III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Premios. (BOE-A-2023-20298)
Orden APA/1078/2023, de 27 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Pedro Solbes Mira de estudios en materia agroalimentaria, pesquera y acuícola.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Viernes 29 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 131338
3. La persona titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, a la vista del informe
presentado por el jurado, formulará la propuesta provisional de resolución y la publicará
en la sede electrónica asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. De acuerdo con lo señalado por artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el
procedimiento, ni sean tenidos en cuenta, otros hechos ni otras alegaciones y pruebas
que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de resolución formulada
tendrá carácter de definitiva y se publicará en la sede electrónica asociada del
departamento.
5. Los solicitantes, en el plazo de diez días desde la fecha de publicación de la
propuesta de resolución provisional, podrán formular alegaciones y presentar los
documentos y justificantes que estimen pertinentes, igualmente de forma electrónica.
Examinadas las alegaciones y documentos aducidos en su caso, se formulará la
propuesta de resolución definitiva, que se publicará en dicha sede electrónica asociada.
6. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a
favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya
publicado la resolución de concesión.
Artículo 6.
Resolución y notificación.
1. Vista la propuesta de resolución definitiva elevada por la persona titular del
Gabinete Técnico de la Subsecretaría, el premio se resolverá por la persona titular del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento, mediante
su publicación en la sede electrónica asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de acuerdo con lo establecido por el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, será de seis meses desde la publicación del extracto de la correspondiente
convocatoria de acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se podrá
entender desestimada la solicitud del premio por silencio administrativo de acuerdo con
lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sin perjuicio de la
obligación que tiene la Administración de dictar resolución expresa, en todo caso.
3. La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma
podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante la persona titular del
departamento, en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
publicación en la citada sede electrónica asociada departamento, o ser impugnada
directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo máximo de dos
meses, también contados desde el día siguiente al de su publicación, sin que puedan
simultanearse ambas vías de impugnación.
Artículo 7.
Criterios de valoración.
Criterios
1. Relevancia de las aportaciones del estudio.
Puntuación
Se valorará la importancia de la aportación de conocimiento al objeto de estudio
elegido en cuanto al sector primario o medio rural españoles.
2. Carácter aplicado y aplicación práctica a toma Se valorará su carácter aplicado y la posibilidad de emplearse para la toma
de decisiones de la Administración.
de decisiones de la Administración en sus políticas públicas de este sector.
3. Pertinencia y robustez metodológicas.
Se valorará la adecuación y solidez de los métodos de estudio empleados.
Ponderación
3 puntos
2 puntos
1 punto
cve: BOE-A-2023-20298
Verificable en https://www.boe.es
1. Los estudios que optaren al premio se valorarán de acuerdo con los criterios que
a continuación se indican, siendo la puntuación máxima de 10 puntos.
2. La puntuación final será el resultado de sumar la calificación obtenida para cada
criterio.
Núm. 233
Viernes 29 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 131338
3. La persona titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, a la vista del informe
presentado por el jurado, formulará la propuesta provisional de resolución y la publicará
en la sede electrónica asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. De acuerdo con lo señalado por artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el
procedimiento, ni sean tenidos en cuenta, otros hechos ni otras alegaciones y pruebas
que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de resolución formulada
tendrá carácter de definitiva y se publicará en la sede electrónica asociada del
departamento.
5. Los solicitantes, en el plazo de diez días desde la fecha de publicación de la
propuesta de resolución provisional, podrán formular alegaciones y presentar los
documentos y justificantes que estimen pertinentes, igualmente de forma electrónica.
Examinadas las alegaciones y documentos aducidos en su caso, se formulará la
propuesta de resolución definitiva, que se publicará en dicha sede electrónica asociada.
6. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a
favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya
publicado la resolución de concesión.
Artículo 6.
Resolución y notificación.
1. Vista la propuesta de resolución definitiva elevada por la persona titular del
Gabinete Técnico de la Subsecretaría, el premio se resolverá por la persona titular del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento, mediante
su publicación en la sede electrónica asociada del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de acuerdo con lo establecido por el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, será de seis meses desde la publicación del extracto de la correspondiente
convocatoria de acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se podrá
entender desestimada la solicitud del premio por silencio administrativo de acuerdo con
lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sin perjuicio de la
obligación que tiene la Administración de dictar resolución expresa, en todo caso.
3. La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma
podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante la persona titular del
departamento, en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
publicación en la citada sede electrónica asociada departamento, o ser impugnada
directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo máximo de dos
meses, también contados desde el día siguiente al de su publicación, sin que puedan
simultanearse ambas vías de impugnación.
Artículo 7.
Criterios de valoración.
Criterios
1. Relevancia de las aportaciones del estudio.
Puntuación
Se valorará la importancia de la aportación de conocimiento al objeto de estudio
elegido en cuanto al sector primario o medio rural españoles.
2. Carácter aplicado y aplicación práctica a toma Se valorará su carácter aplicado y la posibilidad de emplearse para la toma
de decisiones de la Administración.
de decisiones de la Administración en sus políticas públicas de este sector.
3. Pertinencia y robustez metodológicas.
Se valorará la adecuación y solidez de los métodos de estudio empleados.
Ponderación
3 puntos
2 puntos
1 punto
cve: BOE-A-2023-20298
Verificable en https://www.boe.es
1. Los estudios que optaren al premio se valorarán de acuerdo con los criterios que
a continuación se indican, siendo la puntuación máxima de 10 puntos.
2. La puntuación final será el resultado de sumar la calificación obtenida para cada
criterio.