HIC 1430.
b.5

Fauna.

En la zona de ubicación de los parques eólicos están presentes diversas especies de
avifauna entre las que destacan milano real (Milvus milvus), aguilucho pálido (Circus
cyaneus), chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), alimoche común (Neophron
percnopterus), aguilucho cenizo (Circus pygargus) y cernícalo primilla (Falco naumanni),
entre otras.
Los principales impactos sobre la fauna procederán de las siguientes afecciones:
– Colisión de aves con las aspas de los aerogeneradores, causa de mortalidad
directa y/o lesiones en los individuos.
– Pérdida de hábitat de campeo, caza y alimentación.
– Efectos por barotrauma (murciélagos).
– Efecto barrera, causa de disminución de la actividad aérea de las aves en las
inmediaciones de los aerogeneradores. Este efecto será significativo dada la disposición
alineada de los aerogeneradores junto con el resto de proyectos del nudo Isona 220/400.
– Efecto vacío, debido a que, tras la construcción de los parques eólicos, las aves
pueden reaccionar evitando el uso del terreno más próximo a los aerogeneradores,
desplazando su actividad a otras zonas y creando una zona vacía de aves en torno a los
parques eólicos. Este efecto se manifiesta en una reducción del hábitat disponible para
las aves.

– Se instalarán posaderos para aves para promover la ocupación de espacio por el
cernícalo primilla (Falco naumanni) y otras rapaces y aves, con las condiciones técnicas
que se establezcan por parte de la Dirección General de Sostenibilidad, responsable de
la coordinación del plan de conservación del hábitat para la especie. El emplazamiento
de dichas estructuras se efectuará sobre terrenos de titularidad municipal o del parque.
– Se empleará un vallado cinegético para permitir el paso de fauna y disminuir el
efecto barrera. El vallado cinegético perimetral de la planta se ejecutará dejando un
espacio libre desde el suelo de al menos 15 cm y cada 50 m como máximo se habilitarán
pasos a ras de suelo con unas dimensiones de al menos 40 cm de ancho por 60 cm de
alto. El vallado perimetral carecerá de elementos cortantes o punzantes como alambres
de espino o similar.

cve: BOE-A-2023-20613
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, el aumento de los niveles sonoros causados por el tránsito de maquinaria
y los movimientos de tierra afectará de manera directa a la posibilidad de encontrar
espacios de nidificación (destrucción de árboles y matorrales) o de búsqueda de
alimento (desaparición del sotobosque) y la desaparición de parte de la cobertura vegetal
y la alteración de la geomorfología superficial causados por el desbroce de la vegetación
y los movimientos de tierra supondrán un impacto directo sobre los biotopos que ocupan
las especies de avifauna o las especies relacionadas con ellas.
Para minimizar estas afecciones, el EsIA prevé la delimitación de las áreas de
afección que sean estrictamente necesarias, procurando que el movimiento de tierras se
restrinja a la menor superficie posible y aprovechando las zonas en las que ya se haya
generado un impacto antrópico anterior, utilizando preferentemente aquellos caminos
preexistentes. Además, para evitar afecciones significativas sobre especies amenazadas
prevé las siguientes medidas preventivas y correctoras: