III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20103)
Resolución de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo complementario de la nueva red ferroviaria en el País Vasco. Tramo: Astigarraga-Lezo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129961
– En lo relativo a accidentes causados en fase de explotación por instalaciones
SEVESO, cabe indicar que ninguna de las alternativas atraviesa áreas de incidencia de
estas instalaciones, localizándose fuera de las zonas de alerta e intervención.
– Los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a
catástrofes (fenómenos sísmicos, inundaciones, incendios forestales, riesgos geológicogeotécnicos y catástrofes meteorológicas) no se consideran significativos por lo que no
es preciso establecer medidas adicionales más allá del correcto diseño de la
infraestructura en los proyectos constructivos y, para el caso de incendios forestales, un
protocolo de emergencia.
Del informe del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, emitido durante el
periodo de información pública, destacar las siguientes consideraciones:
– Al tratarse de una red ferroviaria en la que se contempla el tráfico de mercancías,
es la propia estructura ferroviaria, por la que circularán las mercancías peligrosas, la
generadora del riesgo, por lo que se deberá llevar a cabo su estudio y evaluación así
como su posible afección al exterior.
– La actuación se encuentra a 1.500 m de Electroquímica de Hernani, SA que
cuenta con un Plan de Emergencia Exterior que deberá ser considerado en el Plan de
Autoprotección.
Por otra parte, el informe del Consejo Asesor del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana indica que deben incorporarse datos sobre el volumen de tráfico de
mercancías peligrosas y que debe incluirse un estudio de riesgos sobre accidentes que
preste especial atención al tráfico de mercancías peligrosas.
En respuesta a lo anterior, el promotor manifiesta que es Adif, como propietario de la
línea, el responsable de la elaboración del correspondiente Plan de Autoprotección,
documento en el que se abordan la identificación y evaluación de los riesgos, las
acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, y las medidas de
protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia. Este documento debe
elaborarse de acuerdo con la Ley 2/1985 de 21 de enero, sobre Protección Civil.
Adicionalmente, es responsabilidad de Adif, como titular de la línea, la elaboración
del Plan de Contingencias, tal como se recoge en la Ley 38/2015 de 29 de septiembre,
del sector ferroviario. El Plan de Contingencias es un plan general de actuación para
ordenar y resolver cualquier contingencia que perturbe el normal desarrollo del tráfico
ferroviario, desde los planos preventivo, predictivo y correctivo. Asimismo, y de acuerdo
con el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre Seguridad Operacional e
Interoperabilidad Ferroviarias, la consideración de los riesgos asociados al transporte de
mercancías peligrosas es responsabilidad de los distintos actores del sistema ferroviario
cuya actividad consista en prestar servicios de transporte de mercancías o viajeros por
ferrocarril a través de la red ferroviaria.
En cualquier caso, el promotor, en la documentación adicional de abril de 2022,
incluye un «Estudio de riesgos sobre accidentes de mercancías peligrosas» en el que ha
estimado la cantidad de mercancías peligrosas que circulará anualmente por la nueva
variante, 1.343.839 toneladas, y ha incluido un análisis genérico de los distintos riesgos
que entraña el transporte de mercancías peligrosas, en función del tipo de sustancia, con
el fin de determinar la vulnerabilidad del proyecto frente a ellos, y los posibles efectos
ambientales sobre los factores del medio que pudieran verse afectados.
En mayo de 2023, el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco se pronuncia
sobre la consulta efectuada por el órgano sustantivo, en relación a la nueva
documentación elaborada por el promotor en relación al transporte de mercancías
peligrosas, suscribiendo las aportaciones del «Estudio de riesgos sobre accidentes de
mercancías peligrosas» y realizando las siguientes consideraciones:
– Indica la normativa autonómica y local a tener en cuenta en los futuros planes de
emergencia a redactar por el administrador de la infraestructura.
cve: BOE-A-2023-20103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129961
– En lo relativo a accidentes causados en fase de explotación por instalaciones
SEVESO, cabe indicar que ninguna de las alternativas atraviesa áreas de incidencia de
estas instalaciones, localizándose fuera de las zonas de alerta e intervención.
– Los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a
catástrofes (fenómenos sísmicos, inundaciones, incendios forestales, riesgos geológicogeotécnicos y catástrofes meteorológicas) no se consideran significativos por lo que no
es preciso establecer medidas adicionales más allá del correcto diseño de la
infraestructura en los proyectos constructivos y, para el caso de incendios forestales, un
protocolo de emergencia.
Del informe del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, emitido durante el
periodo de información pública, destacar las siguientes consideraciones:
– Al tratarse de una red ferroviaria en la que se contempla el tráfico de mercancías,
es la propia estructura ferroviaria, por la que circularán las mercancías peligrosas, la
generadora del riesgo, por lo que se deberá llevar a cabo su estudio y evaluación así
como su posible afección al exterior.
– La actuación se encuentra a 1.500 m de Electroquímica de Hernani, SA que
cuenta con un Plan de Emergencia Exterior que deberá ser considerado en el Plan de
Autoprotección.
Por otra parte, el informe del Consejo Asesor del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana indica que deben incorporarse datos sobre el volumen de tráfico de
mercancías peligrosas y que debe incluirse un estudio de riesgos sobre accidentes que
preste especial atención al tráfico de mercancías peligrosas.
En respuesta a lo anterior, el promotor manifiesta que es Adif, como propietario de la
línea, el responsable de la elaboración del correspondiente Plan de Autoprotección,
documento en el que se abordan la identificación y evaluación de los riesgos, las
acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, y las medidas de
protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia. Este documento debe
elaborarse de acuerdo con la Ley 2/1985 de 21 de enero, sobre Protección Civil.
Adicionalmente, es responsabilidad de Adif, como titular de la línea, la elaboración
del Plan de Contingencias, tal como se recoge en la Ley 38/2015 de 29 de septiembre,
del sector ferroviario. El Plan de Contingencias es un plan general de actuación para
ordenar y resolver cualquier contingencia que perturbe el normal desarrollo del tráfico
ferroviario, desde los planos preventivo, predictivo y correctivo. Asimismo, y de acuerdo
con el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre Seguridad Operacional e
Interoperabilidad Ferroviarias, la consideración de los riesgos asociados al transporte de
mercancías peligrosas es responsabilidad de los distintos actores del sistema ferroviario
cuya actividad consista en prestar servicios de transporte de mercancías o viajeros por
ferrocarril a través de la red ferroviaria.
En cualquier caso, el promotor, en la documentación adicional de abril de 2022,
incluye un «Estudio de riesgos sobre accidentes de mercancías peligrosas» en el que ha
estimado la cantidad de mercancías peligrosas que circulará anualmente por la nueva
variante, 1.343.839 toneladas, y ha incluido un análisis genérico de los distintos riesgos
que entraña el transporte de mercancías peligrosas, en función del tipo de sustancia, con
el fin de determinar la vulnerabilidad del proyecto frente a ellos, y los posibles efectos
ambientales sobre los factores del medio que pudieran verse afectados.
En mayo de 2023, el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco se pronuncia
sobre la consulta efectuada por el órgano sustantivo, en relación a la nueva
documentación elaborada por el promotor en relación al transporte de mercancías
peligrosas, suscribiendo las aportaciones del «Estudio de riesgos sobre accidentes de
mercancías peligrosas» y realizando las siguientes consideraciones:
– Indica la normativa autonómica y local a tener en cuenta en los futuros planes de
emergencia a redactar por el administrador de la infraestructura.
cve: BOE-A-2023-20103
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230