II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2023-20331)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de los buques "Esperanza del Mar" y "Juan de la Cosa", del Instituto Social de la Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 131638
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.
5.5 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley citada en el apartado anterior.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el
estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Madrid (sede central del Instituto Social de la Marina), calle Génova, 24, 28071, Madrid.
Teléfono 917006600, correo electrónico sscc.accionsocialmaritima@seg-social.es
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo de tres
meses desde la publicación de la convocatoria estando previsto finalizar la misma en el
plazo máximo de nueve meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
salvo circunstancias organizativas justificadas.
6.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 3.5 del Real Decreto 407/2022,
de 24 mayo de 2022, el Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización de los ejercicios. En el mismo se posibilitará la acumulación de pruebas o
ejercicios en un mismo día. En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o
prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y
cinco días naturales.
6.3 El tribunal calificador adoptará las medidas, instrucciones o resoluciones
necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas
y la lectura de los ejercicios, así como para el uso de los medios electrónicos o
telemáticos, incluidos los audiovisuales, que sean necesarios para el desarrollo
descentralizado de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases.
6.4 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience con la letra «U», según lo
establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 9 de
mayo de 2022 (BOE del 13). De acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que
no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de
actuación se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» y así
sucesivamente.
6.5 Los aspirantes serán convocados a cada ejercicio de la fase de oposición en
llamamiento único, en una única sede (Madrid), realizándose todo el mismo día y a la
misma hora, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
Los ejercicios de dicha fase podrán ser coincidentes con las fechas de celebración
de ejercicios de otros procesos selectivos o de otras categorías de este proceso.
6.6 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública,
en la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, www.inclusion.es., en el plazo máximo de dos días, a contar desde la
finalización de la prueba específica, las plantillas correctoras de aquellos procesos
selectivos que incluyan la realización de pruebas con respuestas alternativas. Igualmente
publicará, en los mismos lugares, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
6.7 Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que
deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que
podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.8 El Tribunal publicará, en la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, www.inclusion.es, la relación que contenga
la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes
cve: BOE-A-2023-20331
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 131638
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.
5.5 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran
las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley citada en el apartado anterior.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el
estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Madrid (sede central del Instituto Social de la Marina), calle Génova, 24, 28071, Madrid.
Teléfono 917006600, correo electrónico sscc.accionsocialmaritima@seg-social.es
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo de tres
meses desde la publicación de la convocatoria estando previsto finalizar la misma en el
plazo máximo de nueve meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
salvo circunstancias organizativas justificadas.
6.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 3.5 del Real Decreto 407/2022,
de 24 mayo de 2022, el Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización de los ejercicios. En el mismo se posibilitará la acumulación de pruebas o
ejercicios en un mismo día. En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o
prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y
cinco días naturales.
6.3 El tribunal calificador adoptará las medidas, instrucciones o resoluciones
necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas
y la lectura de los ejercicios, así como para el uso de los medios electrónicos o
telemáticos, incluidos los audiovisuales, que sean necesarios para el desarrollo
descentralizado de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases.
6.4 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience con la letra «U», según lo
establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 9 de
mayo de 2022 (BOE del 13). De acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que
no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de
actuación se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» y así
sucesivamente.
6.5 Los aspirantes serán convocados a cada ejercicio de la fase de oposición en
llamamiento único, en una única sede (Madrid), realizándose todo el mismo día y a la
misma hora, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
Los ejercicios de dicha fase podrán ser coincidentes con las fechas de celebración
de ejercicios de otros procesos selectivos o de otras categorías de este proceso.
6.6 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública,
en la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, www.inclusion.es., en el plazo máximo de dos días, a contar desde la
finalización de la prueba específica, las plantillas correctoras de aquellos procesos
selectivos que incluyan la realización de pruebas con respuestas alternativas. Igualmente
publicará, en los mismos lugares, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
6.7 Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que
deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que
podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.8 El Tribunal publicará, en la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, www.inclusion.es, la relación que contenga
la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes
cve: BOE-A-2023-20331
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234