I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Ascensos. (BOE-A-2023-20178)
Orden PCM/1071/2023, de 26 de septiembre, por la que se modifica la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil y la Orden PCI/975/2018, de 20 de septiembre, por la que se regula el curso de capacitación para el ascenso a Comandante de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, se aprueba su plan de estudios y se determinan las pruebas a superar en la evaluación para la asistencia al curso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. I. Pág. 130820
superación de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de oficiales por
acceso directo sin requisito de titulación universitaria previa.
Esta modificación hace necesaria, a su vez, la modificación de la Orden
PCI/975/2018, de 20 de septiembre, por la que se regula el curso de capacitación para el
ascenso a Comandante de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, se aprueba su plan
de estudios y se determinan las pruebas a superar en la evaluación para la asistencia al
curso.
Por último, también se contempla el reconocimiento de las marcas obtenidas en las
pruebas físicas realizadas en los procesos de promoción profesional, en los procesos
selectivos regulados en el capítulo IV de esta orden y en las pruebas físicas periódicas y
voluntarias, siempre y cuando las pruebas físicas sean idénticas entre sí. De esta forma,
el personal aspirante puede hacer valer las marcas obtenidas en los dos años
inmediatamente anteriores en todos los mencionados procesos.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el
ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad, viene a incluir dentro de la norma que regula la realización de pruebas
físicas en la Guardia Civil la implantación de unas pruebas físicas periódicas y
voluntarias cuya posibilidad de realización contribuirá al fomento de la práctica de la
actividad física y del deporte por el personal del Cuerpo. De igual modo, a fin de
garantizar los principios de seguridad jurídica y transparencia la orden se incardina de
forma coherente en el marco normativo que regula el sistema de enseñanza de la
Guardia Civil, dando cumplimiento en su tramitación a cuanto se dispone en el artículo 7
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno. De igual manera, en atención a lo dispuesto en el artículo 26 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, el proyecto ha sido sometido al correspondiente trámite de audiencia e
información pública. Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la norma
persigue una gestión racional de los recursos públicos.
Por último, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil, esta orden ha sido sometida al informe del Consejo de la
Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro del Interior y de la Ministra de
Defensa, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo primero. Modificación de la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que
se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.
La Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de
pruebas físicas en la Guardia Civil, queda modificada como sigue:
Se añade al artículo 2.1 un nuevo párrafo d):
«d) Al personal de la Guardia Civil que voluntariamente se someta a las
pruebas físicas periódicas que, para acreditar su condición física, convoque la
Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil.»
Dos.
Se añaden al artículo 3 unos nuevos párrafos c) y d):
«c) Voluntarias: aquellas cuya realización quede a voluntad de la persona
interesada, sin que medie obligación derivada de un proceso selectivo, curso o
actividad formativa.
d) Periódicas: aquellas que sean convocadas con una cierta regularidad.»
cve: BOE-A-2023-20178
Verificable en https://www.boe.es
Uno.
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. I. Pág. 130820
superación de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de oficiales por
acceso directo sin requisito de titulación universitaria previa.
Esta modificación hace necesaria, a su vez, la modificación de la Orden
PCI/975/2018, de 20 de septiembre, por la que se regula el curso de capacitación para el
ascenso a Comandante de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, se aprueba su plan
de estudios y se determinan las pruebas a superar en la evaluación para la asistencia al
curso.
Por último, también se contempla el reconocimiento de las marcas obtenidas en las
pruebas físicas realizadas en los procesos de promoción profesional, en los procesos
selectivos regulados en el capítulo IV de esta orden y en las pruebas físicas periódicas y
voluntarias, siempre y cuando las pruebas físicas sean idénticas entre sí. De esta forma,
el personal aspirante puede hacer valer las marcas obtenidas en los dos años
inmediatamente anteriores en todos los mencionados procesos.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el
ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad, viene a incluir dentro de la norma que regula la realización de pruebas
físicas en la Guardia Civil la implantación de unas pruebas físicas periódicas y
voluntarias cuya posibilidad de realización contribuirá al fomento de la práctica de la
actividad física y del deporte por el personal del Cuerpo. De igual modo, a fin de
garantizar los principios de seguridad jurídica y transparencia la orden se incardina de
forma coherente en el marco normativo que regula el sistema de enseñanza de la
Guardia Civil, dando cumplimiento en su tramitación a cuanto se dispone en el artículo 7
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno. De igual manera, en atención a lo dispuesto en el artículo 26 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, el proyecto ha sido sometido al correspondiente trámite de audiencia e
información pública. Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la norma
persigue una gestión racional de los recursos públicos.
Por último, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil, esta orden ha sido sometida al informe del Consejo de la
Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro del Interior y de la Ministra de
Defensa, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo primero. Modificación de la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que
se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.
La Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de
pruebas físicas en la Guardia Civil, queda modificada como sigue:
Se añade al artículo 2.1 un nuevo párrafo d):
«d) Al personal de la Guardia Civil que voluntariamente se someta a las
pruebas físicas periódicas que, para acreditar su condición física, convoque la
Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil.»
Dos.
Se añaden al artículo 3 unos nuevos párrafos c) y d):
«c) Voluntarias: aquellas cuya realización quede a voluntad de la persona
interesada, sin que medie obligación derivada de un proceso selectivo, curso o
actividad formativa.
d) Periódicas: aquellas que sean convocadas con una cierta regularidad.»
cve: BOE-A-2023-20178
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