II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2023-19726)
Resolución de 11 de septiembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Miércoles 20 de septiembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 127270

8. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés
particular (artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) o por
agrupación familiar (artículo 89.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre),
sólo podrán participar si, al término del plazo de presentación de solicitudes, llevan más
de dos años en cualquiera de estas situaciones.
9. El personal funcionario en situación de servicio en otras Administraciones
Públicas (artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), que
después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, haya tomado
posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrá participar
hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin
perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas
en ese ulterior puesto.
10. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa está obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y en los artículos 12 y 13
del Reglamento aprobado por el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
11. El personal funcionario que proceda de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañará a su solicitud la documentación acreditativa
de haber finalizado el periodo de suspensión.
Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta resolución, se dirigirán a la Secretaría General del CSN,
Subdirección de Personal y Administración, en el plazo de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder al sitio
https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos del menú-Otros Trámites
(en la parte inferior de la página de inicio). Asimismo se pueden registrar y enviar
electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro Electrónico
General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://
sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico General de
la AGE.
Excepcionalmente, si el o la aspirante no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta
resolución y dirigidas a la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nuclear,
debiendo presentarse en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN
(calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de
cursar las solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su
presentación.
Los y las aspirantes que, por cursar la solicitud en el extranjero, por concurrir una
incidencia técnica debidamente acreditada, o por cualquier otra causa de similar
naturaleza, no puedan realizar este trámite de forma telemática, pueden cumplimentarlo
de forma sustitutoria en papel.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las
diferentes unidades registrales, dentro del plazo establecido para la presentación de
solicitudes.
2. Los anexos a presentar son los siguientes:





Anexo II. Solicitud de participación y destinos solicitados por orden de preferencia.
Anexo III. Certificado de méritos.
Anexo IV. Méritos específicos alegados por el concursante.
Anexo V. Certificado de funciones.

cve: BOE-A-2023-19726
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.