III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-20101)
Resolución de 11 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación parcial del IV Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129932
o publicación en portal de contratación), la información y documentación que más
adelante se relaciona.
– Certificado del organismo competente de estar al corriente de pago de la
Seguridad Social.
– Fotocopia de las cuatro últimas nóminas mensuales de las personas
trabajadoras afectadas.
– Fotocopia de los TC-1 y TC-2 de cotización a la Seguridad Social de los
cuatro últimos meses. - Relación de personal en la que se especifique: Nombre y
apellidos, domicilio, número de afiliación a la Seguridad Social, antigüedad,
jornada, horario, vacaciones y cualquier modificación de éstos que se haya
producido en los cuatro meses anteriores junto con la justificación de la misma,
modalidad de su contratación, especificación del periodo de mandato si la persona
trabajadora es representante sindical, percepciones anuales de la persona
trabajadora por todos los conceptos y fecha de disfrute de sus vacaciones. - Parte
de I.T. y/o confirmación del mismo.
– Días de asuntos propios ya disfrutados y justificación de otras licencias
retribuidas. Fotocopia de los contratos de trabajo del personal afectado por la
subrogación, si los ha tramitado la saliente. –Copia de documentos debidamente
diligenciados por cada trabajador afectado en el que se haga constar que este ha
recibido de la empresa saliente su liquidación de partes proporcionales de sus
haberes hasta el momento de la subrogación, no quedando pendiente cantidad
alguna.
10. Documentación a facilitar por la empresa saliente al órgano de
contratación en caso de licitación de un contrato público donde opera la
subrogación.
Para poder trasladar toda la información requerida a pliegos, conforme a lo
establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, es necesario que las
empresas deben informar a los órganos de contratación la información sobre las
condiciones de los contratos de los/las trabajadores/as/ afectados por la
subrogación prevista en el presente convenio, debiendo detallar de cada uno de
las personas trabajadoras a subrogar la siguiente información con la finalidad de
asegurar el mantenimiento de las condiciones por parte de las empresas
licitadoras:
– Convenio colectivo de aplicación.
– Categoría profesional.
– Código de contrato.
– % de jornada en cómputo anual - Antigüedad.
– Fecha de vencimiento de contrato.
– Salario bruto anual percibido (todos los conceptos incluidos).
– N.º horas anuales reales trabajadas correspondientes al salario bruto anual
indicado.
– Otros pactos aplicables tanto colectivos como individuales.
– Observaciones: situación de excedencia, suspensión legal, condición de
representante legal de los/las trabajadores/as, etc.
La lista de subrogación deberá́ presentarse en forma de declaración
responsable, incluyendo declaración al respecto de encontrarse al corriente de
pago de cotizaciones con la TGSS y nóminas del personal, o en su defecto
incluyendo toda la información necesaria al respecto de importes adeudados y
litigios abiertos.»
cve: BOE-A-2023-20101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 129932
o publicación en portal de contratación), la información y documentación que más
adelante se relaciona.
– Certificado del organismo competente de estar al corriente de pago de la
Seguridad Social.
– Fotocopia de las cuatro últimas nóminas mensuales de las personas
trabajadoras afectadas.
– Fotocopia de los TC-1 y TC-2 de cotización a la Seguridad Social de los
cuatro últimos meses. - Relación de personal en la que se especifique: Nombre y
apellidos, domicilio, número de afiliación a la Seguridad Social, antigüedad,
jornada, horario, vacaciones y cualquier modificación de éstos que se haya
producido en los cuatro meses anteriores junto con la justificación de la misma,
modalidad de su contratación, especificación del periodo de mandato si la persona
trabajadora es representante sindical, percepciones anuales de la persona
trabajadora por todos los conceptos y fecha de disfrute de sus vacaciones. - Parte
de I.T. y/o confirmación del mismo.
– Días de asuntos propios ya disfrutados y justificación de otras licencias
retribuidas. Fotocopia de los contratos de trabajo del personal afectado por la
subrogación, si los ha tramitado la saliente. –Copia de documentos debidamente
diligenciados por cada trabajador afectado en el que se haga constar que este ha
recibido de la empresa saliente su liquidación de partes proporcionales de sus
haberes hasta el momento de la subrogación, no quedando pendiente cantidad
alguna.
10. Documentación a facilitar por la empresa saliente al órgano de
contratación en caso de licitación de un contrato público donde opera la
subrogación.
Para poder trasladar toda la información requerida a pliegos, conforme a lo
establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, es necesario que las
empresas deben informar a los órganos de contratación la información sobre las
condiciones de los contratos de los/las trabajadores/as/ afectados por la
subrogación prevista en el presente convenio, debiendo detallar de cada uno de
las personas trabajadoras a subrogar la siguiente información con la finalidad de
asegurar el mantenimiento de las condiciones por parte de las empresas
licitadoras:
– Convenio colectivo de aplicación.
– Categoría profesional.
– Código de contrato.
– % de jornada en cómputo anual - Antigüedad.
– Fecha de vencimiento de contrato.
– Salario bruto anual percibido (todos los conceptos incluidos).
– N.º horas anuales reales trabajadas correspondientes al salario bruto anual
indicado.
– Otros pactos aplicables tanto colectivos como individuales.
– Observaciones: situación de excedencia, suspensión legal, condición de
representante legal de los/las trabajadores/as, etc.
La lista de subrogación deberá́ presentarse en forma de declaración
responsable, incluyendo declaración al respecto de encontrarse al corriente de
pago de cotizaciones con la TGSS y nóminas del personal, o en su defecto
incluyendo toda la información necesaria al respecto de importes adeudados y
litigios abiertos.»
cve: BOE-A-2023-20101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230