III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-19805)
Orden CUD/1042/2023, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de los videojuegos y la creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2023 y 2024 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
A)
Sec. III. Pág. 127866
Documentación a presentar para la justificación de la ayuda.
Apartado de ingresos: Se detallarán todos los ingresos con los que ha contado la
entidad para realizar el proyecto, incluida la financiación propia y las otras ayudas
recibidas para el mismo proyecto. Como máximo la ayuda del Ministerio representará
el 80 % del total del proyecto, aunque en cada caso prevalecerá el porcentaje aprobado
por la Comisión de Valoración y que se refleja en el presupuesto presentado para la
concesión de la ayuda. La no obtención de otras ayudas o patrocinios estimados en
ningún caso eximirá de la obligación de disponer del porcentaje mínimo de aportación
ajena al Ministerio.
Apartado de gastos: Una relación numerada y clasificada de la totalidad de los
gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento de
gasto o factura, concepto, importe (IVA excluido), fecha de emisión y fecha de pago. Esta
relación debe recoger el total de los gastos del proyecto y en ningún caso relacionar
solamente los gastos del importe de la ayuda del Ministerio de Cultura y Deporte. El total
de ingresos (importe de la ayuda concedida y aportaciones ajenas a esta ayuda) deberá
coincidir con el total de gastos. Asimismo la descripción de los conceptos de gasto
reflejados en el epígrafe «Concepto Presupuestario» de la Memoria Económica deben
coincidir con los recogidos en las partidas de gasto del presupuesto inicial.
El apartado de gastos se divide en dos secciones
– Gastos de la ayuda: Son los gastos a los se ha destinado el importe de la ayuda
concedida. Solo pueden incluirse gastos subvencionables de los contemplados en el
anexo I de la convocatoria.
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
1. Declaración responsable, según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. Debe presentarse debidamente cumplimentada y firmada por el
representante legal de la entidad, reflejando las otras ayudas, públicas o privadas, que
hayan financiado la actividad, con indicación del importe y su procedencia.
En aplicación del artículo 19.3 de la LGS, si las ayudas e ingresos superan los gastos
realizados, deberá aportarse la solicitud de devolución voluntaria mediante un escrito
dirigido a esta Subdirección General (ver punto A-5 de este manual).
2. Memoria de actividades según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. La Memoria, que no podrá superar las diez páginas y 3.500
palabras, debe presentarse fechada y firmada por el representante legal de la entidad y
reflejará el cumplimiento y desarrollo del proyecto que sirvió de base para la concesión
de la subvención. Se indicarán las actividades realizadas y los resultados obtenidos así
como las incidencias habidas en su realización. Cualquier modificación producida en el
desarrollo del proyecto deberá señalarse en la memoria de actividades. Si la
modificación es de carácter sustancial ésta debió ser solicitada por escrito al menos un
mes antes de la finalización del periodo de ejecución del proyecto y autorizada por el
órgano concedente (artículos 13 y 37 de la orden). Habrá que adjuntar a la Memoria la
petición por la que se solicitó el cambio y la resolución por la que fue autorizada.
La Memoria de Actividades deberá incluir los elementos necesarios para acreditar la
realización de la actividad. Así se incluirán los elementos necesarios (enlaces, material
fotográfico, videográfico, etc.) que sirvan para acreditar que la actividad subvencionada
ha sido realizada. Asimismo, deberá aportarse material de difusión de la actividad
subvencionada para poder comprobar que se cumple con las obligaciones comunicativas
recogidas en el artículo 5.4 y 27.7 de la presente orden.
3. Memoria económica, según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. Debe presentarse debidamente cumplimentada y firmada por el
representante legal de la entidad. Se trata de una relación numerada de todos los gastos
realizados para llevar a cabo la actividad subvencionada, así como de los ingresos con
los que contaba la empresa para llevar a cabo el proyecto. Su confección será la
siguiente:
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
A)
Sec. III. Pág. 127866
Documentación a presentar para la justificación de la ayuda.
