I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Dominio público hidráulico. Calidad de las aguas. Suelos contaminados. (BOE-A-2023-18806)
Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de agosto de 2023

Sec. I. Pág. 121633

m) Charca: acumulación de agua dulce de dimensión inferior a un lago
generalmente formada por agua de lluvia que queda estancada en zonas donde
existen cavidades o cuencas poco profundas del suelo. Pueden ser permanentes
o temporales.
n) Contaminación puntual de las aguas subterráneas: toda alteración
negativa de la calidad de las aguas que se encuentren contenidas,
independientemente de su cantidad, en un acuífero, porción de acuífero, suelo,
subsuelo, sustrato o material geológico, y cuya afección tenga un foco o focos de
origen antrópico concretos e identificables, pudiendo producir una pluma o
penacho de contaminantes debido al movimiento de las aguas subterráneas, y
siendo susceptible de generar riesgos potenciales para las personas, los bienes,
los ecosistemas o el medio ambiente en general.
ñ) Contaminante: cualquier sustancia que pueda causar contaminación y en
particular las que figuran en el anexo II.
o) Cota: altitud referida al sistema de referencia altimétrico definido en el
Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico
de referencia oficial en España.
p) Desbordamiento del sistema de saneamiento en episodios de lluvias. Son
los desbordamientos de aguas residuales urbanas no tratadas procedentes de
colectores de un sistema de saneamiento en episodios de lluvia, cuyo destino es
el medio receptor.
q) Dique de protección de inundaciones: obra paralela al curso de un cauce y
elevada respecto al terreno natural diseñada para contener las aguas en
situaciones de crecidas, actuando sobre la propagación de una avenida,
disminuyendo la superficie inundable e incrementando el nivel del agua en el
cauce respecto a la situación inicial. Pueden estar compuestos por rellenos de
tierra homogéneos o zonificados como las motas o ser una combinación de varios
materiales tales como hormigón, escollera, piedra, tierra u otros.
r) Escorrentía urbana: aguas originadas por la escorrentía pluvial
procedentes de aglomeraciones urbanas recogidas en sistemas de saneamiento
unitarios o separativos.
s) Estiércol: todo excremento u orina de animales de granja distintos de los
peces de piscicultura, con o sin lecho.
t) Estiércol líquido o purín: heces y orina, mezcladas o no con restos de cama
y agua, con un contenido de materia seca de hasta el 15 %, que pueden fluir por
gravedad y ser bombeadas.
u) Estiércol sólido: heces o excrementos de animales y orina mezclados o no
con restos de cama que no fluyen por gravedad y no pueden bombearse.
v) Fase libre o fase líquida no acuosa: líquido inmiscible en agua que en
procesos de contaminación de aguas subterráneas constituye una capa
diferenciada de la misma debido a su inmiscibilidad, constituyendo un foco activo
de contaminación.
w) Foco de contaminación puntual: causa original de la contaminación
presente en uno o varios medios, o ámbito físico en el que se localizan las
concentraciones más elevadas de sustancias contaminantes en el subsuelo.
x) Lago: cuerpo de agua natural, generalmente dulce, que se alimenta por la
acción de ríos o riachuelos, escorrentía de precipitaciones y, en algunos casos, por
aguas subterráneas, que se concentran o retienen en cuencas o depresiones del
terreno sin conexión con el mar.
y) Laguna: cuerpo de agua estancada, de menor profundidad que un lago,
que tiene una entrada de ríos o arroyos, pero que carece de desembocadura.
z) Hidromorfología fluvial: conjunto de características que constituyen la
estructura física de un cauce, tales como su tipo de trazado, geometría,
continuidad longitudinal y transversal con las márgenes, variación de su
profundidad y anchura, estructura y sustrato del lecho y estructura de la

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Núm. 208