III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-18926)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Convenio con Institución Ferial de Madrid, en relación con el Congreso "Global Mobility Call-GMC" y sus eventos paralelos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122396

(2.695.000 €) de los que 2.615.000 euros se asignan al Evento principal y 80.000 euros a
los Eventos paralelos.
La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
a) La cuantificación económica de las actuaciones a desarrollar por IFEMA Madrid
asciende a la cantidad de dos millones cuatrocientos quince mil euros (2.415.000 €) que
corresponden a los recursos aplicados para la organización de «el Evento principal».
b) La aportación económica del MITMA para la edición de 2023 asciende a la
cantidad de 280.000 euros, que se financiarán:
– 200.000 euros, con cargo a la aplicación 17.20.451N.769 de los Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023.
– 80.000 euros, con cargo a la aplicación 17.20.451N.278 de los Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023.
El MITMA realizará su aportación económica tras la ejecución y justificación de las
actividades previstas en el presente convenio.
En todo caso, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los
firmantes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
Séptima. Justificación de los gastos.
1. La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos
derivados del presente convenio que incluyan compromisos financieros para el MITMA y
para IFEMA Madrid, así como con los fondos comprometidos en virtud del mismo, se
ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Los gastos que se deben justificar han de responder a las actuaciones previstas
asociadas al presente convenio.
IFEMA Madrid deberá aportar la documentación justificativa que se detalla en los
apartados siguientes de esta cláusula.
2. La liquidación del gasto asumido por el MITMA se realizará mediante la
presentación de la siguiente documentación:
– Memoria explicativa de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución del
convenio, así como de los resultados obtenidos con estas.
– Certificación detallada suscrita por persona con poder suficiente justificativa de los
gastos derivados de las actividades previstas en el convenio con cargo a la aportación
del MITMA, acompañada de las facturas o documentos justificativos. IFEMA Madrid
deberá presentar esta documentación de forma ordenada, asociando las facturas o
justificantes de gasto a cada una de las actividades que corresponde financiar al MITMA
de acuerdo con el anexo I.
3. Los gastos realizados por IFEMA Madrid para la celebración del «Evento
principal» se justificarán mediante la aportación de la siguiente documentación:
– Certificación detallada suscrita por persona con poder suficiente de los gastos
derivados de las actividades previstas en el convenio con cargo a la aportación
de IFEMA Madrid.
– Certificación suscrita por persona con poder suficiente de los gastos de personal
de IFEMA Madrid imputados a la realización de dichas actividades.
Asimismo, IFEMA Madrid se compromete a poner a disposición del MITMA la
documentación adicional que obre en los sistemas de IFEMA Madrid que este requiera.
Esta documentación deberá presentarse en los cuarenta y cinco días hábiles
siguientes a la celebración de «los Eventos».

cve: BOE-A-2023-18926
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Núm. 210