III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-19743)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, F.S.P., respecto de su participación en el proyecto «Support to the State Aviation Administration of Ukraine in Reinforcing its Competencies in Air Operations and Flight Crew Licensing».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127616
firmará las correspondientes Cartas de Designación que permitan su participación
en el Proyecto».
Segundo.
Cláusulas del convenio afectadas.
Como consecuencia de este cambio en la vinculación laboral del proyecto se ve
afectada también la cláusula 4. PAGOS en su apartado 4.1 «Pagos a Realizar» y la
cláusula 5. «Otros gastos» en su apartado 5.1 «Costes imputados al 25% de los Costes
de Gestión». En consecuencia, el apartado 4.1 «Pagos a realizar» queda redactada de la
siguiente forma:
«4.
Pagos.
La FIIAPP F.S.P., como entidad encargada de la gestión financiera de la parte
del Proyecto a implementar por AESA y la FIIAPP F.S.P., realizará los pagos
pertinentes que correspondan, de acuerdo con lo indicado en este convenio y en
el contrato del Proyecto, a saber:
4.1
Pagos a realizar.
Los pagos del Proyecto que corresponda gestionar a la parte española, serán
efectuados por la FIIAPP F.S.P.
Antes de realizar cualquier pago a un Experto que participe en un proyecto,
éste deberá facilitar a la FIIAPP F.S.P fotocopia de su DNI, un certificado de
titularidad bancaria.
Los Expertos recibirán los honorarios correspondientes a los días efectivos de
ejecución de la actividad (Delivery) en España según se establece en los Términos
de Referencia, en adelante TORs, a la finalización de cada misión. El pago de
dichos honorarios se hará efectivo al experto mediante recibo facilitado por la
FIIAPP F.S.P. al experto y firmado por éste.
Los honorarios del experto principal en el contrato del Proyecto ascienden
a 550 euros por día de Delivery, ya sea en concepto de formación y asistencia a
talleres o producción técnica para el Proyecto, ambas realizadas en España.
Los días previstos de preparación previa (Preparation) y de elaboración del
informe posterior (Report writing) de la actividad, establecidos en los TORs, y
desarrollados en España previo a la ejecución de la actividad y con posterioridad a
ésta, serán objeto de retribución adicional al experto principal, así como otros
informes de seguimiento del Proyecto incluido el informe final.
Los honorarios de los expertos a corto plazo honorarios ascienden a 350 euros
por días efectivos de ejecución de la actividad (Delivery), ya sea en concepto de
formación y asistencia a talleres o producción técnica para el Proyecto, ambos
realizados en España.
Los días previstos de preparación previa (Preparation) y de elaboración del
informe posterior (Report writing) de la actividad, establecidos en los TORs, y
desarrollados en España previo a la ejecución de la actividad y con posterioridad a
ésta, no serán objeto de retribución adicional al experto a corto plazo, y serán
abonados a AESA, no superándose los tres días por ambos conceptos.
ii)
Sobre las dietas por desplazamiento.
El experto desplazado tendrá derecho a percibir la cuantía de 200 euros por
día de trabajo en concepto de dietas. El pago de las mismas se hará efectivo por
adelantado, antes de cada misión, mediante recibo facilitado por la FIIAPP F.S.P.
al experto y firmado por éste.
cve: BOE-A-2023-19743
Verificable en https://www.boe.es
i) Sobre los Honorarios.
Núm. 225
Miércoles 20 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127616
firmará las correspondientes Cartas de Designación que permitan su participación
en el Proyecto».
Segundo.
Cláusulas del convenio afectadas.
Como consecuencia de este cambio en la vinculación laboral del proyecto se ve
afectada también la cláusula 4. PAGOS en su apartado 4.1 «Pagos a Realizar» y la
cláusula 5. «Otros gastos» en su apartado 5.1 «Costes imputados al 25% de los Costes
de Gestión». En consecuencia, el apartado 4.1 «Pagos a realizar» queda redactada de la
siguiente forma:
«4.
Pagos.
La FIIAPP F.S.P., como entidad encargada de la gestión financiera de la parte
del Proyecto a implementar por AESA y la FIIAPP F.S.P., realizará los pagos
pertinentes que correspondan, de acuerdo con lo indicado en este convenio y en
el contrato del Proyecto, a saber:
4.1
Pagos a realizar.
Los pagos del Proyecto que corresponda gestionar a la parte española, serán
efectuados por la FIIAPP F.S.P.
Antes de realizar cualquier pago a un Experto que participe en un proyecto,
éste deberá facilitar a la FIIAPP F.S.P fotocopia de su DNI, un certificado de
titularidad bancaria.
Los Expertos recibirán los honorarios correspondientes a los días efectivos de
ejecución de la actividad (Delivery) en España según se establece en los Términos
de Referencia, en adelante TORs, a la finalización de cada misión. El pago de
dichos honorarios se hará efectivo al experto mediante recibo facilitado por la
FIIAPP F.S.P. al experto y firmado por éste.
Los honorarios del experto principal en el contrato del Proyecto ascienden
a 550 euros por día de Delivery, ya sea en concepto de formación y asistencia a
talleres o producción técnica para el Proyecto, ambas realizadas en España.
Los días previstos de preparación previa (Preparation) y de elaboración del
informe posterior (Report writing) de la actividad, establecidos en los TORs, y
desarrollados en España previo a la ejecución de la actividad y con posterioridad a
ésta, serán objeto de retribución adicional al experto principal, así como otros
informes de seguimiento del Proyecto incluido el informe final.
Los honorarios de los expertos a corto plazo honorarios ascienden a 350 euros
por días efectivos de ejecución de la actividad (Delivery), ya sea en concepto de
formación y asistencia a talleres o producción técnica para el Proyecto, ambos
realizados en España.
Los días previstos de preparación previa (Preparation) y de elaboración del
informe posterior (Report writing) de la actividad, establecidos en los TORs, y
desarrollados en España previo a la ejecución de la actividad y con posterioridad a
ésta, no serán objeto de retribución adicional al experto a corto plazo, y serán
abonados a AESA, no superándose los tres días por ambos conceptos.
ii)
Sobre las dietas por desplazamiento.
El experto desplazado tendrá derecho a percibir la cuantía de 200 euros por
día de trabajo en concepto de dietas. El pago de las mismas se hará efectivo por
adelantado, antes de cada misión, mediante recibo facilitado por la FIIAPP F.S.P.
al experto y firmado por éste.
cve: BOE-A-2023-19743
Verificable en https://www.boe.es
i) Sobre los Honorarios.