III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-20237)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de la asociación Aldeas Infantiles SOS España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Jueves 28 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131065

Aldea y Residencia en representación de la Asociación. Así también es el superior
directo de todo el personal de ambos programas, estando entre sus funciones la gestión
educativa, organizativa, administrativa y económica.
5. Director/a de la Escuela de Formación: profesional que ostenta la representación
de la Asociación, bajo las directrices de la Academia SOS y de los órganos de la
Asociación misma, asumiendo las funciones de gestión organizativa, administrativa y de
personal supervisando los proyectos de la Escuela, tanto los realizados de forma interna
como externa, velando por la consecución de los objetivos perseguidos con dichas
acciones.
6. Director/a de Centro de Primera Acogida y Valoración: profesional que ostenta la
representación de la Asociación bajo las directrices de la dirección territorial y de los
órganos de la misma, asumiendo las funciones de gestión organizativa, administrativa y
económica, siendo el responsable del personal.
7. Director/a de programa: profesional que, bajo las directrices de la dirección
territorial, se responsabiliza de todo lo necesario para la puesta en práctica y buen
funcionamiento de un programa SOS, asumiendo funciones de gestión organizativa,
administrativa y económica, siendo el responsable del personal de su programa. Así
también colabora con la dirección territorial en la negociación de los convenios de
colaboración con los Servicios Sociales de la comunidad autónoma
8. Ayudante de dirección: profesional que colabora con el/la director/a del programa
correspondiente en el cumplimiento de sus funciones y lo suple en caso de ausencia,
realizando las tareas concretas que su responsable directo le encomiende por
delegación.
Grupo Profesional 1.

1. Técnico/a de área: profesional que con la cualificación necesaria en función de la
especialización que se requiera, realiza las diferentes funciones y tareas que le asignen,
por delegación del Director/a del Área y/o departamento correspondiente.
2. Técnico/a de programa: profesional que, con la formación y experiencia
necesaria, ejecuta las tareas requeridas en los diversos programas que la Asociación
realiza, ya sea en lo referente a la inserción socio laboral de jóvenes, al trabajo con
familias o con otro tipo de intervenciones en función de las necesidades requeridas por la
Administración.
3. Técnico/a de formación: profesional encargado de impartir las acciones
formativas que se precisen, tanto desde la Escuela como en los centros y programas
SOS.
4. Psicólogo/a: profesional que ejerce las funciones propias de su titulación y
especialidad. Asesora, orienta e informa al personal educativo en relación con su área de
intervención en la elaboración del proyecto educativo individualizado y proyecto de
hogar. Evalúa, diagnostica y realiza las intervenciones psicológicas, así como el
seguimiento de los/as menores que lo precisen, proponiendo la derivación a otros
profesionales externos si es necesario, entre otras funciones.
5. Pedagogo/a: profesional que, con la titulación correspondiente asesora, orienta e
informa al personal educativo en lo concerniente a su especialización como en la
elaboración del proyecto educativo individual, proyecto de hogar y demás documentos
educativos. Así también evalúa, diagnostica y realiza las intervenciones pedagógicas con
los menores y asesora sobre la elección de los centros escolares y apoyos
extraescolares y en el proceso de orientación escolar y profesional. Además, coordina
las intervenciones de los profesores de apoyo y/o logopedas de la Aldea si los hubiera y
colabora con la formación interna de la misma, así como con la Escuela, cuando ésta lo
precise, entre otras funciones.
6. Trabajador/a social: profesional que, con la titulación adecuada asesora al
personal educativo, desde su perspectiva profesional, en la elaboración del proyecto de

cve: BOE-A-2023-20237
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Subgrupo 1a.