III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18798)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la tercera Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del MAPA en la línea "ICO MAPA SAECA" en el marco de la línea "ICO Garantía SGR/SAECA".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121556
Quinto.
Que con fecha de 4 de abril de 2023 se publicó el Extracto de la Resolución de 30 de
marzo de 2023 de la Subsecretaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la
convocatoria de 12 de mayo de 2022 de las subvenciones establecidas en el artículo 6
del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo.
Sexto.
Que con fecha 12 de mayo de 2023 se publicó el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de
mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en
respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado
del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de
promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y
prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.
Este real decreto-ley establece en su artículo 7 una mejora de las condiciones de
financiación del sector agrario mediante la modificación del Real Decreto-ley 4/2022,
de 15 de marzo, con un aumento del presupuesto de 20 millones de euros, y en su
artículo 8 una ampliación de la línea de financiación establecida en el artículo 6 del
citado Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo. Todo ello se tradujo en un aumento de
los límites de las ayudas, que pasaron del 10% al 15% en lo que se refiere a la
bonificación del principal del préstamo objeto de ayuda, y de 10.000 a 15.000 euros en lo
referente al máximo de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo cliente.
También se amplió el plazo de solicitud hasta el 15 de septiembre de 2024.
Séptimo.
Que con fecha 8 de junio de 2023 se publicó el extracto de la Orden que modifica la
Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan las subvenciones establecidas en
el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, estableciendo como fecha final
del plazo de solicitud de las ayudas convocadas mediante dicha orden el 15 de
septiembre de 2024, y modificando el porcentaje máximo de las ayudas para adecuarlo a
los límites establecidos en el artículo 7 de dicho real decreto-ley.
Octavo.
Que con fecha 11 de julio de 2023 se suscribió la segunda adenda al convenio entre
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y
la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del
MAPA en la línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la línea «ICO Garantía SGR/
SAECA», cuyo objeto es incorporar al mismo lo establecido en los artículos 7 y 8 del
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
Que con fecha 29 de junio se publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por
el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y
conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores;
y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, cuyos artículos 192
y 193 se establecen, respectivamente, una ampliación de la dotación de la línea
ICO-MAPA-SAECA y la inclusión como potenciales beneficiarios de la línea de las
cooperativas agroalimentarias y otros operadores del sector agroalimentario.
cve: BOE-A-2023-18798
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.
Núm. 207
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121556
Quinto.
Que con fecha de 4 de abril de 2023 se publicó el Extracto de la Resolución de 30 de
marzo de 2023 de la Subsecretaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la
convocatoria de 12 de mayo de 2022 de las subvenciones establecidas en el artículo 6
del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo.
Sexto.
Que con fecha 12 de mayo de 2023 se publicó el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de
mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en
respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado
del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de
promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y
prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.
Este real decreto-ley establece en su artículo 7 una mejora de las condiciones de
financiación del sector agrario mediante la modificación del Real Decreto-ley 4/2022,
de 15 de marzo, con un aumento del presupuesto de 20 millones de euros, y en su
artículo 8 una ampliación de la línea de financiación establecida en el artículo 6 del
citado Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo. Todo ello se tradujo en un aumento de
los límites de las ayudas, que pasaron del 10% al 15% en lo que se refiere a la
bonificación del principal del préstamo objeto de ayuda, y de 10.000 a 15.000 euros en lo
referente al máximo de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo cliente.
También se amplió el plazo de solicitud hasta el 15 de septiembre de 2024.
Séptimo.
Que con fecha 8 de junio de 2023 se publicó el extracto de la Orden que modifica la
Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan las subvenciones establecidas en
el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, estableciendo como fecha final
del plazo de solicitud de las ayudas convocadas mediante dicha orden el 15 de
septiembre de 2024, y modificando el porcentaje máximo de las ayudas para adecuarlo a
los límites establecidos en el artículo 7 de dicho real decreto-ley.
Octavo.
Que con fecha 11 de julio de 2023 se suscribió la segunda adenda al convenio entre
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y
la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del
MAPA en la línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la línea «ICO Garantía SGR/
SAECA», cuyo objeto es incorporar al mismo lo establecido en los artículos 7 y 8 del
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
Que con fecha 29 de junio se publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por
el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y
conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores;
y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, cuyos artículos 192
y 193 se establecen, respectivamente, una ampliación de la dotación de la línea
ICO-MAPA-SAECA y la inclusión como potenciales beneficiarios de la línea de las
cooperativas agroalimentarias y otros operadores del sector agroalimentario.
cve: BOE-A-2023-18798
Verificable en https://www.boe.es
Noveno.