III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-20164)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
3)
Sec. III. Pág. 130702
Comité de la Seguridad y Salud:
En la empresa o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores/as se
constituirá un Comité de Seguridad y Salud, que estará formado, tal y como se prevé en
el Artículo 38 de la mencionada Ley, por los delegados/as de Prevención, de una parte, y
por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados/as de
Prevención de la otra.
El Comité de Seguridad y Salud tendrá las competencias y facultades que se
establecen en el Artículo 39 de la Ley 31/1995.
Artículo 60.
Protección de la vida familiar.
Riesgo durante el embarazo. En el supuesto de riesgo para el embarazo, en los
términos previstos en el artículo 26 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos
Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del
contrato por nacimiento de hijo, de conformidad con lo dispuesto en las leyes o
desaparezca la imposibilidad de la persona trabajadora de reincorporarse a su puesto
anterior o a otro compatible con su estado. Durante este supuesto las personas
trabajadoras percibirán un complemento sobre la prestación de la Seguridad Social hasta
alcanzar el 100 % del salario.
CAPÍTULO XII
Medidas de protección a las víctimas de violencia de género
Medidas de protección a las víctimas de violencia de género.
Reducción de jornada. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de
víctima de violencia de género, de violencias sexuales o de terrorismo tendrán derecho,
para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la
reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la
reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación
del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen
en la empresa. También tendrán derecho a realizar su trabajo total o parcialmente a
distancia o a dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre en ambos
casos que esta modalidad de prestación de servicios sea compatible con el puesto y
funciones desarrolladas por la persona.
Suspensión del contrato de trabajo. En el supuesto previsto en el artículo 45.1.n) de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el periodo de suspensión tendrá una duración
inicial que no podrá exceder de seis meses, salvo que de las actuaciones de tutela
judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la
continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por
periodos de tres meses, con un máximo de dieciocho meses
Otros. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de
violencia de género, de víctimas del terrorismo o de víctimas de violencias sexuales, que
se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían
prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia
social integral, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo
grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier
otro de sus centros de trabajo.
En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a las personas
trabajadoras las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir
en el futuro.
El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrá una duración inicial de entre seis
y doce meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto
de trabajo que anteriormente ocupaban las personas trabajadoras.
cve: BOE-A-2023-20164
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 61.
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
3)
Sec. III. Pág. 130702
Comité de la Seguridad y Salud:
En la empresa o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores/as se
constituirá un Comité de Seguridad y Salud, que estará formado, tal y como se prevé en
el Artículo 38 de la mencionada Ley, por los delegados/as de Prevención, de una parte, y
por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados/as de
Prevención de la otra.
El Comité de Seguridad y Salud tendrá las competencias y facultades que se
establecen en el Artículo 39 de la Ley 31/1995.
Artículo 60.
Protección de la vida familiar.
Riesgo durante el embarazo. En el supuesto de riesgo para el embarazo, en los
términos previstos en el artículo 26 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos
Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del
contrato por nacimiento de hijo, de conformidad con lo dispuesto en las leyes o
desaparezca la imposibilidad de la persona trabajadora de reincorporarse a su puesto
anterior o a otro compatible con su estado. Durante este supuesto las personas
trabajadoras percibirán un complemento sobre la prestación de la Seguridad Social hasta
alcanzar el 100 % del salario.
CAPÍTULO XII
Medidas de protección a las víctimas de violencia de género
Medidas de protección a las víctimas de violencia de género.
Reducción de jornada. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de
víctima de violencia de género, de violencias sexuales o de terrorismo tendrán derecho,
para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la
reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la
reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación
del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen
en la empresa. También tendrán derecho a realizar su trabajo total o parcialmente a
distancia o a dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre en ambos
casos que esta modalidad de prestación de servicios sea compatible con el puesto y
funciones desarrolladas por la persona.
Suspensión del contrato de trabajo. En el supuesto previsto en el artículo 45.1.n) de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el periodo de suspensión tendrá una duración
inicial que no podrá exceder de seis meses, salvo que de las actuaciones de tutela
judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la
continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por
periodos de tres meses, con un máximo de dieciocho meses
Otros. Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de
violencia de género, de víctimas del terrorismo o de víctimas de violencias sexuales, que
se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían
prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia
social integral, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo
grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier
otro de sus centros de trabajo.
En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a las personas
trabajadoras las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir
en el futuro.
El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrá una duración inicial de entre seis
y doce meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto
de trabajo que anteriormente ocupaban las personas trabajadoras.
cve: BOE-A-2023-20164
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 61.