III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20550)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de reparación de muro de contención y nueva ejecución de rampa y tramo de muro, defensa del extremo norte del paseo marítimo Port Saplaya. Alboraya (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 132507

Así pues, la salud y seguridad se podrán ver afectadas de manera moderada. También,
se afectará a una tubería de agua, que se prevé reponer.
De acuerdo con el documento ambiental, dado que las actuaciones se llevan a cabo
en las inmediaciones de zonas residenciales, los movimientos de tierra se realizarán
teniendo en cuenta factores climatológicos como la humedad ambiental y la velocidad y
dirección del viento. Asimismo, se diseñarán itinerarios y se establecerán horarios de
transporte adecuados que eviten el tránsito por zonas residenciales en periodos de
descanso y por vías en momentos de mayor densidad de tráfico. Asimismo, establece
una serie de medidas preventivas y correctoras, para evitar la afección por ruido y por
partículas sobre la atmósfera que se indican en el apartado de aire.
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana
informa que el proyecto no parece presentar efectos negativos sobre la salud y bienestar
de la población en consonancia con lo previsto en el IV Plan de Salud de la Comunitat
Valenciana. No obstante, expone una serie de consideraciones en materia de salud
ambiental a tener en cuenta, relativas a criterios de la calidad del agua de consumo
humano, normativa sectorial sobre protección contra la contaminación acústica, calidad
del aire y protección de la atmósfera, residuos y suelos contaminados, protección contra
la legionelosis, así como para evitar la proliferación del mosquito tigre y la mosca negra.
Este organismo solicita que le sea notificada cualquier modificación del proyecto
susceptible de generar riesgos ambientales, que puedan repercutir negativamente en la
salud de la población. Estas medidas se incluyen en la resolución como prescripciones.
Flora, fauna, biodiversidad: Durante las obras, se eliminará la cubierta vegetal debido
al proceso de despeje y desbroce del terreno y se deteriorará la vegetación colindante
debido a la emisión de partículas y a la alteración del sustrato por el tránsito de
maquinaria, durante los trabajos. No obstante, la actuación se desarrolla en terrenos
mayoritariamente sin vegetación, en una zona de playa. Según indica el promotor, en el
caso de ser necesaria alguna tala se procederá a la plantación de tantos ejemplares
como años tuvieran las especies taladas, y cualquier actuación de desbroce y/o tala
contará con la pertinente autorización de la administración.
Respecto la fauna, la zona de actuación presenta diversas especies de anfibios
como la rana o el sapo común, pequeños roedores, reptiles como la lagartija común, la
lagartija cenicienta, etc., y aves en su mayoría migratorias. Se prevén impactos sobre la
fauna debido al incremento del nivel sonoro y emisión de partículas y polvo, que pueden
provocar el desplazamiento de individuos/poblaciones. Sin embargo, la zona a ocupar es
mínima y en su mayoría las especies son generalistas y fácilmente podrán encontrar
nuevos hábitats similares en el entorno, aunque también puede haber especies
protegidas próximas al ámbito de actuación como el chortilejo patinegro.
El promotor, entre otras medidas preventivas, establece la atención específica a las
especies protegidas presentes en el municipio, la limitación de los trabajos de obra,
especialmente las actividades ruidosas y movimientos de tierras, fuera de las épocas de
nidificación y cría, evitando además la utilización de herbicidas durante el desbroce.
La Dirección General de Medi Natural i D´avaluació Ambiental propone limitaciones
en cuanto al calendario de obras y la necesidad de balizar las zonas de trabajo, dada la
proximidad del ámbito de actuación a una zona con restos de cordones dunares con
registros de presencia reproductora de chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus),
especie catalogada como Vulnerable en la Comunidad Valenciana, que el promotor
deberá respetar en la fase de ejecución del proyecto, lo que recoge esta resolución.
Suelo: Según recoge el documento ambiental, durante la fase de ejecución de las
obras, las actividades como desbroces y movimientos de tierra es posible que causen
afecciones sobre el suelo, por compactación y erosión superficial. Los movimientos de
tierras pueden afectar a la geología y geomorfología del área, modificando levemente el
relieve. El desbroce superficial del terreno supondrá una pérdida de materia orgánica y la
modificación de la estructura del suelo. La zona de actuación se encuentra ya modificada
considerando por ello que la afección será baja.

cve: BOE-A-2023-20550
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 236