III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-19805)
Orden CUD/1042/2023, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2023 y 2024 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127871
2. En la solicitud y formulario que forma parte integrante de la misma, debidamente
cumplimentados y firmados por la persona representante legal de la solicitante, se
incluirá la información y la documentación que se detalla en los artículos 32, 33 y 34 de
esta orden. Dicho formulario integra la declaración responsable sobre ayudas de minimis
a la que se refieren los artículos 5.2 y 18.3 de esta orden. Los formularios y modelos de
documentación a cumplimentar por el solicitante se podrán encontrar en la Sede
Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.
3. Para poder percibir fondos NextGenerationEU, las entidades propuestas deberán
aportar las siguientes declaraciones responsables, que se cumplimentarán en los
modelos oficiales descargables de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y
Deporte, en la fase de aceptación de la ayuda:
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
a) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
para la identificación del perceptor final de fondos conforme al modelo contenido en el
anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
b) Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del
PRTR, entre las que se encuentran los estándares más exigentes en relación con el
cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas
necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
así como el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y
lo recogido en el apartado 2 de la norma cuarta conforme al modelo contenido en el
anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
c) Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión
Europea para el ejercicio de las funciones que les son atribuidas por el reglamento
financiero en relación al otorgamiento de ayudas económicas incluidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del
apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127871
2. En la solicitud y formulario que forma parte integrante de la misma, debidamente
cumplimentados y firmados por la persona representante legal de la solicitante, se
incluirá la información y la documentación que se detalla en los artículos 32, 33 y 34 de
esta orden. Dicho formulario integra la declaración responsable sobre ayudas de minimis
a la que se refieren los artículos 5.2 y 18.3 de esta orden. Los formularios y modelos de
documentación a cumplimentar por el solicitante se podrán encontrar en la Sede
Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.
3. Para poder percibir fondos NextGenerationEU, las entidades propuestas deberán
aportar las siguientes declaraciones responsables, que se cumplimentarán en los
modelos oficiales descargables de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y
Deporte, en la fase de aceptación de la ayuda:
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
a) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
para la identificación del perceptor final de fondos conforme al modelo contenido en el
anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
b) Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones del
PRTR, entre las que se encuentran los estándares más exigentes en relación con el
cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas
necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses,
así como el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y
lo recogido en el apartado 2 de la norma cuarta conforme al modelo contenido en el
anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
c) Autorización para el acceso de las entidades de control financiero de la Unión
Europea para el ejercicio de las funciones que les son atribuidas por el reglamento
financiero en relación al otorgamiento de ayudas económicas incluidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del
apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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