III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20103)
Resolución de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo complementario de la nueva red ferroviaria en el País Vasco. Tramo: Astigarraga-Lezo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129950
El EsIA detalla una propuesta de medidas a adoptar en cada una de las parcelas
localizadas. Complementariamente, en la Parcela 20063-00030, en caso de que se
requiera la ejecución de la demolición de los pabellones, se deberá realizar el
correspondiente Estudio de la Ruina Industrial.
El informe de la Sociedad Pública de Gestión Ambiental del Gobierno Vasco (IHOBE)
indica que se ha considerado correctamente la existencia de parcelas que han soportado
históricamente actividades potencialmente contaminantes y que será necesario la
tramitación de una declaración de calidad de suelo de acuerdo con la Ley 4/2015, de 25
de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
Las principales medidas incluidas en el EsIA para la protección y conservación de los
suelos son: Minimización de la superficie de ocupación, medidas en las parcelas que
contienen suelos potencialmente contaminados, delimitación de los perímetros de obra
mediante jalonamiento temporal y cerramientos rígidos en las zonas de mayor valor
ambiental, gestión adecuada de la tierra vegetal, descompactación de suelos, gestión de
residuos, medidas para evitar la contaminación de los suelos durante las obras y gestión
adecuada de aquellos que se contaminen.
Para asegurar la mínima afección a los factores geomorfología, geodiversidad y
suelo, se añaden las condiciones 8 a 13 en la presente resolución.
cve: BOE-A-2023-20103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129950
El EsIA detalla una propuesta de medidas a adoptar en cada una de las parcelas
localizadas. Complementariamente, en la Parcela 20063-00030, en caso de que se
requiera la ejecución de la demolición de los pabellones, se deberá realizar el
correspondiente Estudio de la Ruina Industrial.
El informe de la Sociedad Pública de Gestión Ambiental del Gobierno Vasco (IHOBE)
indica que se ha considerado correctamente la existencia de parcelas que han soportado
históricamente actividades potencialmente contaminantes y que será necesario la
tramitación de una declaración de calidad de suelo de acuerdo con la Ley 4/2015, de 25
de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
Las principales medidas incluidas en el EsIA para la protección y conservación de los
suelos son: Minimización de la superficie de ocupación, medidas en las parcelas que
contienen suelos potencialmente contaminados, delimitación de los perímetros de obra
mediante jalonamiento temporal y cerramientos rígidos en las zonas de mayor valor
ambiental, gestión adecuada de la tierra vegetal, descompactación de suelos, gestión de
residuos, medidas para evitar la contaminación de los suelos durante las obras y gestión
adecuada de aquellos que se contaminen.
Para asegurar la mínima afección a los factores geomorfología, geodiversidad y
suelo, se añaden las condiciones 8 a 13 en la presente resolución.
cve: BOE-A-2023-20103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230