III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-19802)
Resolución de 12 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito del Sistema de Formación Profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Jueves 21 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 127808

Séptima. Cofinanciación Fondo Social Europeo.
El presente convenio se inscribe entre las actuaciones que el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, y en su nombre la Secretaría General de Formación
Profesional, desarrolla en calidad de organismo beneficiario, como susceptible de
cofinanciación en el marco del Programa Operativo 2021-2027 del Fondo Social
Europeo, en los términos en que en la normativa reguladora de dicho programa se
determine.
Octava. Publicidad e imagen.
Todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación derivadas de la aportación del Estado cumplirán los requisitos de publicidad,
según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos
contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública
o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo
de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real
Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, en la Resolución de la Secretaría General para
la Administración Pública, de 2 de abril de 2007, y en el Manual de Imagen Institucional.
En el presente convenio se deberá dar cumplimiento a las condiciones de
información y publicidad a los beneficiarios potenciales del mismo sobre la participación
de las contribuciones financieras del Fondo Social Europeo, en los términos en que se
determine por el correspondiente reglamento de la U.E.
De acuerdo con la disposición adicional 7.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se inscribirá en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de quince
días desde que se firme.
Comisión Mixta de Seguimiento.

Con el fin de realizar un seguimiento de las actuaciones previstas en el convenio,
se constituirá una Comisión Mixta, encargada del seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio.
Dicha Comisión Mixta estará compuesta por dos representantes del Ministerio de
Educación y Formación Profesional y dos representantes de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional los representantes serán
dos personas funcionarias con rango de Subdirector o Subdirectora General y con
competencias en las materias afectadas por el presente convenio.
Por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, los representantes serán dos Directores o
Directoras Generales, uno de ellos el que tenga atribuidas las competencias en materia
de Recursos Humanos del personal afectado por el presente convenio y el otro con
competencias en materia de Formación Profesional.
La Comisión se reunirá con una periodicidad trimestral, o a petición de cualquiera de
las partes firmantes. Los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por los
técnicos, que no tendrán voz ni voto en las reuniones.
La Comisión resolverá las posibles dudas en las funciones de los expertos docentes
mencionados este convenio, así como su posible sustitución en caso de que las necesidades
del servicio lo requiriesen. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento del convenio que puedan plantearse.
Dicha Comisión se regirá en su organización y funcionamiento por lo dispuesto en los
artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.

cve: BOE-A-2023-19802
Verificable en https://www.boe.es

Novena.