III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-18925)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con ADIF-Alta Velocidad y el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, para la mejora de la integración urbana del ferrocarril en Vilafranca del Penedès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Sábado 2 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122386

proyectos constructivos, los diferentes importes pueden justificarse de la siguiente
manera:
Estimación de costes de las actuaciones (€)

ADIF

ADIF AV

Ay. Vilafranca de
Penedès

Redacción de proyectos.

1.000.000,00

0,00

100.000,00

Cubrimiento vías hasta C/Moja.

3.000.000,00

3.000.000,00

0,00

Actuaciones zona estación (*).

4.000.000,00

0,00

0,00

Actuaciones Protección Civil túneles.

1.250.000,00

0,00

0,00

Pantallas acústicas.

1.000.000,00

0,00

0,00

0,00

0,00

650.000,00

10.250.000,00

3.000.000,00

750.000,00

Urbanización C/Santa Fe del Penedès.
Total.

Importes sin IVA.
(*) Incluye instalación ascensores acceso andenes.

De este modo, se estima en 10 millones doscientos cincuenta mil euros (10,25 MM€)
aproximadamente el importe a financiar por parte del ADIF, en 3 millones de euros
(3,00 MM€) el importe de financiación correspondiente a ADIF-Alta Velocidad, mientras
que el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès financiaría proyectos y obras por un
importe aproximado de setecientos cincuenta mil euros (0,75 MM€).
En el caso de que se produjeran sobrecostes relacionados con las actuaciones
previstas en el presente convenio, cada parte asumirá la financiación de estos de
acuerdo con las partidas que tiene asignadas
Un calendario estimativo de las actuaciones y una previsión de anualidades
asociadas al presente convenio figura en el anexo núm. 1 de este documento.
En el caso de que la ejecución de las actuaciones objeto del presente convenio
requirieran de una reprogramación temporal, la Comisión de Seguimiento podrá acordar
el reajuste de los importes que se establecen en el anexo núm. 1 de este documento, sin
rebasar el importe total recogido en la presente cláusula. Si se considerase necesario
rebasar los importes recogidos en la presenta cláusula será necesaria la previa
tramitación de una Adenda modificativa del convenio a propuesta de la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
Séptima.

Comisión de Seguimiento.

A los efectos de asumir las facultades reconocidas en este convenio y de velar por el
cumplimiento de las obligaciones contraídas por cada una de las partes intervinientes,
así como el desarrollo puntual de las obligaciones contempladas, se crea una Comisión
de Seguimiento formada por:
– ADIF:

– ADIF-Alta Velocidad:
Subdirector de Supervisión y Recepción de Actuaciones.
Subdirector de Integración en Ciudades.
– Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès:
Regidor de Urbanismo.
Jefe de los Servicios de Urbanismo.

cve: BOE-A-2023-18925
Verificable en https://www.boe.es

Director de Proyectos de Red Convencional.
Gerente de Área de Coordinación de Proyectos.