III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-18904)
Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Tendetes" de 172 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122149

promotor se compromete a realizar los tratamientos silvícolas necesarios para el correcto
mantenimiento de las franjas, reforzarían la actuación contra la propagación de incendios
y menciona beneficios de los tratamientos propuestos para las franjas. Para disminuir el
riesgo de erosión, propone la gestión y mantenimiento de masas forestales arbustivas
con al menos un 20% de fracción de cabida cubierta (FCC) y la revegetación de zonas
con menor FCC con especies autóctonas.
En el tercer informe emitido por la Dirección General de Medio Natural y de
Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, este organismo señala que se
mantienen la longitud de la línea de evacuación y sus afecciones a hábitats prioritarios,
MUP, terreno forestal y terreno forestal estratégico descritas. Por lo tanto, se reitera en
sus conclusiones desfavorables sobre el proyecto, a causa de su elevado impacto.
El promotor responde a este informe, justificando que la longitud de la línea eléctrica
se debe a la posibilidad de crear un corredor energético que conduzca la energía de
otros proyectos fotovoltaicos y eólicos, y declarando que le resulta inviable volcar la
energía producida en una subestación más próxima a la PSFV.
Asimismo, se reitera en las condiciones que requiere la franja de servidumbre de la
línea. Sostiene que el tratamiento de la vegetación puede tener consecuencias positivas
sobre los hábitats y servir como oportunidad en la prevención y extinción de incendios
forestales a modo de cortafuegos.
Sobre los terrenos forestales arbolados, detalla los tratamientos mencionados en su
respuesta al segundo informe de la citada Dirección General. La zona de servidumbre de
la línea eléctrica requiere el mantenimiento de distancias mínimas reglamentarias entre
la altura de la vegetación y los conductores, y una FCC máxima del 50% entre arbustos y
árboles. Para ello, entre los apoyos del 27 al 32, del 43 al 59, del 61 al 65 y del 83 al 92,
tendrán lugar tratamientos silvícolas como las cortas por aclareo sucesivo por bosquetes
pequeños o medianos. Los restos de corta no aprovechables se eliminarán mediante
astillado o trituración, y se dispondrán sobre las calles para ofrecer protección al suelo o
acordonados sobre el terreno por curvas de nivel. El control de la vegetación se realizará
mediante pastoreo controlado o mediante desbroces, claras y clareos. Como medida
compensatoria, propone la plantación del doble de la superficie forestal afectada por la
línea de evacuación, en terrenos cercanos o degradados a consensuar con la Dirección
General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana.
Sobre los terrenos forestales arbustivos, además de lo indicado en el párrafo anterior,
propone gestionar y mantener las masas forestales cuando FCC sea mayor al 20%,
realizar proyectos de revegetación con especies autóctonas cuando la FCC sea menor
al 20%, así como medidas que persiguen la mejora de HIC afectados. Estas medidas
incluyen la siembra de semillas y aportación de suelo de otras comunidades gipsícolas o
la creación de sustrato a partir de margas, materia orgánica, yeso molido y rocas.
Además, plantea modificar el trazado del tendido eléctrico para que atraviese el MUP
«Conjunto de Montes de Biar» de forma mayoritariamente soterrada, utilizando cortafuegos
existentes, entre los apoyos 32 y 43. El trazado aéreo se mantendría en 0,75 km, frente
los 4,40 km iniciales. También propone realizar la gestión forestal del monte y la adecuación
de sus viales.
En cuanto a los HIC prioritarios afectados por los apoyos cuya presencia se ha
comprobado en campo (6110*, 6220* y 1520*) el promotor plantea el balizamiento para
evitar la afección y el desplazamiento de los apoyos 114, 130 y 135. Se realizarán
también prospecciones botánicas previas al inicio de las obras y repoblaciones de las
especies protegidas afectadas por la franja de servidumbre. No se estima afección al
HIC 9560*.
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana emite un cuarto informe, que vuelve a reiterarse en sus conclusiones
desfavorables. En este, coincide en que resulta eficiente compartir infraestructura de
evacuación entre varios proyectos, pero vistas las dimensiones del proyecto, considera
necesario que se planifiquen las infraestructuras mediante una propuesta estratégica que
permitiera estudiar minuciosamente la opción más conveniente. Aun así, considera que

cve: BOE-A-2023-18904
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Núm. 209