III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20551)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Desdoblamiento de la Rodadura Interna Plataforma frente al "NAT" en el Aeropuerto de Alicante-Elche Miguel Hernández».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132521
tanto, no se prevé que la realización del proyecto suponga un importante efecto sobre la
fauna. Probablemente, el ruido disminuya en la zona de actuación debido a la
eliminación de la congestión actual de los aviones, lo que significará un impacto positivo
en este aspecto.
Con objeto de reducir las molestias acústicas a la fauna próxima al área de
actuación, se planificarán las obras, respetando tanto el periodo nocturno, como los
periodos de cría de estas especies.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana informa que, consultado el Banco de Datos de Biodiversidad de la
Comunidad Valenciana y realizado el informe de las cuadriculas UTM 1 x 1 km, no
consta presencia en el ámbito del proyecto de especie prioritaria alguna.
Este órgano ambiental añade la prescripción 6 de esta resolución y recuerda que el
artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la
Biodiversidad, establece la prohibición de destruir o deteriorar los nidos, vivares y
lugares de reproducción, invernada o reposo de las especies de animales incluidas en
el LESPRE.
Red Natura 2000 y Espacios Protegidos.
Las actuaciones y obras proyectadas no se encuentran en ningún espacio natural
protegido, ni en la Red Natura 2000. No obstante, el documento ambiental señala como
espacios más próximos al proyecto, a unos 3,1 km, aproximadamente, al sureste de la
zona de actuación, el LIC y ZEPA «ES0000462 Clot de Galvany» y a 1,7 km al este,
el LIC y ZEPA «ES0000214 Espacio marino de Tabarca»:
El Área Importante para la Conservación de las Aves (IBA) I407 Tabarca-Cabo de
Palos» se sitúa a 1,7 km, aproximadamente, al este de la zona de actuación. Y la Zona
Húmeda «Saladar d'Aigua Amarga» se encuentra a 0,6 km, aproximadamente, al este de
la zona principal de actuación, aunque el nuevo banco de tubos donde se colocarán las
instalaciones de electricidad y comunicaciones discurrirá a unos 300 m en su punto más
cercano, penetrando en la Zona de Influencia del Saladar d’Aigua Amarga.
Dada la distancia a la que se ubican, el promotor afirma que las actuaciones
previstas no tendrán una repercusión negativa sobre los espacios protegidos más
cercanos al proyecto.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana informa que, dadas las características del proyecto, no es probable que se
produzcan afecciones negativas sobre los hábitats naturales y/o las especies silvestres
de interés comunitario. Por todo esto, considera que el proyecto no tendrá efectos
apreciables sobre la Red Natura 2000.
La localización de la zona de actuación se encuentra entre infraestructuras lineales
como las carreteras N-338, N-332 y CV-849, junto con zonas urbanas, aparcamientos y
zonas agrícolas de tipología variada, lo que hace notable la antropización del territorio
afectado, que presenta valores de calidad y fragilidad paisajística bajos. La Salina
d’Aigua Amarga es el paraje natural más cercano, y se encuentra fuera del ámbito de
estudio. Es, por tanto, una zona poco vulnerable a la incidencia visual derivada de las
obras del proyecto, por lo que el estudio ambiental concluye que el impacto sobre el
paisaje no será significativo.
Patrimonio cultural.
El documento ambiental indica que, el BIC (Bien de Interés Cultural), más cercano al
proyecto se encuentra aproximadamente a 1,8 km, y es la BIC «Torre de la Senieta»: No
cabe esperar, por tanto, ninguna afección directa a los elementos del patrimonio histórico
y cultural, si bien, se contará con la presencia de un arqueólogo a pie de obra durante los
cve: BOE-A-2023-20551
Verificable en https://www.boe.es
Paisaje.
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132521
tanto, no se prevé que la realización del proyecto suponga un importante efecto sobre la
fauna. Probablemente, el ruido disminuya en la zona de actuación debido a la
eliminación de la congestión actual de los aviones, lo que significará un impacto positivo
en este aspecto.
Con objeto de reducir las molestias acústicas a la fauna próxima al área de
actuación, se planificarán las obras, respetando tanto el periodo nocturno, como los
periodos de cría de estas especies.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana informa que, consultado el Banco de Datos de Biodiversidad de la
Comunidad Valenciana y realizado el informe de las cuadriculas UTM 1 x 1 km, no
consta presencia en el ámbito del proyecto de especie prioritaria alguna.
Este órgano ambiental añade la prescripción 6 de esta resolución y recuerda que el
artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la
Biodiversidad, establece la prohibición de destruir o deteriorar los nidos, vivares y
lugares de reproducción, invernada o reposo de las especies de animales incluidas en
el LESPRE.
Red Natura 2000 y Espacios Protegidos.
Las actuaciones y obras proyectadas no se encuentran en ningún espacio natural
protegido, ni en la Red Natura 2000. No obstante, el documento ambiental señala como
espacios más próximos al proyecto, a unos 3,1 km, aproximadamente, al sureste de la
zona de actuación, el LIC y ZEPA «ES0000462 Clot de Galvany» y a 1,7 km al este,
el LIC y ZEPA «ES0000214 Espacio marino de Tabarca»:
El Área Importante para la Conservación de las Aves (IBA) I407 Tabarca-Cabo de
Palos» se sitúa a 1,7 km, aproximadamente, al este de la zona de actuación. Y la Zona
Húmeda «Saladar d'Aigua Amarga» se encuentra a 0,6 km, aproximadamente, al este de
la zona principal de actuación, aunque el nuevo banco de tubos donde se colocarán las
instalaciones de electricidad y comunicaciones discurrirá a unos 300 m en su punto más
cercano, penetrando en la Zona de Influencia del Saladar d’Aigua Amarga.
Dada la distancia a la que se ubican, el promotor afirma que las actuaciones
previstas no tendrán una repercusión negativa sobre los espacios protegidos más
cercanos al proyecto.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana informa que, dadas las características del proyecto, no es probable que se
produzcan afecciones negativas sobre los hábitats naturales y/o las especies silvestres
de interés comunitario. Por todo esto, considera que el proyecto no tendrá efectos
apreciables sobre la Red Natura 2000.
La localización de la zona de actuación se encuentra entre infraestructuras lineales
como las carreteras N-338, N-332 y CV-849, junto con zonas urbanas, aparcamientos y
zonas agrícolas de tipología variada, lo que hace notable la antropización del territorio
afectado, que presenta valores de calidad y fragilidad paisajística bajos. La Salina
d’Aigua Amarga es el paraje natural más cercano, y se encuentra fuera del ámbito de
estudio. Es, por tanto, una zona poco vulnerable a la incidencia visual derivada de las
obras del proyecto, por lo que el estudio ambiental concluye que el impacto sobre el
paisaje no será significativo.
Patrimonio cultural.
El documento ambiental indica que, el BIC (Bien de Interés Cultural), más cercano al
proyecto se encuentra aproximadamente a 1,8 km, y es la BIC «Torre de la Senieta»: No
cabe esperar, por tanto, ninguna afección directa a los elementos del patrimonio histórico
y cultural, si bien, se contará con la presencia de un arqueólogo a pie de obra durante los
cve: BOE-A-2023-20551
Verificable en https://www.boe.es
Paisaje.