III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-18926)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Convenio con Institución Ferial de Madrid, en relación con el Congreso "Global Mobility Call-GMC" y sus eventos paralelos.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122397

Octava. Comisión de seguimiento.
Para el efectivo cumplimiento del presente convenio se creará una comisión de
seguimiento que actuará como órgano de seguimiento y de evaluación de las actividades
relacionadas en el presente convenio. Le corresponderá las siguientes funciones:
a. Realizar el seguimiento técnico y económico del convenio.
b. Certificar que las actividades previstas en el convenio se han ejecutado conforme
a sus previsiones.
c. Garantizar la coordinación, colaboración e intercambio de información entre las
partes firmantes del convenio.
d. Interpretar y resolver controversias previas a la vía jurisdiccional.
La comisión de seguimiento estará integrada de forma paritaria por un máximo de
tres representantes permanentes de cada institución.
Por parte del MITMA estará integrada por:
– Un representante de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
– Un representante de la Secretaría General de Transportes y Movilidad.
– Un representante de la Dirección General de Transporte Terrestre.
Por parte de IFEMA Madrid estará integrada por:
– El Director General de IFEMA Madrid, o persona en quien delegue.
– La persona titular del departamento de negocio ferial o persona en quien delegue.
– La persona que ejerza las funciones de coordinación financiera, a determinar por
el Área de Control de Gestión. La titular de la Dirección o la persona en quien delegue.
La comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá, como
mínimo, una vez al trimestre, así como cuantas veces se estime necesario, a
convocatoria de cualquiera de las partes con una antelación mínima de cinco (5) días
naturales.
Los miembros de la comisión podrán requerir la asistencia de cualquier persona, con
voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para
un mejor desarrollo del objeto del presente convenio.
Para la válida constitución de la comisión de seguimiento, a efectos de la celebración
de reuniones y adopción de acuerdos, se requerirá la presencia de la mitad más uno de
sus miembros entre los que deberán estar el Presidente y el Secretario o personas en
quién deleguen.
Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría simple de sus miembros y de
sus reuniones se levantará la correspondiente acta. El Presidente de la comisión de
seguimiento ostentará la facultad de voto dirimente en caso de empate, a efectos de la
adopción de acuerdos.
Ostentará la Presidencia de la comisión de seguimiento la persona representante de
la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. En caso de
ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por la persona
representante de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, o la persona en
quien delegue.
Ostentará la Secretaría de la comisión la persona titular del Departamento de
Negocio Ferial de IFEMA Madrid. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra
causa legal, será sustituido por la persona que ejerza las funciones de coordinación.
Sin perjuicio de lo recogido en este convenio, esta comisión queda sujeta a la
normativa sobre órganos colegiados recogida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2023-18926
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 210