III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-18799)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de las convocatorias 2023 y 2025 de ayudas a la preparación y ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Miércoles 30 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 121565

Decreto 202/2021, de 30 de marzo, por el que se reorganizan determinados organismos
públicos de investigación de la Administración General del Estado.
Este organismo público de investigación tiene entre sus funciones, de acuerdo con el
artículo 5.1 j) de su estatuto» informar, asistir y asesorar en materia de ciencia y tecnología
a entidades públicas y privadas, conforme a principios de suficiencia financiera,
imparcialidad, independencia y confidencialidad».
Octavo.
El Instituto de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (CSIC-INIA), integrado
en el CSIC como centro nacional en los términos dispuestos en el artículo 26 bis del Real
Decreto 1730/2007, se constituye como el centro de investigación y servicios técnicos de
referencia y soporte para la política agraria y alimentaria del Gobierno y del MAPA.
El CSIC-INIA cuenta con experiencia en la evaluación de convocatorias públicas de
ayudas a la innovación e investigación y cuenta con personal con experiencia en la
evaluación ex-ante de proyectos de investigación científica e innovación tecnológica en
el ámbito agrario y alimentario.
Dispone, además, de una amplia relación de personas expertas cualificadas para la
evaluación científico-técnica (integrada tanto por personal del propio centro como por
personal de adscripción externa) constituida por personal de investigación y con experiencia
en desarrollo tecnológico, especialistas relacionados con la I+D+i agroalimentaria y
forestal o en ejecución de proyectos de investigación en estrecha colaboración con los
correspondientes sectores socioeconómicos, así como, por profesionales con experiencia
en los distintos sectores y áreas temáticas de los proyectos a evaluar.
Noveno.
El apoyo material y técnico del CSIC-INIA resulta necesario para garantizar la
selección del personal de evaluación de adscripción externa al MAPA con aptitud para la
evaluación de los criterios técnicos de los proyectos y para que no se produzcan retrasos
en la resolución de las convocatorias de ayudas. Para ello, pone a disposición de
la DGDRIFA personal propio cualificado en innovación y transferencia de conocimiento
agroalimentario y forestal, para la coordinación general de los equipos e interlocución
con el órgano instructor, así como personal con conocimiento y experiencia acreditados
para el análisis técnico pormenorizado de la temática de los proyectos y su clasificación,
que debe ser previa a la búsqueda y selección de los expertos evaluadores, y que
cuenta con la especialización suficiente para realizar tanto el análisis de las evaluaciones
externas de los proyectos, como el análisis de los aspectos técnicos de las alegaciones,
si las hubiere.

El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece la posibilidad de que la realización de actividades de carácter material
o técnico de la competencia de los órganos administrativos o las entidades de derecho
público pueda ser encomendada a otros órganos o entidades, de la misma o de distinta
Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades por razones
de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y entidades de derecho
público de la misma Administración se formalizará mediante la firma del correspondiente
acuerdo.

cve: BOE-A-2023-18799
Verificable en https://www.boe.es

Décimo.