Apartado de ingresos: Se detallarán todos los ingresos con los que ha contado la
entidad para realizar el proyecto, incluida la financiación propia y las otras ayudas
recibidas para el mismo proyecto. Como máximo la ayuda del Ministerio representará
el 80 % del total del proyecto, aunque en cada caso prevalecerá el porcentaje aprobado
por la Comisión de Valoración y que se refleja en el presupuesto presentado para la
concesión de la ayuda. La no obtención de otras ayudas o patrocinios estimados en
ningún caso eximirá de la obligación de disponer del porcentaje mínimo de aportación
ajena al Ministerio.
Apartado de gastos: Una relación numerada y clasificada de la totalidad de los
gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento de
gasto o factura, concepto, importe (IVA excluido), fecha de emisión y fecha de pago. Esta
relación debe recoger el total de los gastos del proyecto y en ningún caso relacionar
solamente los gastos del importe de la ayuda del Ministerio de Cultura y Deporte. El total
de ingresos (importe de la ayuda concedida y aportaciones ajenas a esta ayuda) deberá
coincidir con el total de gastos. Asimismo la descripción de los conceptos de gasto
reflejados en el epígrafe «Concepto Presupuestario» de la Memoria Económica deben
coincidir con los recogidos en las partidas de gasto del presupuesto inicial.
El apartado de gastos se divide en dos secciones
– Gastos de la ayuda: Son los gastos a los se ha destinado el importe de la ayuda
concedida. Solo pueden incluirse gastos subvencionables de los contemplados en el
anexo I de la convocatoria.
cve: BOE-A-2023-19805
Verificable en https://www.boe.es
1. Declaración responsable, según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. Debe presentarse debidamente cumplimentada y firmada por el
representante legal de la entidad, reflejando las otras ayudas, públicas o privadas, que
hayan financiado la actividad, con indicación del importe y su procedencia.
En aplicación del artículo 19.3 de la LGS, si las ayudas e ingresos superan los gastos
realizados, deberá aportarse la solicitud de devolución voluntaria mediante un escrito
dirigido a esta Subdirección General (ver punto A-5 de este manual).
2. Memoria de actividades según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. La Memoria, que no podrá superar las diez páginas y 3.500
palabras, debe presentarse fechada y firmada por el representante legal de la entidad y
reflejará el cumplimiento y desarrollo del proyecto que sirvió de base para la concesión
de la subvención. Se indicarán las actividades realizadas y los resultados obtenidos así
como las incidencias habidas en su realización. Cualquier modificación producida en el
desarrollo del proyecto deberá señalarse en la memoria de actividades. Si la
modificación es de carácter sustancial ésta debió ser solicitada por escrito al menos un
mes antes de la finalización del periodo de ejecución del proyecto y autorizada por el
órgano concedente (artículos 13 y 37 de la orden). Habrá que adjuntar a la Memoria la
petición por la que se solicitó el cambio y la resolución por la que fue autorizada.
La Memoria de Actividades deberá incluir los elementos necesarios para acreditar la
realización de la actividad. Así se incluirán los elementos necesarios (enlaces, material
fotográfico, videográfico, etc.) que sirvan para acreditar que la actividad subvencionada
ha sido realizada. Asimismo, deberá aportarse material de difusión de la actividad
subvencionada para poder comprobar que se cumple con las obligaciones comunicativas
recogidas en el artículo 5.4 y 27.7 de la presente orden.
3. Memoria económica, según el modelo que se inserta con este nombre en
nuestra página web. Debe presentarse debidamente cumplimentada y firmada por el
representante legal de la entidad. Se trata de una relación numerada de todos los gastos
realizados para llevar a cabo la actividad subvencionada, así como de los ingresos con
los que contaba la empresa para llevar a cabo el proyecto. Su confección será la
siguiente: