III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-19805)
Orden CUD/1042/2023, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2023 y 2024 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 127870

contrato por escrito, cuando la subcontratación exceda del 20 % del importe de la
subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, tal y como se señala en el
artículo 29.3 de la LGS.
5. Para la justificación de gasto subvencionable correspondiente a costes de
personal, será necesario aportar información sobre:
– Relación de trabajadores involucrados en el proyecto con indicación de su
categoría profesional.
– Descripción pormenorizada del trabajo desarrollado por cada uno de ellos.
– Cronograma de trabajo con indicación de número de horas que cada trabajador ha
dedicado al proyecto.
La efectividad del pago de nóminas podrá acreditarse mediante recibo de salarios,
conforme a la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 27 de diciembre
de 1994, o norma que la sustituya.
Sólo se puede tomar como importe subvencionable lo que efectivamente se
demuestre que ha sido pagado. Así, para poder subvencionar el íntegro de la nómina
habrá que presentar los documentos acreditativos del pago de:
– Nómina del trabajador.
– Comprobante de pago de la retribución.
– Cuotas Seguridad Social: Documentos correspondientes al ingreso de cuotas a la
Seguridad Social (Recibo de liquidación de cotizaciones con su correspondiente
justificante de pago y Relación nominal de trabajadores.
– IRPF: Acreditación del ingreso en Hacienda de las cantidades retenidas a los
trabajadores (modelo 111 trimestral con el correspondiente justificante de pago y el
modelo 190).
6. Los gastos justificados en concepto de dietas, desplazamientos y manutenciones
sólo serán subvencionables si han sido generados por personas directamente
relacionadas con la organización y el desarrollo de la actividad. Para su justificación se
aportará la siguiente documentación:
– Facturas o tickets correspondientes a los gastos.
– Comprobante de pago correspondiente al abono de estos gastos por parte de la
entidad beneficiaria.
– En caso de que el beneficiario no pague directamente los gastos generados por
las dietas de los participantes en el proyecto, siendo éstos los que adelanten el dinero
para satisfacer sus necesidades de viaje y manutención, será necesario cumplimentar la
hoja de liquidación de dietas y gastos de viaje según el modelo que se inserta con este
nombre en nuestra página web, sin que ello exima de la presentación de las facturas,
tickets y comprobantes de pago correspondientes.
La documentación de justificación se deberá presentar en formato digital a través de
la
sede
electrónica
del
Ministerio
de
Cultura
y
Deporte:
(http://
www.culturaydeporte.gob.es/cultura/industriasculturales/portada.html).
ANEXO III
Documentación obligatoria para solicitantes y beneficiarios
1. Las solicitudes serán presentadas por la persona que actúe en nombre o
representación de la entidad solicitante, mediante certificado electrónico de persona
jurídica a nombre de la empresa solicitante o bien certificado electrónico de persona
física a nombre de la representante legal de la empresa. En ambos casos, el certificado
electrónico deberá estar emitido por alguna de las autoridades de certificación
reconocidas por la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 226